miércoles, 27 de octubre de 2010

Marco institucional

            Hay que diferenciar entre las instituciones que tienen un valor de asesoramiento, aquellos organismos que tienen poder de imposición.

1.    Los órganos competentes.
  • UNESCO > es un grupo de países que recomienda, asesora, aunque sí tiene una influencia indirecta. Ir en contra de la UNESCO puede traer problemas, pero no siempre es así.
  • UNIÓN EUROPEA > ésta ya sí puede imponer.
  • ESTADO ESPAÑOL > diverso. No hay una idea unánime del patrimonio.
  • COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
  • ENTIDADES LOCALES.


UNESCO:

Club de países mayoritariamente pertenecientes a la ONU. La UNESCO no tiene capacidad impositiva, pero lo que sí que hace es promover acuerdos, además de hacer estudios científicos que se van aplicando en el día a día y en la gestión del Patrimonio de los diferentes países.
            En su página web: www.unesco.org podemos ver los tratados firmados actualmente, las preocupaciones del patrimonio de dentro de 15 años, etc. (Consultar)
            Otro de los temas que trata la UNESCO es la coordinación de la policía cultural. La INTERPOL, la cual evita el tráfico internacional del patrimonio.

            Así pues, la UNESCO se dedica principalmente a:
-         Convenciones.
-         Recomendaciones.
-         Protocolos.
-         Publicaciones.
-         Instituciones consultivas:
o       ICA (Consejo Internacional de Archivos)
o       ICOM (Consejo Internacional de Museos)
o       ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios)
o       INTERPOL (Policía Internacional)
o       Etc.

Otras tareas muy fundamentales son:
-         Protección del Patrimonio cultural en caso de conflicto armado. Tiene su origen tras la Segunda Guerra Mundial.
-         Prevención de la importación y exportación ilícita.
-         Comité Intergubernamental para la promoción de la devolución del Patrimonio propiedad de países de origen y la restauración en caso de apropiación ilícita.
-         Patrimonio cultural submarino.


Como vemos, no es un instrumento con carácter legislativo, pero tiene una influencia indirecta muy importante.



            UNIÓN EUROPEA:
           
Tiene una potestad legislativa, además de administrativa e impositiva, pero no la ejerce, pues la UE la situación que se encontró respecto al Patrimonio cultura fue ambivalente, pues por ejemplo en los países mediterráneos la gestión del patrimonio corresponde a la gestión pública, además de existir el bien compartido. En cambio, en el mundo anglosajón no existe este concepto de bien compartido, es todo de propiedad privada. Son países con pocos patrimonios, además la administración no se encarga de la gestión, por ejemplo fue en el 2001 cuando Holanda creó una Ley de Gestión del Patrimonio, y en Inglaterra el Ministerio de Cultura no existe. La UE se encuentra con esas dos posiciones totalmente distintas. Así pues, la UE deja el Patrimonio cultura con la normativa de cada país, no hay política europea de gestión patrimonial.
La página web es: www.europa.eu.int


            Hay que sabes que en Europa a lo que nosotros en España llamamos Leyes, el continente le llama reglamentos. Y lo que en España se llama reglamente, en Europa se llama directivas. Pues para España un reglamente es lo que detalla una ley, pero jamás puede superar una ley. A partir de aquí hay que saber diferenciar:
-         Reglamentos à leyes, de carácter general, obligatorio en todos sus elementos para todos los países, entrando en vigor desde su publicación en el DOCE.
-         Directivas à fijan el objetivo y los países lo realizan como quieren.
-         Decisiones à conocido como tarjeta amarilla.
-         Recomendaciones y dictámenes.



ESTADO ESPAÑOL:

            Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. www.mcu.es
Gestiona el Patrimonio declarado como nacional. El Estado tiene que coordinar con las diferentes autonomías, para ello se crea este ministerio.


            COMUNIDADES AUTÓNOMAS:

            La situación es muy diversa. www.cult.gva.es/dgpa
La Conselleria de Cultura se divide en:
-         La Dirección General de promoción cultural.
-         La Dirección General cultural valenciana.
ADMINISTRACIONES LOCALES:

            www.dip-alicante.es

Hay dos entes locales:
-         Diputaciones (Alicante, Valencia, Castellón).
-         Ayuntamientos: Alcalde, Tenientes de Alcaldes, Comisión de Gobierno (Concejales) y Pleno.

Ley reguladora de las Bases del Régimen Local 7/85
Concejalía de Cultura.



El Patrimonio de la Iglesia Católica.

            Es un ente privado, pero a la vez se tiene que atener a la ley del Estado Español y de Estado Vaticano.
-         Patrimonio de las diócesis.
-         Patrimonio de las órdenes.
-         Patrimonio de las parroquias.
-         Patrimonio en usufructo (ermitas e iglesias de la administración.




Organismos colaboradores (`privados o pseudoprivados):

-         Hispania Nostra (Asociación y Fundación)
-         Red de ciudades Patrimonio de la Humanidad.
-         Fundaciones Financieras.
-         Advisory Council of Historia Preservation.
-         Eueopean –Heritage.

Concepto de Patrimonio

¿Qué entendemos por Patrimonio?
El concepto de Patrimonio viene del latín Patrimonium, nos referimos en su significado al conjunto de bienes materiales legados por los antepasados.
Sin embargo, la definición más genérica es: conjunto de bienes materiales e inmateriales que hemos heredado del pasado y que merece la pena conservar para el futuro. Incluyen:
-         Los bienes producidos por la naturaleza, calificados como patrimonio natural (bien en estado salvaje o modificado por el ser humano).
-         Los bienes producidos por las sociedades humanas identificados como patrimonio cultural.
-         Cuando se trata de bienes del pasado se utiliza el término patrimonio histórico que no incluye tanto la totalidad del patrimonio cultural.
Siempre que sea reconocido, cualquier elemento puede ser considerado como patrimonio: una catedral, una casa, un juguete, un almirez, una canción.
En general, nuestra sociedad ha elaborado su versión del patrimonio colectivo incluyendo bienes culturales y naturaleza.
Un elemento patrimonial se puede apreciar por:
-         Su valor económico. Además del valor artístico, el valor de un elemento patrimonial se mide también por su valor económico. Este puede ser:
·       Explícito: joyas, tesoros, etc. (independientemente de otros valores artísticos o de singularidad).
·       Actualmente cualquier patrimonio adquiere valor pues puede generar riqueza (industria turística).
·       Pero esto supone un peligro y es la pérdida de sentido por uso. La dimensión económica –generación de recursos- no debe ser la predominante.
-         Su significado: lugares donde ocurrieron hechos históricos (aunque tales espacios no contengan nada): una batalla, el escenario de crímenes horrendos (White Chapel), etc.
-         Su singularidad: por su rareza, etc. (por ejemplo un fósil de homínido excepcional).

El uso y el significado de patrimonio han ido variando con el tiempo. En el s. XIX se vería restringido, ya que a lo que se daría importancia sería a las obras arquitectónicas (catedrales, palacios) y objetos de los grupos dominantes como joyas, esculturas, pinturas, etc. –mayor posibilidad de pervivencia por su valor-.
            Sin embargo, tras la Segunda Guerra Mundial, habrá un desarrollo de los Estados de bienestar, lo que implica unas mejoras en la enseñanza y en la cultura: por tanto una mayor democratización en el acceso a la cultura, mayor sensibilidad hacia el patrimonio, que lleva a un mayor interés por el conocimiento científico del pasado.

Esta mejora tras la IIGM lo que ha generado es una serie de elementos que antes no se valoraban para nada como es el interés por la naturaleza y el pasado, además de los movimientos ciudadanos a favor de la preservación del patrimonio.

1.1. ¿Qué es el Patrimonio Histórico?

-         Se trata de todos los bienes muebles e inmuebles, materiales e inmateriales que hemos heredado del pasado y que merecen la pena conservar como muestras de identidad.
-         Se tratan de bienes públicos, es decir que sus valores pertenecen a toda la sociedad.
-         Son bienes no regenerables, su destrucción es irreversible.

Muchos de estos bienes pertenecen a contextos sociales pasados, por lo que son difíciles de comprender y necesitan un tratamiento didáctico que sólo puede llevarse a cabo por parte de especialistas.

1.2. Para qué sirve el Patrimonio Histórico.

-         Para construir la Historia. El patrimonio histórico es aquello que queda visible del pasado y de sus concepciones estéticas. Es lo único directamente observable de la historia y lo que nos permite realizar una aproximación científica al pasado. Es una puerta al pasado, junto con la memoria (historia oral) y la historia escrita.
-         Para dar raíces a la sociedad.
-         Para elevar el nivel cultural de los ciudadanos.
-         Para generar orgullo “la Dama de Elche”.
-         Para conservar el entorno, el medio en el que se encuentra el bien cultural.
-         Para atraer visitantes y generar riqueza.

Por último, para todo ello es necesario proteger el patrimonio histórico.




1.3. Quién lo protege.

-         Toda la sociedad.
-         Todas las Administraciones.
-         El Ministerio de Cultura y sus equivalentes autonómicos.


“El ladrillo asedia Numancia.
Proyectos urbanísticos en el entorno de la ciudad de Soria amenazan el asentamiento celtíbero y varios bienes de interés cultural” 21/07/2008

El ladrillo no sólo sacia su valoración en las costas españolas, los bienes paisajísticos, históricos, naturales y culturales, constituyen ahora un nuevo reclamo para urbanizaciones de lujo y otros proyectos urbanísticos. Esa escalada es la que asedia actualmente Numancia, que se levanta en el recio paisaje soriano.


Los patrimonios:

-         Artísticos se aprecian por su valor estético.
-         Históricos por su valor temporal.
-         Antropológicos por su valor etnográfico.

2.    La Gestión del Patrimonio.

2.1.            ¿Qué es la Gestión del Patrimonio?

            Es el conjunto de actuaciones programadas con el objetivo de conseguir una óptima conservación de los bienes patrimoniales y un uso de estos bienes adecuado a las exigencias sociales contemporáneas.
Tradicionalmente:
-         Cuidado y tutela.
-         Conservación. A mayor crecimiento, mayor posibilidad de que el Patrimonio Histórico se destruya.

Actualmente también:
-         Gestión integral de esos bienes si queremos que tengan realmente un valor.



Punto de partida: conservación de determinados elementos especialmente  apreciados. Algunos mantienen todavía su uso original (iglesia), pero otros muchos no; muchos carecen de utilidad práctica (chimenea de una fábrica), a veces parajes donde ocurrió algo relevante; otros simplemente son ruinas, exhumadas y a veces rehechas de antiguos poblados o ciudades, yacimientos arqueológicos.
            Las sociedades avanzadas no dejan de crear patrimonio. Esto genera un peligro de patrimonializar en exceso.

                No todos los bienes que integran el Patrimonio Histórico ofrecen las mismas posibilidades, no tienen el mismo valor científico o educativo, no son estimables en la misma medida, no están por igual a nuestro alcance, ni están del mismo modo amenazados.
            No podemos salvar de la destrucción de forma indefinida la mayor parte de los recursos patrimoniales existentes. Limitación de los recursos económicos. Necesidad, no obstante, de identificarlos e inventariarlos.

2.2.            Funciones de la gestión patrimonial.

-         Identificar, recuperar y reunir grupos de objetos y colecciones.
-         Documentarlos.
-         Conservarlos (base del trabajo de cualquier institución patrimonial).
-         Estudiarlos.
-         Presentarlos y exponerlos públicamente.
-         Interpretarlos o explicarlos (dimensión pública o social de la gestión patrimonial).


2.3.            ¿Cuál es el destino del Patrimonio?

-         Estudio: es útil para la ciencia.
-         Explotación con fines sociales: el bien revierte a al sociedad como instrumentos educativo, como atracción, como elemento esencial del desarrollo sostenible de una zona.
-         Reserva (beneficios para el futuro): Arqueología.
-         Consumo individual.


2.4.            ¿Quién selecciona?

Diferentes contextos de selección:
-         Científico-profesional (Universidad, Museos, CSIC, etc.)
-         Societario-civil (asociaciones culturales, etc.)
-         Político-administrativo: administraciones públicas.
-         Económico.


2.5.            ¿Cómo se selecciona?

-         Seleccionar es una forma de otorgar valor.
-         El proceso de selección a partir de criterios marco.
-         Estos valores dependen del contexto cultural, histórico o incluso psicológico (belleza, posibilidades didácticas, poder de atracción, etc.)
-         Valor de uso (por ejemplo el patrimonio “útil”: una catedral, un edificio histórico sede de una institución; pero también otro menos tangible: incrementar nuestro conocimiento).
-         Valor formal (o estético): la obra de arte.
-         Valor simbólico (o asociativo): un bien que representa o evoca una cultura del pasado (por ejemplo la Dama de Elche).
-         En cada bien existen diferentes valores interactuando.


3.    Patrimonios emergentes.

-         Prácticamente todo Patrimonio pasa a ser susceptible de despertar interés.
-         La presentación original es un valor añadido. Presentación y museología pueden captar visitantes a pesar de tener elementos patrimoniales poco potentes.
-         Intervenciones en el Patrimonio pueden generar auténticos viajes en el tiempo.
-         Arqueología industrial.
-         Patrimonio medioambiental.




4.    Patrimonio y museos.
Podemos definir el museo como:
-         Lugar en que se guardan y exponen objetos notables relativos a las ciencias y a las artes.
-         Institución, sin fines de lucro, abierta al público, cuya finalidad consiste en la adquisición, conservación, estudio y exposición de los objetos que mejor ilustran las actividades del hombre, o culturalmente importantes para el desarrollo de los conocimientos humanos.
-         Lugar donde se exhiben objetos o curiosidades que pueden atraer el interés del público, con fines turísticos.

5.    Evolución histórica del concepto de Patrimonio.
Atesoramiento: mediante la curiosidad que puede otorgar cierto poder y comunicación.
El coleccionismo (referido a objetos muebles): tendencia innata, podemos hablar de objetos que se han podido preservar, que podemos hablar de patrimonio. Podemos hablar de varios motivos, varios tipos de interés, para llegar a este coleccionismo:

1.      Como búsqueda de la trascendencia: las reliquias.
2.      Como tesoro: joyas, oro, piedras preciosas (por ejemplo tesoro de Carlomagno).
3.      Individual: por curiosidad o sorpresa.
4.      Ostentación de poder y prestigio personal (por ejemplo las colecciones de los príncipes del Renacimiento).
5.      Científico.

5.1.                       El mundo clásico.
                                                   
Hay diversas formas de coleccionismo y en diversas culturas: en Egipto, Mesopotamia, Asiria, China (donde hay un culto sagrado al pasado)…
De todas maneras, nuestro precedente más próximo es Grecia y el mundo helenístico:

-         Pinakothekai (galería de pinturas en la Acrópolis en época de Pericles).
-         Museion o casa de las musas: institución dedicada al conocimiento concebido por Ptolomeo I en Alejandría en el 290 a.C.
-         Las siete maravillas del mundo.

Por otro lado, en Roma, existirán ávidos conservadores de piezas de arte griego y recogerán copias de ese arte.

-         Coleccionismo privado y políticas favorables a la aparición de bienes públicos: el Panteón de Agripa.
-         Adriano y el antiquarium (edificio construido para albergar sus colecciones).
5.2.                       La Edad Media.

El coleccionismo como tesoro evolucionará de una manera llamativa. Podemos observar en esta etapa una acumulación de objetos valiosos: joyas, armas, reliquias…
Será muy importante el papel de la Iglesia ya que poseerá colecciones sacro. Religión, iconografía, adoración.
            Otro elemento que hay que destacar es la “cámara santa” normalmente dentro de las catedrales, donde se guardarían objetos sacros (de algún santo, de Jesucristo, etc.).

La Iglesia a veces va a favorecer la destrucción del patrimonio pagano, pero otras veces existirán prácticas conservacionistas (en 1162 la columna de Trajano es objeto de protección).  

Los lugares que guardan y custodian las reliquias se convierten en lugares de peregrinación: Tierra Santa, Roma, Santiago de Compostela (antecedentes de los itinerarios culturales). En relación con estos “itinerarios” se construyen conventos, iglesias, hospederías, hospitales, etc.

5.3.                       Renacimiento.

Hay que hablar del “Retorno al pasado”, término que evoca la recuperación del espíritu artístico, científico y filosófico del mundo clásico.  
Ahora existirán las colecciones de papas, príncipes y burgueses para embellecer sus propiedades. Las piezas griegas y romanas serán el objeto de colección, además, se visitan y describen los conjuntos arqueológicos.
El refinamiento y la capacidad de atesorar cultura supone prestigio social. Por tanto, las grandes casas reales se inician en el coleccionismo a partir de ahora: Felipe II y El Escorial.
Hay un florecimiento de diferentes formas de coleccionismo: galería de pintura, de retratos, museo, gabinete de curiosidades, cámara de las maravillas, etc.

5.4.                       Siglos XVII-XVIII. La Ilustración.

El coleccionismo como elemento de prestigio de reyes y príncipes fue en aumento. Ahora habrá una generalización de ámbitos de interés: arte, historia arqueológica y ciencias de la naturaleza y empiezan a aparecer los gabinetes científicos, las bibliotecas, los centros astronómicos, jardín botánico…Por tanto, herramientas para la producción de conocimiento científico.

Todo esto lleva a la reivindicación del estudio directo y metódico de los restos materiales para hacer avanzar el conocimiento histórico.

Los objetos creados por el ser humano no serán valorados por sus valores estéticos, si no como testimonios de la evolución de las sociedades: importancia de la exploración de otros continentes.

Las colecciones debían tener una utilidad pública. Por ejemplo:

-         Proyecto de un museo nacional en el Louvre, anterior a la Revolución Francesa.
-         Academia de la Historia: Museo del Prado.
-         Excavaciones en Pompeya y Herculano.

5.5.                       Revolución Francesa.

Con la Revolución Francesa, habrá una preocupación por el patrimonio. Las colecciones y espacios que habían servido para uso y disfrute de la nobleza se ponen al servicio del pueblo a través de los museos nacionales (Louvre, Museo de Historia Natural…).

Ahora habrá un concepto inédito de patrimonio que designa una forma de posesión simbólica de la colectividad (la nación) sobre un conjunto de bienes que pertenecen por herencia a los ciudadanos.

Muy importante también es la conservación de monumentos emblemáticos (la destrucción de obras de arte conduce al pueblo a la ignorancia y la opresión).Los objetos históricos y artísticos deben conservarse “para servir a las artes, la ciencia y la enseñanza” (Instrucción de la Convención Nacional para la conservación de bienes culturales -1794-).
Se tratan de ideas que se expandirán por toda Europa a lo largo del s. XIX.

5.6.                       El siglo XIX.

El romanticismo supone la reivindicación de las emociones del ser humano (acercó los individuos a la historia). Existirá una seducción por lo exótico y lejano (a partir de la campaña de Napoleón en Egipto), como es el caso de la piedra rosetta, las momias egipcias, etc.

-         Napoleón en Egipto (1798-99): anticuarios, dibujos, grandes hallazgos (la piedra Rosetta).
-         Lord Elgin y el Partenón.

Los tesoros de la Antigüedad empiezan a ser trasladados a las metrópolis europeas para enriquecer fondos de los Museos nacionales.
A su vez, surgen las sociedades conservacionistas que le darán valor a lo local, pero también orígenes remotos delas sociedades europeas. Thomsen, Boucher de Pertes…
Sin embargo, seguirá existiendo una destrucción del patrimonio: las guerras napoleónicas, las desamortizaciones y la industrialización. Además hay que unirle el nacimiento de los nacionalismos al explicar las raíces de los pueblos.

5.6.1.      Siglo XIX: Administración y Patrimonio.

Surge la necesidad de fundar museos provinciales. A partir de 1830 surgen verdaderas políticas patrimoniales públicas.
Los museos y la legislación sobre patrimonio se encontrarán al servicio del pueblo:
-         Francia y la ley de Monum.
-         Viollet-le-Due en la Comisión de Monumentos franceses a partir de 1846 supone el inicio de las grandes restauraciones de monumentos: la Magdalena de Vezelay, la ciudad vieja de Carcasona o la Catedral de Notre-Dame de París (“reivindicación” de la Edad Media).
En España lo que tenemos es una serie de medidas conservacionistas del Estado ante a quema de conventos y las leyes desamortizadoras.
Las Comisiones Provinciales de Monumentos (1844):
-         Inventariar bienes.
-         Custodiar bienes.
-         Puesta en marcha de red estatal de museos provinciales.

5.6.2.      Siglo XIX: la época dorada de los museos.
Impacto social creciente: catedrales laicas del saber como escaparates del mundo.
Habrá un desarrollo de la museografía clásica. Museos que enseñan cosas, un espacio para la exposición de los objetos.
Las piezas deben entenderse en si mismos y en los valores estéticos, al margen de contextos históricos al que pertenecen (los usuarios son una minoría culta que posee esos conocimientos).
No hay una concesión a la interpretación o la didáctica. Museos de arte.
En estos momentos surgirá una búsqueda por toda nuestra historia: Arqueologías Nacionales y los museos:
-         1819. Copenhague. Museo Nacional de Antiguedades.
-         1855. Berlín. Neue Museum (antigüedades egipcias y nacionales).
-         1867. Madrid. Museo Arqueológico Nacional.
-         1868. Saint Germain-en-laye. Museé des Antiquités Nationales.
Surgen también los grandes museos americanos, en 1870, en New York, el Metropolitan Museum of Art.
En Escandinavia y el museo folken en 1870-1880. Hazerius y los nuevos modelos de museo. Museo al aire libre, etnográfico en Escandinavia. Desmontaba granjas y los montaba en jardines reales en Estocolmo, incorporando incluso actores para recrear la vida en esas granjas. Será un fenómeno muy novedoso, que se desarrollará a partir de este momento.
5.7.                       El siglo XX. La conciencia histórica moderna.

La polémica de la compra de la Dama de Elche dio lugar a que, el esfuerzo conservacionista y la legislación hiciera que:
España en 1911 (excavaciones arqueológicas) y en 1915 (ley de “Conservación de monumentos históricos y artísticos” bases para la protección real y catalogación adecuada de monumentos).

Leyes similares tendrán lugar en Europa y América desde finales del siglo XIX, inicios del XX.

Con las pérdidas patrimoniales existentes tras la IGM, habrá una mayor sensibilidad:

-         Constitución alemana de la República de Weimar de 1919 que reconoce la titularidad pública sobre el patrimonio histórico del país.
-         Constitución española de la República de 1932 dice (art. 45) “toda riqueza artística e histórica del país, sea quien fuese su dueño, constituye el Tesoro Cultural de la Nación y estará bajo la salvaguarda del Estado”.

Los totalitarismos posteriores usarán el desarrollo museístico como arma política. Finalmente, tras la IIGM se produce la democratización del acceso a la cultura: la nueva museología.

5.8.                       El papel del patrimonio en el s. XXI.

Muchísimas posibilidades de generar y conservar patrimonio (digitalizándolo por ejemplo) que permite una forma de divulgación anteriormente imposible. Además podemos hablar de calidad de vida, en el que el turismo será muy importante para el desarrollo a su vez de la difusión de cultura y de la conservación del patrimonio.
Ferias de arte, congresos (de temas de investigación, patrimoniales…), factor de desarrollo y marketing cultural, en resumen, el Patrimonio como recurso cultural.
Otro elemento muy importante de nuestro siglo para la difusión cultural y patrimonial, son:
-         Las recreaciones en yacimientos arqueológicos: Pelavonium, Rosinos de Vidriales (Zamora).
-         Patrimonio cultural como recurso educativo (Jornadas a hombre y el medio 2002. San Felices de los Gallegos).
-         Patrimonio cultural como recurso de empleo.
-         Patrimonio cultural como motor económico.

6.    Los patrimonios admitidos.
Hay ciertos patrimonios que todo el mundo admite, como es el caso de Egipto, Grecia, Roma, es decir por ejemplo la arqueología clásica.
Otros casos de patrimonios admitidos podemos decir, la arquitectura monumental o las ciudades emblemáticas; la pintura y escultura académica; las artes y oficios puntuales (como la orfebrería); los grandes museos (Louvre, Prado); los archivos y bibliotecas.
7.    Los patrimonios no admitidos.
Un claro ejemplo son las culturas minoritarias que están desapareciendo (la lengua, la religión, las canciones…), especialmente las del tercer mundo. Otros ejemplos son la arqueología diaria; la arquitectura local (salvo excepciones); el urbanismo municipal; el patrimonio industrial; la etnografía local.
8.    Reflexiones en torno a algunos conceptos
8.1.            Patrimonio cultural y patrimonio histórico.
-          La legislación española: la ley de Patrimonio Histórico Español de 1985.
Integra el PHE los bienes culturales muebles y los bienes culturales inmuebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico y técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico. Los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico. (art. 1).
Bien de Interés Cultural à La declaración de un Conjunto Histórico, Sitio Histórico o Zona Arqueológica, como Bienes de Interés Cultural, determinará la obligación para el Municipio o Municipios en que se encontraren de redactar un Plan Especial de Protección del área afectada por la declaración u otro instrumento de planeamiento de los previstos en la legislación urbanística que cumpla en todo caso las exigencias en esta Ley establecidas. La aprobación de dicho Plan requerirá el informe favorable de la Administración competente para la protección de los bienes culturales afectados. Se entenderá emitido informe favorable transcurridos tres meses desde la presentación del Plan. La obligatoriedad de dicho Plan no podrá excusarse en la preexistencia de otro planeamiento contradictorio con la protección, ni en la inexistencia previa del planeamiento general. (art. 20).
8.2.            Patrimonio monumental.

Castillo de Almansa
 
Un ejemplo de BIC, es el monumento como el Monasterio de San Juan de los Reyes y el castillo de Almansa, como vemos en las imágenes.

Monasterio de San Juan de los Reyes
 

Muchos de estos monumentos son propiedad de la Iglesia o propiedad privada, por tanto son los más complejos y los que más dinero mueven a la hora de restaurarlo, etc.
Monumentos[1] à bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal, siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social.
Este tipo de patrimonio es muy numeroso, además de estar muchas en uso, como el religioso, lo que provoca una inversión importante (catedrales y conjuntos monacales), como el turismo, la gestión…
Por tanto, se trata de un bien conservado en general, ya que está en uso, lo que provoca su mantenimiento a lo largo de los años. Además es un patrimonio reconocido por todo el mundo y ofrecido como un lugar de turismo.
La catedral de Jaén es un claro ejemplo de este patrimonio monumental, como observamos en la imagen de la izquierda.
 
Catedral de Jaén
 

Los castillos también serán muy importantes en esta categoría, pero pocos de ellos están musealizados (aunque sí restaurados).
Los monumentos y conjuntos monumentales civiles y centros históricos son los más numerosos y que todos tenemos en mente. Muchos tienen centro de visitantes, oficina de turismo, aunque no la tendrán todas esas ciudades con centros históricos.
-         El conjunto histórico.
Título II, Art. 15. LPH 1985:
Conjunto Histórico es la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad. Asimismo es Conjunto Histórico cualquier núcleo individualizado de inmuebles comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas características y pueda ser claramente delimitado.





Un ejemplo de conjunto histórico urbano son las ciudades de Ávila y Toledo, como vemos en las imágenes inferiores.
 
Otro ejemplo de conjunto histórico es el rural (caso devastado de Cañete, imagen de la derecha).  




Pero también existen conjuntos históricos no declarados, es el caso del Puente del Congosto (imagen izquierda) y Valés.



La ciudad medieval y moderna de Moya (imagen derecha) está plenamente conservada, con castillo, iglesia, etc.



Otro ejemplo de BIC ES el Jardín Histórico, bosque de Béjar, villa de descanso de los Duques de Béjar. como vemos en la imagen de la izquierda.




En resumen, todo esto se tratan de elementos que antes no se valoraban hasta 1985 con la Ley de Patrimonio Histórico.
También se considera BIC el sitio histórico (como el grabado de la Batalla de Salamanca o de los Arapiles), se trata del lugar donde tuvieron lugar hechos históricos, aunque no se tiene por qué ve nada pero es un lugar importante ya que se recrea lo que tuvo lugar en el pasado.

8.3.            Patrimonio arqueológico y paleontológico.

Respecto a la zona arqueológica y los parques arqueológicos, cabe decir que hay una protección del yacimiento y del paraje del mismo.
Zona Arqueológica es el lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie, en el subsuelo o bajo las aguas territoriales españolas. (Tit II. Art. 15 LPHE)
 El patrimonio arqueológico se define por la metodología arqueológica. Se trata de bienes tanto visibles como no visibles y al mismo tiempo es erróneo el pensar que lo que se encuentra es propiedad del que lo ha encontrado

Arqueología Industrial. Forman parte del Patrimonio Histórico de Castilla-la Mancha los bienes muebles e inmuebles que constituyen huellas físicas del pasado tecnológico y productivo. La Consejería de Educación y Cultura fijará las informaciones a obtener, las matrices culturales, los fines operativos de la investigación y la delimitación del ámbito de arqueología industrial para su protección. Tit II. Cap II. Art 22. LPHCM[2]
.
8.4.            Patrimonio documental y bibliográfico.
Puede ser el caso del archivo de una iglesia, por ejemplo, o de documentos históricos, aunque sean privados.
Forman parte del Patrimonio Documental los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo o entidad de carácter público, por las personas jurídicas en cuyo capital participe mayoritariamente el Estado u otras entidades públicas y por las personas privadas, físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos en lo relacionado con la gestión de dichos servicio. TITULO VII CAPITULO I Artículo 49: LPHE
Forman parte del Patrimonio Bibliográfico las bibliotecas y colecciones bibliográficas de titularidad pública y las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita o impresa, de las que no conste la existencia de al menos tres ejemplares en las bibliotecas o servicios públicos. Se presumirá que existe este número de ejemplares en el caso de obras editadas a partir de 1958. TITULO VII CAPITULO I Artículo 50: LPHE
8.5.            Patrimonio etnográfico.

Forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes muebles e inmuebles y los conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español en sus aspectos materiales, sociales o espirituales. TITULO VI Artículo 46: LPHE
Quedan incoados los expedientes para la declaración como bienes de interés cultural de todos aquellos molinos de viento existentes en el territorio de Castilla-la Mancha con una antigüedad superior a los cien años. TITULO II CAPITULO II Artículo 23: LPHCM. 1990





[1] Definición de monumentos según la Ley de Patrimonio Histórico Español 1985. Título II art.15
[2] Ley del Patrimonio Histórico de Castilla la Mancha