lunes, 17 de septiembre de 2012

Transcripción de Tendencias historiográficas actuales

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Muy querido en christo Padre Arzobispo de Valencia del mi consejo militar y Capitán General en 31 de mayo del año pasado 1699 se escrivio al conde de Oropesa vuestro antecesor en essos cargos la obligación que tiene el portant vezes de mi general gobernador de esa ciudad y reyno de haber de salir todos los años a la visita de las villas reales y reconocer sus rentas y propios y en que se distribuyen para que tuviese la mano en que se cumpliese con esto y lo mismo se dijo a don Basilio de Castellví, que hoy lo es en carta de esta misma fecha y porque tengo entendido que no se ha executado hasta agora siendo tan en mi servicio y en beneficio de las mismas villas, os encargo y mando que luego deis la orden que convenga para que con esta obligación, y me informareis si se le han pagado los quinientos escudos que tiene para esta jornada, no habiendo ya hecho: y si se le hubieren pagado me direis que ha habido para ello y respondereis con brevedad. Data en Madrid a tres de julio de 1679.

Yo el Rey

Juan de Valero secretario

Virrey de Valencia para que ordene al gobernador que salga a las visitas de las villas reales del Reyno. Como tiene obligacion.

El Rey
Gobernador en carta de 31 de mayo de 1679 se os escribio que por obligacion de vuestro oficio la teneis y tambien por fueros y privilegios de esse reyno de visitar las villas realees deel cada año y ver y reconocer sus rentas y propios, y en que se distribuyen y se os mando lo pusieses luego en execucion, por ser esta de licencia tan importante a la buena administracion de la justicia y el beneficio comun y porque asta agora no lo habeis cumplido os encargo y mando esecuteis sin dilacion lo que mi lugarteniente y Capitan General os ordenare en mi nombre.

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Señora

A Justicia y jurados de la villa de

del Reyno de Valencia dizen que los que son vasallos de Su Majestad y han gozado de los efectos de su Real grandeza en la prosecucion o amparo han de gozado de los effetos de su Real grandeza en la proteccion y amparo han de acudir a

a representar a su Majestad los modificaciones y vejaciones que han padecido y estan padeciendo en la visita de don Basilio de Castellví, gobernador de la ciudad y reyno de esta para implorar de su Real Clemencia en el remedio de agravios que hazen a los vecinos de aquella villa en mas de quatro meses que le esta haziendo sin otros dos que tuvo y otra vez con desdoro y descredito grande de sus vecinos perturbando la paz y quietud publica deella con fin de destruir aquella villa, como lo ha publicado en diferentes ocasiones a muchas personas y lo ha puesto en execucion segundo se haze constar por los capitulos siguientes.
El primero con las grandes

y composiciones que ha hecho y esta haziendo a muchos de sus vezinos por haver comprado trigo y vino y azeyte al precio corriente y al fiado sin exeder los limites de las reales pragmaticas, como se verifico con Vicent Richart que compro Crespi cantaros de vino de Geronimo Miro por cantidad de 150 reales de contado y por haberlos vendido despues por cientos y quarenta al mismo Miro. Se ha penado en ochocientos y veinte realees y por haber vendido Onofre Carbo 40 arrobas de algarrobas de su cosecha fiados a razon de dos reales la arroba. Le ha penado exima de 500 reales con otras composicionees que ha hecho y ejecutado que se omitan por escusar prohividad.=
Segundo no es menor el daño que se ocasionaba a la villa en querer que los clavarios que ha habido desde el año 1604

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paguen intereses de las deudas que no han podido cobrar de los arrendatarios de la dicha villa por las moras y esperas que se dieron de los arrendadores= Lo primero porque estan absueltos y dados por libres por el Consejo general que se tuvo en 22 de abril de 1657 segun consta del; lo segundo por que ha sido muy justificado la dicha absolucion porque se ha allado en las dilaciones que se han originado las moras y esperas

paga a los arrendadores señaladamente de los arrendamientos menudos porque como estos tocan en exercicios humildes no los arriendan sino personas plebeyas menesterosas, y pobres y estos realmente a emprender semejantes exercicios fiados de la suavidad con que se cobran de los precios de sus arrendamientos y es preciso usarlas por que a no hazerse en esta conformidad no se hallara que en quisiesse entender en ellos y sucede de ordinario haver de rogar con ellos y que consisten en pecar la pesca, medir el azeyte y el vino y vender aguardiente y otras deste

quando no tienen de donde poder pagar con espera y sin ella se pasa aquella partida a los clavarios por no deste hazer otra cosa y con ser tan justificado lo atropella todo el visitador.=
Lo tercero es mas sensible el daño que se hacen a todos los vecinos de la dicha villa de haver mandado se paguen todas las justas, o pechos reales de que la villa tiene merced para su subvencion de sus necesidades que antigamente pagavan sus vezinos y por aliviar a los labradores de las pagas dellas y a ser la cultura tan costosa y sugeta a las calamidades que se han padecido de algunos años aora y antes se an visto se suspendiese

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la cobranza del derecho real del azeyte y se conmutase en otras imposiciones mas llevaderas como fue en las sisas de las carnes y molienda y derramas este si se han hecho y otra mas que ha sido costoso de crecer conforme a la apertura mayor o menor de los tiempos, y que ver que ademas de lo que han contribuydo los vezinos en las sisas y en las demas imposiciones que se han subrogado en lugar del dicho de la pecha se paguen ahora las peytas o pechas de que estan por resolucion consiliar de dicha villa
de tantos años atras no es querer la restan racion

de la villa sino su total ruhina y desolacion por ser un gravamen irresponsable y sin ninguna utilidad de la villa y de sus vezinos.=
Cuarto son en numero conocido los procesos que pretende hazer contra los jurados que ha ha havido en la villa desde el año 1607 por haber dado lugar que fuese arrendadores los que pueden concurrir a los oficios de la villa y los que son consegeros del Consejo que pueden ser admitidos al govierno della porque arrendamientos son muy numerosos y portan cantidades considerables y no se pueden fiar de personas de poca paribidad y de quien no tenga mucha satisfaccion lo qual pocas veces se alla sino en los que entran en el manejo del govierno exeptuando siempre los que goviernan actualmente en el tiempo que se hazen los arrendamientos porque estos tales nunca son admitidos a los arrendamientos y este modo de govierno y poder obra dessa manera se ha hecho y podido hazer por los privilegios dichos reales que tienen la villa y le ha hecho ostencion al visitador y no ha hecho caso dellos por tratar solo de asolar aquella villa y de que no aya quien trate de su Govierno porque viendo que de governar han de padecer tantos infortunios a que los sugete un visitador querran mas

venir fuera de su patria que exponerse a ellos

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con que la villa de quien valerse para su govierno sus necesidades para que administren con satisfaccion lo cual es contra el bien publico y utilidad de la villa.=
Quinto por que la demas de las vexaciones y daños referidos ha causado excesivos gastos a la villa porque la primera vez que vino alla la posentaron los suplicantes en casa del conde de Carlet y comenzo aora dar puertas y ventanas y tabiques con excesivos gastos de la villa y sin provecho de la casa y quando se fue a Valencia falto de la ropa que se dio para el, sus criados y ministros en cantidad de setecientos reales y bolviendo otra vez a proseguir la visita por los primeros de agosto el dicho conde por lo referido alargarles a los jurados la dicha casa y habitar en casas considerable estechez le huvo de dar otra muy comoda y deverte de que se ha quejado mucho diziendo que no era berdad, y no solo ha ganado en obras muchos reales a las visitas pero ha desacomodado a dos vezinos tomandoles los aposentos en que vivian haziendoles habitar en sus propias casas con notable e

y casi en las cozinas, y son tantos los gastos que hazen a la villa qie se halla imposibilitada de todo para poderlos llevar, no haviendose allado en la ultima visita del año 1604 memorial de haver gastado en toda ella la visita mas que 2000 reales y quando se entendia acabava la visita y se bolviera a Valencia ha pocos dias que ha hecho venir a su mujer con toda su casa y familia con que dado a entender que ha de aforar la villa y

si por V. Magestad no se pone el remedio que se espera de su Real Clemencia.=
Para lo qual ponen en consideracion y se presentan los servicios grandes y señalados que ha hecho la villa a la Magestad de muy considerables cantidades que en todas

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ocaciones obedientes a sus Reales ordenes y mandatos gustosa ha ofrecido desde el año 1603 enque cargo la villa un caso de 6000 ducados del señor del

para hazer un donativo que hasta oy montan las pensiones del 16 unas 200 libras y en defensa del Reyno en salidas de la marina en diferentes ocasiones que se ha referido en servicio de su Magestad ha ganado veinte y quatro mil libras, y en los donativos que la villa ha hecho en las cortes de los años 1626 y 1645 ha procurado hazer

mayores que ha podido aventajandose a las mayores villas del Reyno procediendo siempre como fiel y leal y ultimamente el año pasado de 1656 en el alojamiento del comisionado don Joseph de Daza y Guzman criados y familia gasto la villa mas de mil libras y en este

el capitan Geronimo Garcia y soldados de a cabo de su compañia otra tanta cantidad, los que los gastos con las calamidades que esta experimentando ocasionadas del tiempo y las enormes composiciones que haza el visitador han dexado tan exausta y sin fuerzas a la vila que es imposible pudiese conservarse en el credito, y reputacion que asta oy haviendo ni con posibilidad de poder acudir a las obligaciones con que oy se alla.=
Por lo qual en consideracion de los servicios referidos y portados los suplicanyes a los reales de su Magestad suplica muy humildemente se sirva mandar se suspendan las extorciones y determinaciones del visitador dando orden que se vuelva luego a Valencia y en caso se haya faltado en algo en el modo del govierno se servia V. Magestad aprobarle con su Real decreto y darle por bueno que la villa ofrece servir a V. Magestad con la cantidad que fuere justo para que la villa se conserve y este dispuesta a obedecer sus reales ordenes y mandatos que recibira la merced que espera de la grandeza de V. Magestad.=

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El Rey.
Al duque de Montalto primo mio lugarteniente y Capitan General da parte de la villa de Ong se me ha ddado el memorial incluso en que refiere los daños que ella y sus vezinos han recivido de las visitas que don Basilio de Castellvi governador de essa ciudad y regidor ha hecho por tiempo de dos meses la una y la

que ha que dura quatro meses y pone por capitulos los que se le ofrece tocante a sus vexaciones suplicandome que estando a los servicios de Castilla hechos en diferentes ocasiones se haga una

de mandar que el governador se buelva y que me servira con lo que fuere justo y ha parecido en cargar y mandaros (como lo hago) que los puntos de dicho memorial que se huvieren tratado que dicho

y dado sentencia con parecer del

, y en los que toca las composiciones y gastos de obras que se quexa la villa me informareis para que, hoyendo al governador con lo demas que se hos offrecerey pareciere para que yo tomese solucion. D


Vs. Don Christoval Crespi Vicenc.
Vs. Don Tomas de Robres R.
Vs. Don Pedro Villacampa R.
Vs. Don Paschual


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Excelentísimo señor

Las obligaciones de regidor de la villa de Onda me obligan a participar a V. E. las calamidades y trabajos grandes que dicha villa padece, pues son tantas las deudas; que las entradas tan pocas, que moralmente se halla imposibilitada, y sin remedio de poder pagar, no digo todos los créditos, pero ni aun la mitad, por a mas de ser las deudas tan exorbitantes, las cosechas de todos estos años possados han sido tan cortas, que se crehearo en blanco la villa, y con lo que se le añade de la resulta de la visita, que es gobernador de Valencia hay es infalible que surtiran dicho efecto, porque esta visita mira sobrel peyne el principal fin que deven tener los visitadores, que es el bien comun averiguado si los del govierno han obrado en la distribucion de las rentas con equidad, segun los estatutos, lees y establecimienots que tiene las villas examinando si hay algun abuso, castigando los culpables, y reintegrando a la villa en todo aquello se hallase defraudada; pero esta parte señor que es la principal solamente se hace por cumplimiento sin assitir el gobernador ni sus asesores el doctor Chilart al examen de los libros de la villa aviendolo encargado a Juan Gran y ellos unicamente se ocupan en averiguar el punto menos principal y se me daria que es el de las usuras, y si estos buscaron a los que a verdaderamente son usurarios y logrero

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como son aquellos que mercan trigo para revenderlo o, otras mercadurias, habiendo monopoli, aguardando el tiempo mas esterial del año para venderse pudieran justificarse, y fuera puesto en rason; pero este genero de contratso no se halla en la villa de Onda, en prender a los arrendadores, y a los que venden frutos de sus propias cosechas habiendoles pagar exorbitantes cantidades; con que estan todos ase bronados y ni quieren vender el trigo sino de contrado a precio infimo o mediano; porque de sucederle al fiago, al rigido (et intra limites justipreti) les castigan sin piedad que ls dexan destruidos, y este daño unicamente le vienen a padecer los pobres pues por no hallar trigo al fiado, y ellos no tener dinero para pagar de contado, no siembran los tiempos, quieren a padecer extrema necesidad, y no tiene para si, ni para pagar a la villa. Pues si la villa de Onda señor sin este tratajo tan considerable no puede acudir a sus obligaciones, ni paga sus creditos por estar empeñada en mas de cien mil ducados, y los recibos ser mayores ser muy pocos, que hasta esta pobre villa con este nuevo trabajo y pagar todos los dias por las dietas onse libras, sino ahogarse y despoblarse del todo y sin esperanzas de remedio. Y assi señor postrado a los pies de V. E. con todo rendimiento le suplico vea servir de mirar esta causa como padre pues es causa de pobres, y V. E. lo es de todos, habiendo que la Reyna nuestra señorasea servida mandar suspender esta visita y por algunos años asta que se mejoren los tiempos, o, a o menos que se visite lo principal, y lo que concierne al bien publico, y no lo secundario, porque todos estan. Lo mando que estas ssitas solo son para sacar dinero, destruir las villas, y no remediar las estarciones, las lagimas y aflicciones de mis pobres feligreses me obligan a representar a V. E., el daño que esta

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padeciendo esta villa, pareciendome no cumplieron las obligaciones de mi oficio, y quedara muy graciado mi conciencia si lo omitiera. V. E. obrara lo que mas fuere del servicio de dios, y de la Reyna nuestra señora que sera lo mas justo, y mas acertado, y tendran los pobres de la villa el consuelo que desseo y estan dios guarde a V. E. los muchos años que desseo y esta monarquia ha menester. Onda, 25 de noviembre de 1665.

B. L. m. de V. E.
su mas humilde capellan

Frey Bartholome Terraca (rubrica)

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Onda

El Rector a 15 de noviembre.

Dize que las visitas que el gobernador haze en aquella villa no sirven sino de empobrecerla y solamente se encaminan contra los usureros, y no a remediar los daños de los que han manejado el govierno, y hazienda.

que le hazen por haver vendido al fiado, sino fuere provandose que sin arrendadores, o aqu

con ocasion de la visita de

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VISITA BENIGANIM.

Excelentísimo señor.

Señor. Por el mes de diciembre pasado, o, primero de henero introdujo la villa de Benigani el pleyto en la Real audiencia de que no puede visitarla el gobernador de Valencia por privilegios que tiene para ello, sienod asi que en el año 22 la visito el gobernador don Luis Ferrer pasando de la villa de la Olleria donde estan haziendo la visita a la de Beniganim y en essa conformidad de la publica ya se la admitieron respondiendo a mi carta previendo el alojamiento el resolver esta prentension la Real audiencia crey que fuera tan breve cuanto bastase el tiempo de poder ver los privilegios por la parte contraria y su habogado el doctro Armengol han alargado tanto lo articulado

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que hasta oy (haviendo pasado ocho meses) no se a declarado ni sentenciado y teniendo el tribunal de la governacion el procero acordado no ay forma que se despache ni que el habogado le entregase a los fexiados a don Braulio Esteve oydor de la causa para que en ello se pudiese ver que despachar; con que conocidamente la villa de Benigani y su habogado no tratan sino de alargar el pleyto y derivase la visita todo lo mas que pudieren; constandome que es la villa que mas necesidad tiene en el Reyno de visita y sino es con precepto poderoso dudo que se vea el fin del pleyto en muchos años yo suplico a V. E. sea servido de mandar se escriva a don Braulio Estevan despache este proceso luego que por nuestra parte no sea de desacordar y solo queremos se declarare cuya es la justicia para que en caso de no tenerla la jurisdiccion real pueda

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lo hazen eleccion de otra villa para utilizarla este año y si se declara en favor de la jurisdiccion real poder la hazen luego pues no quedan ya mas de cuatro meses para la salida deste año y tengo por muy combeniente y en credito de la authoridad de la justicia el que no salga el governador a visitar otra menos que no sea estando declarada esta causa de Benigani porque dejandola en habierto, y pasando a hazer nuestra visita seria dar motivo a las villas para que intentasen otra pretencion como la que tien Benigani resistiendo a lo que es de fuero y de combeniencia de las villas aunque no lo sea de algunos particulares que habran hecho Patrimonio de las administraciones V. E. como tan gran ministro mandara ver lo que suplico que se heche aunn lado este letigio. Dios me guarde a V. E.

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los muchos años que deseo y he menester: Valencia y agosto a 26 de 1669.
Excelentísimo señor.

Save s. s. s. m. de deve y obligado

Don Basilio de Castellvi y Ponce (rubrica)

Excelentísimo sc. sc. Vicechanciller de Aragon.

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VISITA ALCIRA
Señora

He servido a carta a V. M. de 30 del mes de octubre en que ha venido incluso copia de la que el governador don Basilio de Castellví ha escrito al vicecanciller en lo del mismo cuia respuesta digo que aunque segun los fueros y privilegos del Reyno y observancia seguida deellos el governador puede y aun deve visitar las lentas y propios delas villas reales pero en V. M. reside maior poder para cometer la visita de ellas a quien fuere mas servida porque esta autoridad y maioria siempre se entiende reservada y no es novedad el usar deella porque en el poder del governador se incluie no solo la visita de las villas realesen que V. M. tiene toda la jurisdiccion civil y criminal sino tambien

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la delas villas en que V. M. tiene solamente el mero imperio y jurisdiccion que se dize suprema por ser aquellas de alguna comunidad o, persona particular como se ha declarado en esta Real Audiencia en el lugar de Puzol sito en el termino desta ciudad el qual es del arzobispo y en el exercerse la jurisdiccion civil y criminal intima y alfonsina.
En execucion de sentencia el de la dicha Audiencia se mando visitar los propios y rentas del dicho lugar por el governador y con comision particular de V. M. se ha visitado la villa de Villafames y con comision especial del Rey nuestro señor que Dios tenga en su santa gloria se han visitado las villas de Benicarlo y Vinaroz en las quales y en la oha de Villafames tiene la horden de Montesa la jurisdiccion infima y alfonsina sin que el governador

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haya prendido lo que aora aquien no sele hace pervivio alguno en semejantes comisiones pues no es su jurisdiccion en las villas, privativa como dire respeto de V. M. y la novedad de su pretension; al qual si ha oydo y le presentan lo que contiene el mencionado incluso numero en cita el fuero 109 de hiridistione omiudibe que no es fuero sino un rescrito gracioso ni abla en terminos de la llegada de V. M. de visitar las villas reales en que V. M. tiene la suprema jurisdiccion sino en terminos de comision hechas en causa de personas particulares ni abla en comisiones no propias sino en las hechas a peticion de parte privada.
Sin envargo desto ha parecido a la Real Audiencia con quien se ha comunicado en la forma que V. M. me manda, que escrirto lo el governador representada respeto de ser menos el gasto de aquel en las visitas que hace en la

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forma que refiere y ser el util para la Jhessria convirtiendose los efetos de las penas de contribuciones en la satisfacion de los salarios de los ministros de su tribunal que son muchas tercias que se deven y que por racon del menor gasto conviene que el governador haga la visita de Alzira.
A mi me pareze lo mismo como el governador haga las visitas cumplidamente concluiendolas y no dexandolas enpezadas segundas tiene muchas porque las conveniencias de las vistas las juzgo en su conclusion y lo otro no es visitar sino empezas las visitas y se abria de empezar a tiempo que en el año se pudiesen concluir y quando por ser mucha la ocupacion no pudiese la visita de una villa que se prosiguiese el año siguiente; y por tener muchas visitas empezadas, y combenir

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que la de Alzira se haga con brevedad que tambien porque el Asesor del governador tiene muchos parientes en Alzira, siento que por aora se haga con comision de V. M. para el doctor Isidoro Aparisi Gilart altiriando a los particulares todo lo que se pudiere de costa, deteniendose algun tiempo limitado en la villa para que cesen las dietas y llevandose a su casa los libros y desde aquella haziendo las condenaziones y execuciones que importare, y he dicho de los particulaes pporque sobre ellos se va la costa y no sobre la villa y sus propios: V. M. mandará resolber lo que mas fuere servida cuya Catholica Real Persona guarde Dios como lo ha hecho por muchos años.
Rl. de Vª noviembre 23 de 1671

Señor conde de Paredes (rubrica)

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VISITA MORELLA

Señora.
La villa de Morella: Dize que por carta del governador de la ciudad y reyno de Valencia se participaba la visita que intenta hazer de los propios de aquella villa conpretesto quees necesaria, y extrajudiciamente tiene aviso que la a instado y solicitado el sindico de sus aldeas asistente en Valencia solicitando mas de 30 pleitos querella contradicha villa iniciados desde el tiempo que solicito la separacion de las aldeas y la suplico a V. M. delos quales hizo ostencion, el año pasado en la ocasion de la pretension delas aldeas y delas grandes expensas que le han ocasionado estas assi en la separacion que con tanto contado suplicaron como en los pleitos que oy penden en que la dicha villa a sido provocada añadiendose a estos los pleitos que el clero de dicha villa movio contra los oficiales de V. M. queriendoles privar de la inmemorial posesion en que se hallavan detener sus asientos en el ambito de la capilla mayor de su iglesia de Santa Maria en los quales a obtenido dicha villa con diferentes decretos favorables y aprovacion del muy reverendo obispo de Tortosa de que a resultado allarse tambien con mucha emulacion ocasionada del bencimiento que siempre ha tenido en sus justificadas pretensiones los quales procuran con todos los medios posibles aniquilar y destruir dicha villa, y pareciendoles esta ocassion proporcionada a sus siniestras intenciones han procurado la dicha visita y los gastos precisos que se siguen prestandola con la

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necesidad siendo assi que ningun particular ha defraudado a V. M. del erario de aquella: que cada año se nombran juezes contadores para la definicion y cuenta de las Administraciones y los alcancados deven pagar y pagan instantaneamente el alcanze, o quedan presos asta la berdadera solucion sin que en esto aya la meno relajacion, todo lo qual consta a don Basilio Castelbi governador de la ciudad y reyno de Valencia en cossa de las ocassiones en que dicha villa sirvio a V. M. en lo que cupo en su posibilidad, y saviendo deseado asta entonces la visita da suplicante la suspendio y entender no solo que no hera necesaria sino de ningun beneficio para la fidelidad con que se administran los propios de dicha villa. Sin que puedan multar a los oficiales y no allarse statuto algun penal en casso de contravension para que la dicha villa de tiempo inmemoriable no a sido visitada haviendola favorecido y onrrado los serenisimos señores Reyes de Aragon y singularmente el señor don Pedro el segundo que fue quien decreto la dicha visita con el real privilegio en que la exsime de semejantes inquisiciones y visitas ex ofitio permitiendola solo en casso de instancia de parte el qual pone a los Reales pies de V. M. con eirrendimiento que deve sin mas boluntad que la que fuere en mayor servicio de V. M. a que desea acudir en el servicio que se espera y aloxamientos como lo a hecho asta el dia de oy siendo la primera que sirve a V. M. en todas las ocasiones. Y si en tiempo en aquesta procurando su desempeño y alivio con diferentes imposiciones y tachas que oy se estan disponiendo entre sus vecinos entre sus vecinos le sobreveniene el gasto de visita no de tener el alivio que desea para acudir con mas franqueza al devido servicio de S. M. y las aldeas en emulacion de la md. que V. M. fue servida hazerle en el año pasado consiguen el fin de aniquilar este Real Patrocinio de V. M. pues estas son las que an avisstado esta visita con exenicion de no ser visitada. Y el sindico de las aldeas es el que esta nombrado

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por fiscal de la visita sin tener en el interes alguno para que su contribucion esta decretada en la Real sentencia del señor Rey don Juan en la qual se declaran los gastos en que deven contribuir las aldeas. Por tanto postrada a los pies de V. M.
Suppa. sea de su Real servicio haserle mandar de suspender dicha visita por aquel tiempo que pareciere a V. M. para que en este pueda reparase de los daños y expensas referidas y pueda acudir a los servicios de V. M. y si llevar los gastos de la visita de que no es su intento librarse asi lo espera de la soverana piedad de V. M. la que implora.

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Don Pedro Villacampa
Don Miguel de Calba
Don Juan de Heredia
Don Raphael de Vilosa
El marques de Castelnovo
Don Joseph de Boxados y
Don Antonio de Calatayud.

Señor

Francisco Gisbert sindica de la villa de Caragent en el Reyno de Valencia ha dado de memorial en el Consejo refiriendo que haviendo apercibido a ficha villa el portanvezes de general Governador de Valencia para vissitarla recurrió a la Real Audiencia pidiendo se observase lo contenido en los Reales Privilegios del señor Rey don Juan dado en 22 de mayo de 1494 y de la señora Reyna Doña Isabel de 12 de marzo de 1531 en que concedieron a la villa y universidad de Alcira Justicia y Jurados y buenos hombres della excepcion expressa, y especifica de no poder ser visitada ni sus officiales compelidos a dar quentas de la administracion de las rentas y propios de dicha Universidad a los señores Reyes, ni a otro qualquier official real por sus Magestades y que tambien fuese declarado que dicha villa de Carcagente devia gozar desta inmunidad y Privilegio por que quando se concedieron es notorio que era calle y aldea de la vvilla de Alcira representado un mismo cuerpo de universidad con ella, de suerte que los mismos Justicia, y Jurados que havia en Alcira lo eran tambien y governavan a Carcagent sin que en esta hubiese otros officiales, ni govierno separado, y que por esta racon sus vecinos concurrieron justamente con los dos de Alcira en los officios y cargos publicos de toda la universidad que se denomina de Alcira por ser la cabeza, y villa principal, y que en derecho es constante que la calle y aldea unidad en la forma sobre dicha assi en lo favorable como

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en lo odioso se reputa por un mesmo cuerpo de universidad con la predominante, y que se comprehende en todos los privilegios y gracias a aquella concedidos, y que los retiene y goza de la propia suerte aun despues de haverse eximido de la villa principal mayormente en este caso en que como parece de los capitulos primero, y segundo del Real Privilegio del señor Rey Phelipe segundo dado en 11 de março 1556. La villa de Carcagent fue erigida en universidad, y eximida de la de Alcira con pacto, y condicion de que hubiese de retener y gozar de todos los privilegios, exempciones, gracias y inmunidades, franquezas, y libertades que gozava siendo calle y aldea de la villa de Alcira y tenia esta concedidos, y que sin embargo destar racones la Real Audiencia de Valencia con sentencia de 26 de junio de este año 1611 declaro que no procedia la instancia hecha por Carcagent, y que podia vissitarla el portantvezes de general Governador que contra esta sentencia se valio del remedio de restitucion in integrum que oy esta pendiente, y por que en el pleyto ha gastado dicha villa de Carcagent cantidades considerables, y no le sigue por que sus vezinos que han tenido el Govierno y administracion de los propios de su universidad los hayan administrado dolosamente, y con la exempcion de la vissita pretenden ebitar el castigo, y la restitucion de las cantidades que podian tener usurpadas, sino por que haviendo tenido muchas juntas de Abogados en Valencia, en esta Corte la han dicho todos que tenia Justicia clara como parece por las racones referidas, y por lo fundado en un memorial en derecho que ha presentado, por lo qual se use en precisa obligacion de defender sus inmunidades y privilegios, y mas el de la exempcion de no poder ser vissitada por haver enseñado la experiencia que la vissitas onccasionan muchas vezes mas dispendios

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y daños en lo comun, y particular que provecho, y beneficio y para ebitar las graves costas, y expensas que se le han de causar de seguir este pleyto en Valencia, y en este Consejo Supremo, y para tener fiel, y verdadero desengaño de la intelligencia con que esta de su Justicia el recurrir a los Reales pies de V. Magestad como fuente y origen de todas las jurisdicciones a quien particularmente toca su declaracion para obtenerla del sobre dicho Privilegio en que el señor Rey Phelipe segundo eximio a Carcagent de la villa de Alcira que aunque su pretension se ha reducido a terminos litigiosos no parece pueden impedir lo que por via de gracia suplica pues la declaracion no da derecho nuebo a las partes sino que manifiesta el que estava ya adquirido y voluntariamente se controbierte y ponen en duda, y porque el Portantvezes de general Governador se funda en la Jurisdiccion de vissitar las universidades del Reyno que in officium et administracionem se le concedio el Privilegio 45 del señor Rey don Pedro el segundo en el qual se abdico V. Magestad la facultad de poderlas eximir de esta jurisdiccion, y assi se vee que es precaria y se puede rebocar por via de graccia, como lo ha hecho Vuestra Magestad respecto de otras villas, y universidades del Reyno, y por que es cierto que la Carcagent tiene hecho tantos y tan señalados servicios como otra qualquiera pues desde que se desmembro de Alcira ha servido a la Real Corona en mas de quince mil libras sin las contribuciones que en comun ha hecho en el repartimiento de los servicios del Reyno y continuandolos offrece servir ahora por la gracia que suplica con diez mil

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realees de plata doble, pone en la Real consideracion de V. Magestad que para conseguir la declaracion expecifica de que deve gozar de todos los Privilegios concedidosa la villa de Alcira no necessitaria de nuebo servicio pues es claro que contribuyo respectivamente en los donativos que aquella hico el tiempo y quando se concedieron los Privilegios como parte que era de su universidad, y no se puede dudar que la Real beneficiencia y equidad de V. Magestad han de querer participe de las honras quien concurrio en los cargos que motivaron su concesion. Por tanto suplica a V. Magestad mande declarar, y conceder de nuebo a mayor abundamiento no obstante el sobre dicho pleyto y sentencia de la Real Audiencia que en el Capitulo segundo del Privilegio de desmembracion que concedio el Señor Rey Phelipe segundo a la villa de Carcagent en 11 de março 1576 fue su Real intencion, y que oy lo es de V. Magestad que se entiendan comprehendidos, y concedidos la retencion , y goce de todos, y qualesquiera privilegios, inmunidades, franquezas, exempciones y libertades que tenia concedidos, y concedidas la villa y universidad de Alcira al tiempo, y quando se eximio della la de Carcagent, y de los quales gozava quando era calle y aldea de dicha villa de Alcira sin exempcion ni reserva de algunos de aquellos aunque sean dea calidad que para que se entiendan concedidos necesitan de expressa y especial nota, y nombramiento, como la Real voluntad de V. Magestad sea que se entiendan estos especialmente concedi

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dos en lo general deste Privilegio, y declaracion como si literalmente estubiesen nombrados, y calendariados, y en particular que la villa de Carcagent goça de las inmunidades, y exempciones concedidas a la universidad de Alcira por señor Rey don Juan, y la señora Reyna doña Isabel con sus Reales Privilegios de 22 de mayo 1399 y 12 de marzo 1531 y que en virtud dellos esta eximida de la jurisdiccion ordinaria que por fueros y privilegios del Reyno de Valencia le compete al Portantvezes de general Governador de poder vissitar las villas y universidades, y de otros qualesquiera officiales reales por preheminentes que fueren, aunque sean lugartenientes y alternos de V. Magestad reservandose V. Magestad la regalia suprema de poder visitar a dicha villa, y universidad de Carcagent por si, o por otro juez que para ello tubiere commission especial de V. Magestad en caso que precediere difamacion de que no estubiese bien administrado.
Y haviendose visto en el Consejo todo lo referido y atendiendo a los particulares servicios de la villa de Carcagent y a los demas motivos y raçones que representa, es de parecer que V. Magestad puede servirse hacerla merced de que se confirme el Privilegio de ereccion en villa concedido por el

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Rey Phelipe segundo informa, con tal que en el punto de eximirse de ser visitada se especifique que siempre que V. Magestad juzgare por conveniente el vissitarla haya de dar especial comission, sirviendo por esta gracia con los diez mil reales de plata que offrece, los quales parece se apliquen ocho mil para la remonta de la cavalleria por no hallarse otos medios para socorrer esta necesidad, y los dos mil restantes para hacer una lampara para la capilla del hospital de Aragon desta Corte.
V. Magestad mandara lo que fuere servido. Madrid 20 de diziembre 1655.
Don Pedro Villacampa, don Miguel de Calba, don Fernando Heredia
Don Raphael de Vilosa, el marques de Castelnovo.
Don Joseph de Boxados y don Antonio de Calatayud.

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XIXONA, 1679

Señor
La obligacion en que me constituye la ocupacion de servir en este Reyno el oficio de Portantvezes de General Governador, que V. M. ha sido servido de eneo mendarme, me motiva a acudir a los Reales pies de V. M. para representalle lo que parece es mas de su Real servicio, y Patrimonio: y para que en esta que yo sirva a V. M. en estte oficio ni descrezca en un punto de mis preheminencias, y autoridad, passo a poner en consideracion de V. M. como segun los gue vos 96 de jurisdiccion de todo juez, y de salarios, esta ordenado y dispuesto el que haya de salir el portant vezes de general governador todos los años a una villa del Reyno, o qualquier lugar donde V. M. tenga la suprema jurisdiccion, y en observancia de estos fueros, se ha excutonado por todos mis antecesores sin que haya havido impedimento ni reparo. Las causas porque estas vissitas se instituyeron, y hoy en dia de hazer, es para la buena administracion de la justicia y para reintegar los fraudes cometidos

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contra las villas por los que han tenido el govierno en ellas, y esto en caso que los quiso sean de omission que siendo de comission se castiga segun se halla dispuesto de justicia. Las penas corporales en los casos permitidos; remiten, y assi estas remissiones, como qualquiera pena pecuniaria se aplica a V. M. y deposita en la Real tesoreria para su buerde estas cantidades que entran del Tribunal los gastos que le ofrecen de Justicia, y satisfacer los salarios que se ofrecen de Justicia, satisfacer los salarios de los señores ministros, de que se estan deviendo aun algunas cantidades atrasadas, solo de esta bolia de la Tesoreria y estas vissitas es en tan sumo grado la obligacion a que me compele el executallas, que sin especial carta de V. M. no puedo escusarme de hazerlas, y mas quando por parte de algunos bien intencionados y gener pobre de las villas se me hazen repetidas instancias para que las execute.
De poco tiempo a esta parte esta introduciendo en la Real Audiencia de este Reyno a omitir remedios prevencionales para no ser vissitadas las illas inhibiendo muy de ordinario el Tribunal de la Governacion otras firman de Derecho pretendiendo estas en pocession de no ser vissitadasm; aunque estas en pocession de no ser vissitadas; y aunque estas pocessiones y remedios prevencionales son contrafueros y regalia especial de V. M. y aun haviendo vissitas de otros antecessores mios, no obstante esto hasta que esas causas passan en juzgados y se averiguan, passan muchos años, assi por las cavilaciones de los abogados, con

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por las dilaciones que permita la practica de este Reyno, lo que causa total ruina y gran detromexilo a las villas,, assi por los dispendios que consigo llevan los pleytos largos, como por la libertad y desorden conque viven en quiça de que han de hallar abrigo de eximirse de la vissita y al Tribunal se le siguen muchos gastos en estos pleytos por haver de mantener la jurisdiccion, y esto, aunque yo lo consiga (como ha sucedido en el pleyto, que pussieron las villas de Benigami y Carcaxente de que obtiene sentencia en favor por la Real Audiencia, ha sido de mucha desazon para mi, assi por ver que estos pleytos han durado mas de diez años (como que haviendo passado a executar la vissita de Benigani por havermelo insttado la villa de su motivo propios apartandose del pleyto que seguia en esse Real Supremo Consejo) consto por los libros de la villa y otros informes que fuese el que se havia empeñado en los gastos del pleyto en mas de 6000 ducados que responden a razon de cambio, y pareciendoles que para essos efetos no permitiria V. M. tomaran cendos, entre cuatro o seys perçonas de los mas acomodados de la villa contaran los cambios y la villa les firmaria carta de guarda daño, y pagarian por ellos los intereses tan considerables, y el haverse valido de este medio fue despues de haver padecido el mismo debe meerbo y atenuandose los graneros bolsas comunes, que al tiempo de empeçar el pleyto, estavan y tenian bastantes medios.

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Habien escrito a la villa de Xexona dos años como estava con determinacion de passar a executar en aquella villa la visita, firmaron de Derecho por esta Real Audiencia, pero no se me intimaron las obras y mandatos, por que se suspendio esto por haver yo passado a otras villas que por entonces juzgue mas precissadas a la vissita; y ahora siendo aquella parte del Reuno de donde esta Xexona la que me toca vissitar, como por hallar razones que me obligarian a yr a esta villa han buelto de nuevo a comenzar el pleyto, habiendome hoy que estaria ya partiame.
Las letras de la Real Audiencia; y lo que contiene la firma de Derecho es, el estar en pocession de no ser visitadas por el portantvozes de general Governador (y no obstante que consta a todos, y aun a la Real Audiencia el que tengo yo en los libros del Archivo del Tribunal vissita de un antecessor mio) han passado a admitirles la firma de Derecho. Suplico a V. M. assi en mi nombre, como el del Tribunal sea servido (en consideracion de las razones, que me assitan, como por el bien publico de las villas, por la cualidad de la representacion de este Tribunal y por el Real servicio de V. M.) mandar despachar sus reales ordenes en que se prohiba a la Real Audiencia no admitan inv taneia ninguna, que diecta, ni indirectamente impida el curso de las vissitas para la mayor consideracion de la regalia de V. M. y que los ohidores de la Real Audiencia

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no puedan embaracar las vissitas antes de executadas (pues este embargo sirve solo para en esse tiempo ocultar los procesos y papeles de donde hemos de tener la direccion para averiguar los delitos, como esto me ha constado en las vissitas que se ha retardado el executalla, despues de la publicacion, sin poder esto tener reparo, ni averiguacion mas que extrajudicialmente, quedandoles a los que pretendieren agravio en ellas despues de ellos el reverso, aunque no hay exemplar ni se topas de que jamas haya obrado el portantvozes de general governador en las vissitas cosa digna de reparo, y assi espero de la Real clemencia de V. M. el que sera servido, assi para en este caso de la villa de Xexona, como para en adelante el que se tome forma en la que mas fuere del Rea servicio de S. M. Dios guarde la Santa Catolica y Real persona de V. M. como la Christiandad ha menester. Valencia 9 de mayo de 1659.

A don Joseph de Castelvi y Alagon

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Certifique jo que en el n'estan de les visites celebrades de la ciutat y Regne de Valencia escrita de la visita que lo ilustrisim Portant veus General Governador de la dicha ciutat y Regne com havent vist y reconegut les visites celebrades per ordre l'ilustrisim Portant veus en les viles infraescrites constra per aquelles com los particulars foren trobats decirvos a les universitats en les cantitats inferides especifadores.
Primerament en la visita celebrada en la vila de Benigami en lo any 1676 consta ser deutors los particulars a la universitat en cantitat de quatrecents mil i una lliures tres sous y onse diners__________________________________ 421 l 38 ri
Idem en la celebrada en la vila de Ollena en lo any 1668 consta que alguns particulars devien a la universitat en cantitats de mil siscents quaranta lliures sis sous y huit diners__________________________________ 1640 l 618.
Idem en la celebrada en lo any 1681 en la vila de Xerica, ses aldees en cantitat de trescents quaranta lliures y denau sous y huit diners____________________________________________________340 li 918.
Idem en la celebrada en la vila de Alcoy en lo any 1682. foren alcansats los particulars en cantitat de dos mil quatrecents huit lliures tretse sous y cinch diners__________________________________ 2420 Li 385.
Idem en la celebrada en la vila de Morvedre en lo any 1673 en cantitat de mil cinchcents quaranta nou lliures defas sous y deu diners____________________________________________________________________ 1549 lig 810
Idem en la celebrada en la universitat de

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Agullent en lo any 1659 en cantitat de trescents trenta tres lliures dos sous y onse diners___________333 l 28ii.
Idem en la celebrada en la vila de Onda en lo any 1665 en cantitat de mil doscents cinquanta cinch lliures tretze sous y set diners____________________________________________________________________ 1255 li 387.
Idem en la celebrada en la vila de Alpuente en lo any 1677 devien los particulars en forment quatrecents noranta huir lliures nombarcelles y malmus de forment_________________________________________________498t 9b. ia
Idem en trescents mil lliures nous sous y cinch diners___________________________________________120 l 9 ps.
Idem en la celebrada en la universitat de Alfafara en lo any 1679 en cantitat de uichcentes cinquanta set lliures tres sous y tres diners________________________________________________________________________552 l 313.
Idem en la celebrada en la vila de Biar en lo any 1679 en cantitat de mil quatrecentes sisanta lliures sis sous y set diners________________________________________________________________________________1426 l 687.
Idem en la celebrada en la villa de Lliria en lo any 1683 en cantitat de tres mil cent onse lliures set sous__3111L 18.
En fee de lo qual godin'stan posem acostumat sig (señal) ne.

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Señor
En Real Carta de 23 de mayo del año de 1687 me manda V. M. que con esta Real Audiencia, y oyendo al portant vezes de general gobernador deesta ciudad y Reyno a la villa de Penaguila diga lo que se me ofreciere sobre lo que aquella a representado a V. M. pretendiendo mande V. M. declarar en virtud del Privilegio que la concedio el señor infante don Martin que no deve ni puede ser visitada de oficio del portant vezes de general gobernador de ni de otro qualquier oficial real que haviendose visto en la Audiencia los informes que han dado entrambas partes de acuerdo de todos sus ministros de no dezir a V. M. que la pretenzion de la villa de Penaguila en terminos de la via juridica carece de todo fundamento y por esta parte con Real sentencia dado en esta Real Audiencia en el pleyto que sobre la exempcion de la visita llevava contra el governador se declaro que el Privilegio del señor infante don Martin y la oferta possecion immemorial en que dejo estaria de no ser visitada no podian ni devian sufragarla en orden a la exempcion de la villa =
Y en cuanto a lo que aora intenta de conseguir la exempcion referida por via de govierno aparecido que no a

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razon, ni causa alguna para que se le conceda esta gracia que antes bien ay muchas que la repugnan. La primera por la disposiciones claras de los fueros de 96 de junidio omu judic 55 de Montaso por el Privilegio 19 del señor rey don Pedro el segundo en que se concede la facultad al portant vezes del general governador de visitar a las ciudades, villas y unibersidades del Reyno y aun se le manda que lo execute cuias disposiciones forales no pasase se pudieron derogar por el señor infantte don Martin en el privilegio que concedio a Penaguila mayormente no hallandose confirmado por ninguno de los señores reyes de Aragon. La segunda que por resolucion del derecho no es valida la exempcion absoluta y general de que las universidades no puedan ser jamas visitadas por el Prinzipe, o, por sus ministros por la remision del dolo futuro que contiene y assi en que concediera V. M. privilegio a Penaguila de que no pueda ser visitada por el governador havia de ser con las circunstancia de que V. M. se reservaria facultad de mandarla visitar por medio de otro ministro de oficio, o, a instancia de parte. Tenerse caso los ricoshombres de las costas y expensas que aora pondera se le pueden causar por razon de la visita se iran sin comparacion mucho mayores en tanto grado que se juega por constante que no tendria Penaguila remiso, o, medios para subministrarlos asi con motivo de instar estos insostenibles dispendios no se pasara a dicho ministro

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para la visita tendria imposivilidad de executarse en que quien tiempo aunque lo instaria la urgencia de su depravado de Govierno con que de necesidad si se concediera a Penaguila la exempcion que pretende se via de incurrir en dicho de dar incombenientes al dicho de no ser visitada jamas donde con esto no tiene la disposicion a sus oficiales para que administracion dolosa y fraudulentamente las rentas y propios de la villa viendose sin el rezelo de poder ser visitaddos y castigados del otro de quedar destruida y aniquilada conlas costas y expensas de la visita y entrambos quedan cuitados dejandola dejando sugeta en cuanto a este punto a la jurisdiccion del governador como dispone en los fueros y privilegios del Reyno.
La tercera porque no ay razon alguna expezial para exsimir a Penaguila de las visitas del governador y por las que pondera si fueran sabsistentes se devian eximir todas las demas villas, y universidades del Rey de lo que seguiria dicho desorden inseparable contra el veneficio publico y las disposiciones forales que llevo referidas que los antiguos jusgaron mui combenientes y la experiencia lo acredita en esta conformidad no pudiendose dudar que las visitas son muy importantes haziendose hacer para el reparo de los desordenes mal govierno y otros absurdos

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que por causa deel se experimentar cada dia en los que goviernan las mismas villas y universidades.
Lo quarta y ultima por que el unico incombeniente que representa Penaguila respecto de los gastos que se le ocasionaran con la visita deel governador es muy leve en consideracion de que V. M. con su Real Carta de 30 de nobiembre de 1665 tiene mandado al governador que en estas visitas observen el que los ministros que le acompañaren las Reales ordenes que sobre esto tiene dadas V. M. en diferentes ocasiones gentes otras que al dicho portant vezes de general governador tenga obligacion las villas de darle solamente cassa hierma luz agua y fuegos las alajas necessarias que nopudiere llevar con el, que el alguacil y porteros haran de dar solamente respecto de no llevar dietas, o, en lugar deel dos reales al dia a cada dicho para que se vaian a posar a un derecho son y que el numero de los porteros no se excesivo sino el que fuere vastamente para el cumplimiento de lo que se dispone en la vista sin estenderse a los que fueren nesessarios dar alojamiento; ni los dos reales cada dia a los que parece se puede añadir que el assesor del governador que le acompañare en la visita no se le de mas de cassa hierma luz agua y fuego y las alajas necessarias, que no pudiere llevar con el que esto se entienda solamente en casso que no passase en dicha mesma cassa juntamente con el governador como se acostumbra

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y que al escribano de la villa no se le de alojamiento ni satisfaccion alguna en dinero por razon deel pues por los fueros 63 y 64 rub de notaris tiene remuneracion de los travajos que hare en la visita con el aumento de los gajes, y derechos que perzive en la Corte de la Governazion mandando expresamente al Governador y a su Assesor que de ninguna suerte se emplehen en hazer causs criminales, ni en otros quales quien negocios que no fueren peculiares de la visita sin tener expresso orden del virrey para que de esta suerte tenga mas breve expedicion aquella sin lo que embaraze la divercion de otros negocios y observandose esta provincia es fijo han de ser intolerables y de poca consequenicia las costas por causa de las visitas se siguieron a las villas sin que aya necesidad de que por el motivo de evitarlas se le conceda la exempcion de no poder visitidas y assi parece que de ninguna suerte es combeniente se conceda a Penaguila la gracia que suplica y que deve mandar V. M. al Portant Veces del General Governador y a su asesor observen imbiolablemente la forma que ba vida dicha en las visitas que en adelante hicieren en las villas y universidades del Rey con aperremimente de que de no observarse se dara V. M. por muy deservido y se les hara cargo V. M. mandarra resolver lo que mas combiniere a su Real servicio cuia Catolica persona guarde Dios muchos años como la e

El conde de les Vertas (rubrica)
Alferez mayor

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Nos don Carlos por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Aragón, de León, de las dos Sicilias, de Jerusalem, de Ungria, de Dalmacia, de Croacia, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algezira, de Gibraltar, de las islas de Canaria, y de las Indias orientales y occidentales, islas y Tierra firme del mar Océano, archiduque de Austria, duque de Borgoña, de Brabante, de Milán, de Athenas, y Neopatria, conde de Abspurg, de Flandes, de Tirol, de Barcelona, de Rosellón, y Cerdaña, marqués de Oristán, y conde de Goceano. Al noble magnifico amado consejero don Joseph de Castelvi, y Alagón deste nuestro supremo consejo y portantveje de general gobernador de nuestra ciudad y Reyno de Valencia. Por quanto haviendo entendido que en la Administracion de ventas y propios de nuestra villa de Morella en esse nuestro Reyno de Valencia y en las cosas de aquel gobierno no se procede con la entrega que conviene, y que desto resultan graves dañosa la causa publica, y a nuestro servicio, hemos resuelto se visiten los propios, rentas, y oficiales de dicha villa, y se establezca lo conveniente para su buen gobierno. Y teniendo como tenemos entera satisfacion de vuestra intelligencia, zelo, experiencias, y demas buenas partes que en vuestra persona concurren, os cometemos esta visita. Por tanto con tenor de las presentes de nuestra cierta sciencia, y Real autoridad deliberadamente y consulta os decimos, cometemos y mandamos que iendo personalmente a dicha villa de Morella valiendoos de los oficiales que fueren menester y tomando noticias de personas desapacionadas y zelosas de nuestro servicio y bien comun, tomeis a vuestro poder y mano todos los papeles

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y libros de la dicha villa y reconociendo el modo con que se han administrado sus rentas procedais por visita general contra todas las personas que hubieren faltado a su observancia y Administración, y al cumplimiento de sus obligaciones tomandoles quitas y haciendoles cargos y formando los procesos que fueren menster recurriendo testigos y sus defensas y procediendo hasta la conclusion y sentencia definitiva y su execucion inclusivee guardando los fueros de esse Reyno y lo demas que de derecho guardar se deve. Y por que el fin principal desta visita no solamente es para el repato, y castigo de lo pasado sinno tambien para prevenir lo venidero haver las ordinaciones que convengan para el buen govierno y administracion de dicha villa mudando corrigiendo y enmendando las que estubieren hechas en la forma que conviniere imponiendo las personas que os pareciere para su observancia, que para todo lo susodicho cada cosa y parte dello con sus incidentes y dependientes de dama y cometemos todas nuestras vozes vezes y poder comision y authoridad tan cumplida como se requiere y sea menester sin perjuicio del derecho de las partes de qualquier pendencia sobrre el derecho ordinario de visitar. Y mandamos en el mismo tenor de los presente al ilustrísimo conde de Altamira nuestros lugares y capitanía generalen esse Reyno y a todos los demas ahora son, y adelante fueren, y a sus lugares o personas a quien tocare que para executar, y cumplir lo referido os asistan, y den todo el favor y auxilio que les pidie

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ren, y fuere necesario si nuestra gracia les es clara, y en las peneas a nuestro arbitrio reservadas desean no incurrir. En testimonio de lo qual mandamos despachar las presentes con nuestro sello Real comun en el dorso selladas. Dadas en nuestra villa de Madrid dias del mes de agosto año del Nacimiento de nuestro señor Jesuchristo mil seiscientos ochenta y ocho.
Yo el Rey (rubrica)

El marques comete a don Joseph de Castelvi y Alagon portantvveezes de general governador de la ciudad y reyno de Valencia la visita de los propios, rentas, y oficiales de la villa de Morella del dicho Reyno de Valencia.

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Ilustrísimo señor.
Al sindico de la villa de Morella representa a V. S. que aviendose servido su Majestad de conceder a la villa y aldeas, la grasia de la confirmación, e insersion a la clausula del f. R. Don Pedro en el nuevo privilegio; parese que reservandose su magestad el poder hazer la visita e insiquisición in cassa diffamationes en alguna manera se coarta la dicha graticas pues propiamente la inquisision; que es quando se procede ex mero officio, supone alguna difamacsion: de calidad que entonses procede, y se dize que el juez procede ex officio, quando aya precedido diffamasion, sobre la qual se forma el juizio de inquisision. Y el hazer el sindico esta suplica y representasion a V. S. no es, que sea animo de la villa escussar, que su magestad no pusse de su

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autoridad siempre que bien visto le fuere inbiando comisario: visitadores; sino que la executa y haze por causa de que las aldeas se han retirado de contribuiren el donativo, por pareserles, que dicha clausula expresada en alguna manera restringue la grasia y clausula del privilegio del S. R. don Pedro: Y le parese, que expressando su magestad lissamente la clausula del S. R. don Pedro, sin hazer mension alguna de reserva: pues no necesita su magestad de expression de ella en el privilegio para poder ussar de su facultad siempre conveniere inbiando Reales Comisarios; se eviten estos reparos: y quede totalmente la autoridad regia salva: y la villa consolada desseando que Dios guarde a V. S. muchos años: Como ha menester:

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Excelentísimo; por parte de la villa de Onda se me propuso los días pasados deseava que su Magestad la hiciese mrd de exempcion de ser visitada en la conformidad que se concedio ultimamente a la villa de Penaguila, ofreciendo serviria por esta gracia con mil libras moneda de este Reyno, que habiendola respondida para que yo pudiese pasar a proponerlo a su Magestad se ha esforzado adelantando a mil quinientos libras, con calidad de que en ellas se ha de incluir el importe de los derechos del Privilegioo, y aunque no desconfío poder conseguir alguna augmento mas suspendo el proseguir en la platica hasta que el Consejo con esta noticia se sirva decirme si le parecela admita, o, no quedando prompto a efectuar en esto como en todo

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lo que me mandare; Dios guarde a V. S. muchos años como deseo; Reyno de Valenncia a 6 de diciembre de 1689.

el conde de Altamira (rubrica)

Señor don Joseph de Villanueva

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Excelentísimo; con vista de lo que escriví a
de 24 de el pasado de que por parte de la villa de Villareal, se me propuso el que entrara en el beneficio de la grasia de Privilegio para no ser visitada por mil y ochocientas libras, se sirve
dezirme en carta del 1º de este. Ha acordado el Consejo que procure y solicite sacar maior cantidad, y que el gasto de los despachos corra por cuenta de la villa, y que si no lo pudiere conseguir queda hecha la gracia por las referidas, mil y ochocientas libras:
Sobre que se me ofrecer responder a usted parra que lo ponga en noticia de el Consejo, que lo mas que he podido conseguir es que la villa se esfuerce a dar dos mil libras de esta moneda

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inclusos en ellas los derechos del Privilegio, con la calidad de que antes del desenvolso, haia de preceder el entregarsele el despacho, pues por librarse de agentes y de ladrones, vienen en adelantar la oferta; y assi si el Consejo no pareciere esta cosa se servirá V. E. disponer se expida el Privilegio y se me remita, que yo cuidare de que con el correo inmediato a el, en que venga, vaya la lra de esta cantidad; Dios guarde a
muchos y felices años 1º de Valencia, a de febrero 1690: el privilegiode Villarreal se pide como el de Morella.

el conde de Altamira (rubrica)

a Don Joseph de Villanueva

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Excelentísimo señor, en carta de 15 del pasado para el protonotario don Joseph de Villanueva represente al Consejo que por parte de la villa de Algemesí se me savía propuesto que si su Magestad la concedía privilexio para no poder ser visitada con las calidades, y en la forma que se dio a la villa de Morella si reuniria mil reales de a ocho francos los quales propuese podrían aplicarse a Vicente Gregorio en recompensa de la escrivanía que se le tema concedida para pagar el dote de la profesión de su hija, en 5 del corriente volvia por la misma vía a hazer recuerdo al Consejo de este expediente, y no haviendo tenido respuesta basta aora de una ni otra carta ni aun avisandome del reipo, si pir en los ele

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a Vicente Gregorio mala obra en la delazion asi por el gasto que le ocasionaba, como por estar espuesta su hija a que las monjas la hechen del convento desconfiando de la satisfasion del dote, aunque estrajudicialmente se entendido que el consejo ha tomado resoluzion favorable en estte expediente, buelas por medio de V. M. se sirva de avisarmelo, y estando tomada resoluzion (como supongo, disponer se expida el despacho para que este hombre logre su consuelo, y yo el verme libre de sus continuas instancias; Dios guarde a V. M. muchos años como deseo. Reyno de Valencia a 19 de septiembre de 1690.

el conde de Altamira (rubrica)

Don Joseph de Molina

jueves, 13 de septiembre de 2012

Paleografía medieval


Índice
1.- La Paleografía. Concepto, método y objeto de la Paleografía y su evolución en el tiempo. Terminología del análisis paleográfico. El sistema braquigráfico y su evolución. Elementos no alfabéticos: numerales y criptografía.
2.- Instrumentos y soportes de la escritura. Las tintas.
3.- El origen del alfabeto latino. La escritura romana y su evolución. Las escrituras librarias. Las escrituras cursivas. La aparición de la escritura minúscula.
4.- La ruptura de la unidad gráfica y el particularismo gráfico altomedieval. La escritura latina en Francia, en Italia, en las islas Británicas, en Centroeuropa. La escritura latina en la Península Ibérica: la escritura visigótica.
5.- La vuelta a la unidad gráfica. La escritura carolina, su origen y su expansión por Europa. La introducción de la escritura carolina en la Península Ibérica.
6.- La aparición de la escritura gótica: su origen y difusión. La escritura gótica en la Península Ibérica: la Corona de Castilla. La escritura gótica en la Corona de Aragón y el Reino de Navarra.
7.- La edición de documentos y manuscritos.

1.- La Paleografía. Concepto, método y objeto de la Paleografía y su evolución en el tiempo. Terminología del análisis paleográfico. El sistema braquigráfico y su evolución. Elementos no alfabéticos: numerales y criptografía.

1.1.- La Paleografía. Concepto, método y objeto de la Paleografía y su evolución en el tiempo
La paleografía se define como estudio de las ciencias antiguas, término acuñado en 1904 en el titulo de Paleografía Graeca, de Bernard de Montfaucon. Esta obra no funda la ciencia paleográfica pero si instaura los estudios paleográficos griegos. La ciencia paleográfica surge unos años antes, en 1681, cuando don Jan Domijon funda su tratado, siendo la paleografía uno de los elementos que deben tratarse en los estudios de los documentos antiguos. La paleografía será, por tanto, la ciencia que estudia la escritura y los signos gráficos en  si mismos, sus formas, origen y evolución y para su interpretación adecuada, es decir, lectura, datación y localización.
La paleografía tendría como objeto de estudio cualquier tipo de alfabeto desde la antigüedad hasta ahora, si bien se divide en paleografía latina, otra griega, hebrea, árabe etc. Por tanto, el objeto de la paleografía en principio seria la lectura y transcripción correcta de los textos, entendiendo por transcripción la transliteración de un texto escrito con unas determinadas formas a las formas actuales y en segundo lugar la datación y localización de las escrituras, especialmente las que carecen de estas peculiaridades.
En consecuencia, la tercera es el análisis y evolución de los signos gráficos en su conjunto y por regiones.
A partir de los años 80 del siglo XIX tuvo mucho auge la llamada Escuela Italiana, que amplia esta visión y de la cual su máximo exponente fue Armando Petrucci, quien definió la paleografía como aquella ciencia que estudia la historia de la escritura, especialmente la escritura manual en sus diferentes fases, las técnicas usadas para escribir en los diversos periodos, el proceso de producción de los testimonios escritos en las diversas épocas, y finalmente los propios productos de este proceso, ya sean incluidos en libros, documentos, inscripciones u otra naturaleza, de carácter publico o privado.
El objeto clásico de la paleografía son documentos escritos sobre soporte blando, es decir, trazada con un diverso estilo sobre tablillas enceradas, papel, papiro, pergamino etc.
En los años 20 y 30, gracias a la Escuela Francesa, se abolió estas diferencias entre epigrafía y paleografía ya que los signos utilizados en ambas disciplinas son los mismos, adecuados cada uno a un soporte distinto. No obstante, las técnicas varían en función del objeto, el soporte y la época en la que fue realizado.
Las características vienen determinadas por la finalidad que se destina y el medio en el que se produce. Por tanto, existen tantas paleografías como sistemas de escritura. La nuestra estudia la paleografía latina desde sus orígenes, siglo VI AC, hasta la actualidad, si bien generalmente se estudia solo hasta el siglo XVI-XVII, pues la evolución de la escritura se congela a partir de la evolución de la imprenta.

3.-Objetivos de la paleografía.
El paleógrafo se pregunta, a partir de las normas de Petrucci, cuatro cuestiones que corresponden sustancialmente a los fines y métodos de su investigación y que responden a cuatro estadios sucesivos de la ciencia paleográfica y que responden también  a una finalidad, que requiere un método de trabajo.
La primera pregunta es qué cosa dice el texto y la respuesta es una lectura del propio texto. Esta lectura paleográfica debe ser crítica o interpretativa, que presupone una serie de conocimientos técnicos (extensión de las abreviaturas etc.), genéricos (sistema grafico utilizado, usos de chancillería, formulario utilizado, la lengua utilizada) y específicos y que da como resultado una correcta transcripción según un método concreto previamente establecido, es decir, unas normas comunes al usuario del texto. Esta primera pregunta corresponde a un desarrollo de la paleografía anterior a la obra de Jean Mabillon, pues esta necesidad ya surgió en la Edad Media.
La segunda cuestión es cuándo y dónde se ha escrito el testimonio que nos ocupa, y la respuesta consiste en la datación y ubicación de los testimonios gráficos con los que trabajamos, es decir, atribuir una fecha más o menos aproximada y un origen geográfico más o menos exacto. Estas preguntas tienen importancia fundamentalmente para el campo librarlo o manuscritos no documentales, porque generalmente los documentos ya suelen llevar una data tópica y crónica. La respuesta a estas preguntas es de gran importancia para la crítica textual y la historia de la cultura. La ubicación espacio-temporal es de gran importancia para conocer aspectos como la transmisión de los textos en el espacio-tiempo.
Esta pregunta permite establecer pautas de tipo cultural, es decir, introducir la ciencia paleográfica en el mundo de la cultura. Esta pregunta corresponde al segundo eslabón del desarrollo de la ciencia paleográfica, cuando se constituye como una ciencia propiamente dicha gracias a personajes como Jean Mabillon.
La tercera pregunta es el cómo se ha producido el testimonio escrito que tenemos delante. Para ello planeta Petrucci es que toda escritura, independientemente de su texto, es un sistema de signos que una vez realizado constituye un elemento figurativo valorable por si mismo, es decir, que existe una estética de la escritura. La técnica de ejecución responde a una voluntad de técnica determinada. El cómo responde a una técnica de ejecución dentro de los varios tipos de escritura, cuyo estudio ha llegado a explicar cambios fundamentales dentro del desarrollo de la escritura latina, entre las que destaca la figura de Jean Mallon, quien analizó el paso del sistema clásico al actual y puso de relieve como las formas de ejecución de la escritura explican cambios tan sustanciales como la aparición de la letra minúscula, que cristaliza a partir del siglo IV y que se debe a una ejecución que se da en el ámbito de las escritura menos formales, como las privadas.
Este análisis también pone de relieve influencias reciprocas entre diferentes escuelas escritorias por medio de la difusión de hábitos gráficos diversos o nuevos elementos escritorios, como por ejemplo la difusión de un determinado tipo de pluma paralela a la difusión de la escritura gótica.
Por ultimo nos sirve para el estudio de escrituras personales de singular relieve, como la de Petrarca, padre de la escritura humanística. Es estudio de esta técnica grafica y su valoración en conjunto, permite, por otra parte, la confrontación entre los productos gráficos en si mismos y otros productos contemporáneos, lo que nos habilita a detectar testimonios del gusto estético en una determinada época y lugar. Será Robert Marichal quien en una de sus obras reflexiona largo y tendido sobre este aspecto en concreto, estableciendo analogías entre la escritura y estructura del códice escolástico y la arquitectura gótica. Marichal basará sus estudios en la obra de Erwin Panofsky Arquitectura gótica y pensamiento escolástico.
Esta pregunta corresponde con un estadio de desarrollo de la ciencia paleográfica protagonizado por el propio Marichal, Mallon y Leon Gilissen. En esta tendencia lo fundamental es el análisis de acto grafico y cómo esto se refleja en la forma de los signo y en el producto escrito en si.

La última pregunta que se plantea Petrucci es quién y por qué. Quién sabía escribir y cuantos sabían escribir en una época determinada, es decir, como estaba la alfabetización de extendida y con que fines se utilizaba la escritura en cada época, es decir, que función tenia en cada sociedad organizada. En esta última fase del desarrollo de la escuela paleográfica se considera la difusión social de la escritura, entendía como simple capacidad de escribir. En segundo lugar que papel asume en cada sociedad organizada la escritura, que función desempeña y también que cada tipo de forma tipográfica asumen en el ambiente cultural. Petrucci planeta la función social de la escritura a todos los niveles, su función, los tipos, su difusión, quien sabia escribir, quien podía acceder a ella…
Así pues, tenemos cuatro niveles de cuestiones planteadas que corresponden a cuatro estadios de desarrollo de la ciencia paleográfica.


El sistema braquigráfico y su evolución.
La braquigrafía deriva de términos griegos que significa abreviatura de las palabras. Tiene como finalidad facilitar la escritura y la lectura. Las abreviaturas se definen como términos o palabras de las que se han suprimido un o más letras, sustituidas por un signo indicativo. Por tanto, para interpretarlas es necesario considerar no solo las letras que vemos sino también el signo que se ha utilizado para indicar esta supresión. En general se suele suprimir más bien las vocales.
El origen de las abreviaturas es confuso. Por un lado se da una explicación a la hora de ahorrar material y esfuerzo, si bien esta explicación no se sostiene del todo porque algunos signos abreviativos cuestan casi tanto de trazar como la palabra completa y porque los códices con menos abreviaturas utilizan materiales de mayor calidad.
Otra explicación que puede ser digna de ser tenida en cuenta y es que posiblemente se crearan con la finalidad de facilitar la lectura, partiendo del supuesto que el ojo humano no se detiene a descifrar letra por letra, sino el conjunto de la palabra. Así pues, la percibir el conjunto de la palabra abreviada se capta el concepto de la misma manera que si viera la palabra completamente desarrollada. En consecuencia todo deriva de la confluencia entre el ahorro del esfuerzo y el facilitar la lectura, así como con la terminología del texto que aparece en el manuscrito en cuestión.
Ya desde antes de la era cristiana los romanos ya abreviaban mediante siglas, tanto para nombres de personas, días del calendario y muchas formas en las inscripciones, documentos y otras formas oficiales como las datas. Esto era usual en el dominio epigráfico y jurídico.
Valerio Probo, en el siglo I d.C., realizó un compendio de las abreviaturas romanas y que ha llegado hasta nuestra época de forma fragmentaria. Con posterioridad se crearon nuevas abreviaturas que afectaba a determinados elementos gramaticales como –que, -um o –bus. El uso de estas abreviaturas lo encontramos en los manuscritos de la baja antigüedad copiados en los siglos IV y V y pueden presentar formas diversas en su suspensión o contracción. Estas abreviaturas nos han llegado a través de listas compiladas en el siglo VIII y siguientes. Se utilizaban sobre todo el manuscritos jurídicos y por ellos reciben el nombre de notae iuris y literae singulare, las que daban lugar a dudas, por lo que en el 438 se prohibió su uso.
Las notae juris decayeron en su uso en Europa occidental y los códices de los siglos VII y VIII casi no aparecen, pero se mantuvieron en las Islas Británicas por las peculiaridades de la implantación de la cultura latina en Irlanda en Inglaterra, desde donde retornaron al continente tiempo después. Además los monjes irlandeses trajeron nuevas abreviaturas sobre los antiguos modelos de la baja antigüedad.
Estas notae juris no constituyen en si un sistema particular, sino que son un compendio de abreviaturas jurídicas, pero no siempre aparecen en documentos jurídicos por lo que Bernae Bischop las llamó notae antiquae.
Otro sistema es el de los llamados nomina sacra que fueron estudiados por Ludwick Traubek que los utilizó como un indicador cultural y un elemento de datación de los documentos en lo que se constituyó como el primer intento de los documentos desde un punto de vista cultural. Estos nomina sacra son un conjunto de abreviaturas relativas en principio a cosas sagradas o funciones canónicas y eclesiásticas, que aparecen en manuscritos cristianos entre los siglos IV al VI. Este hombre señaló que estas abreviaturas se formaron sobre el modelo de las abreviaturas griegas similares en manuscritos sacros y que se formaron en el ambiente judeocristiano de Alejandría y que reflejarían el temor reverenciar de los judíos a dios, lo que habría dado lugar a estas abreviaturas para evitar poner el nombre de dios de forma extensiva.
En los nomima sacra eran aparecían abreviaturas por contracción en la que los casos oblicuos se indicaban cambiando la ultima letra. En principio,  nombrarían cosas sagradas, de manera que las más antiguas serian iesus, christus, spiritus y deus. En el siglo V habrían aparecido las abreviaturas de Dominus y sanctus. A partir de este siglo, este repertorio se habría ampliado a otras abreviaturas que ya evidenciaban funciones eclesiásticas de los manuscritos canónigos. Así, aparecerían las palabras clericus, diaconus y presbiter.  En el siglo VI aparecerá noster, episcopus y reverendus. Por otra parte la función sacra se habría perdido en este momento, por lo que a partir del siglo V aparecerían en códices profanos como obras de Virgilio y similares.
Sobre el modelo de estas abreviaturas, los monjes irlandeses habrían desarrollado también un sistema de abreviaturas en su forma de contracción, que es más fácil que la suspensión.
Durante la Alta Edad Media se rompió la unidad gráfica de occidente. Estas diversas tradiciones graficas constituyeron a su vez diversas tradiciones sobre el empleo de abreviaturas, sobre todo en aquellas escrituras que se denominan pre-carolinas, fundamentalmente la escritura merovingia, la visigótica, la insular y la beneventana. Cada uno de estos grupos de escritura tienen unas formas de abreviaturas que le son características y tiene asimismo una ortografía característica, pues el progresivo desconocimiento del latín en sus diversas formas va dando aparición de las lenguas protorromanas, con características diferentes en cada zona. Uno y otro indicio pueden constituir fácilmente señales de difusión cultural.
La reforma carolina, unificó las escritura también en este campo, de manera que en los diversos lugares en los que se utiliza esta escritura, entre los siglos VIII y XI unificó gráficamente Europa, excepto la zona del sur de Italia, se utiliza también un sistema de abreviaturas homogéneo. Hacia el año 800 aparece abreviatura de –rum y la de –ur, asi como la de –er. El numero de abreviaturas varia según la calidad del mismo. Mientras que en los textos escolares el numero de abreviaturas es crecido, en los manuscritos de lujo apenas se hallan en los nomina sacra.
El rápido desarrollo de las nuevas disciplinas científicas a partir del siglo XIII produjo un cambio en el modo de transmitir y transcribir los textos, y con ello dio lugar a la crearon de nuevas abreviaturas en los que se tiene en cuenta la aplicación  e las normas sobre las leyes de la escritura latina, separando por un lado la raíz y por otro la desinencia.
También aparece el uso de las sílabas finales de forma sobrepuesta. Esto dio lugar a una proliferación de las abreviaturas, de forma que a finales de la edad media vuelven a surgir listas de las abreviaturas existentes en aquel momento, así como las abreviaturas propias de los manuscritos de farmacia, teología, derecho etc., y de este modo podemos distinguir tres periodos en el uso de las abreviaturas.
Desde el inicio de la edad media hasta el siglo IX, con las abreviaturas clásicas de la baja antigüedad, que sostienen básicamente en abreviaturas por contracción, en las que se conservan sobre todo las letras consonantes, abreviaturas en forma de sigla doble y abreviaturas por suspensión indicadas mediante alienas horizontales superpuestas.
Entre los siglos X y XII las abreviaturas se hacen menos frecuentes y se multiplican los signos especiales, al tiempo que en las abreviaturas por contracción aparecen vocales junto a las consonantes.
Del siglo XIII al XV nos encontramos con el periodo más rico en formas y sistemas abreviativos, debido a la mayor proliferación de los manuscritos y la aparición de la letra cursiva. Predominan las formas por contracción silábica y con el final de la palabra en forma sobrepuesta.
Por otra parte, se pueden distinguir en abundancia dos periodos: un primer periodo hasta mediados del siglo XI en el que aparece un numero reducido de formas abreviativas bastante constante y hasta 1500 otra época de gran riqueza y variedad de formas. La difusión de la imprenta, sobre todo a partir del periodo post-incunable dio lugar a la desaparición de las abreviaturas en el libro impreso y de la misma manera que el modelo impreso hizo que la evolución de la escritura latina se congelase, dio lugar también a que las abreviaturas se redujeran enormemente en cuanto a formas y cantidad en los manuscritos del siglo XVI en adelante. Por otra parte, el sistema abreviativo se inventa para el latín de manera que para las otras lenguas, románicas o no, el sistema lo que hace es adaptarse, sin que se cree un sistema nuevo, de manera que no hay signos especiales o específicos para estas lenguas, utilizándose sobre todo abreviaturas de omisión nasal, de E y R y de –ur, y también adaptaciones  a partir de los nomina sacra.
Para indicar las declinaciones, en estas abreviaturas lo que se hacia era cambiar la ultima letra, de manera que si DS es Deus, DI será Dei.

2.- Instrumentos y soportes de la escritura. Las tintas.
2.1.-Tintas por carbono.
Entre las tintas, debemos distinguir entre las negras y las de colores, siendo la primera la más utilizada. Su uso data ya desde la antigüedad y procede de diversos lugares, donde ya en textos canónicos hebreos se constata el uso de tintas hechas con negro de humo y aceite. Este mismo proceso se daba también en Roma, algo que sabemos gracias a los textos de Plinio el Viejo, quien afirmaba que para obtener negro de humo se debía construir un pequeño horno con dos cámaras, una inferior y otra inferior con cubierta abovedada con estuco o mármol. Además, la superior tenía dos ventanas cerradas con puerta de hierro, comunicada con la de abajo a través de unos agujeros. Cuando se realizaba la combustión en la cámara superior el negro de humo ascendía por dichos agujeros hasta posarse en la cámara superior, a la cual se le abrían las ventanas adjuntas para dejarlo enfriar. También con la tinta de sepia se podía escribir, si bien esta técnica no era utilizada de forma sistemática.
Así, las tintas que se conocen de la antigüedad serán tinta al carbono, pues tanto el negro de humo como los carbones picados son de procedencia del carbono. Parece ser que entre los romanos, la presencia de estas tintas se realizada a través de la mezcla de este negro de humo con goma arábiga y diluida con agua,  de la cual se obtenían pastillas de tinta. Son tintas químicamente inertes, lo que hace es posarse sobre el soporte pero sin penetrar.
La tinta china es también al carbono, si bien se realizada a partir de carbones picados de abeto y otros árboles, a la que se le añaden una serie de productos que pueden llegar hasta 300 componentes. Estas tintas al carbono se  pueden borrar por lavado y por rascado.

2.2.-Tintas metaloácidas.
Las tintas metaloácidas son tintas que tienen cuatro componentes como son n acido de origen vegetal, una sal metalica, un espesante y un vehiculo líquido. El acido vegetal suele ser acido gálico o acido tánico. Éstos se obtienen por decocción o por maceración a partir de las nueces de agalla  y cortezas de árboles o arbustos respectivamente, tras lo cual se picaban y se ponían a remojo o a cocer, para posteriormente dejarlas secar al sol.
Una vez realizado este proceso de colaba y se mezclaba con al sal metálica, que solía ser sulfato de hierro o cobre. El paso siguiente sería la aplicación del espesante, para así dar lugar a una sustancia negra llamado tanato de hierro. El vehiculo liquido podrá ser agua, cerveza o vino blanco. La forma normal de borrado será el rascado a través del cortaplumas.
En la Alta Edad Media todas las fórmulas son de tintas metaloácidas. La primera fórmula de tinta que encontramos en occidente es la del monje Teófilo en el siglo XII en su obra Diversis Altibus. En este tratado se habla sobre lo que es la artesanía de las tintas. En ese importante tratado se habla de la fabricación de tintas de forma práctica, como si fuese un manual. Incluso en este momento estas formas de tinta se han considerado al carbono, si bien los últimos estudios determinaros que se trataba ya de una forma de elaboración de tinta metaloácida incompleta a partir de tanato de cobre. Se trata de una fórmula en la que el elemento vegetal se obtiene a partir de la cocción de cortezas de espino blanco primaverales a las que se les añade un elemento nuevo como es el cobre. El objeto final de esta fabricación son unos carbonos diluidos en agua de lluvia, si bien está incompleta porque le faltaría el espesante como la goma arábiga.
Hay que decir que las fórmulas de fabricación ya se conocían en la antigüedad de manera indirecta, pues ya se utilizaban este tipo de materiales para tintar los cueros. Además, hay un texto polémico de un obispo de Alejandría que habla de los oráculos de los templos egipcios, donde los devotos escribían sus peticiones y las metían al dios en la boca, a partir de un sistema de tintas muy utilizado en la época.
Ya en el siglo XIX se perfeccionaron los procesos químicos, y es por esto por lo que se descubrió la presencia de añadidos en las tintas que hacen que los resultantes de los procesos formativos varíen en unos casos y en otros. El problema de las tintas metaloácidas es que el elemento metálico suele ser un sulfato, de manera que la reacción entre la sal metálica y el acido vegetal deja libres iones de azufre, que en relación con el agua forman el acido sulfúrico que a la larga quema el papel. Lo que sucede es que en la Edad Media y Moderna, los profesionales de la escritura realizaban sus propias tintas debido a que por el precio que costaba comprar un litro de tinta, se podían comprar componentes como para hacer cinco litros. Por ello en muchos tratados de caligrafía y enseñanza aparecen tantas referencias de fabricación de fórmulas tintóreas. Como contrapartida, la fabricación casera repercutía en el color más o menos intenso de la tinta así como del grado de acidez de la misma.

2.3.-Tintas de colores.
Las demás tintas que conocemos, destaca la de color rojo. Ésta se podía obtener a partir de diversas formas, como la maceración en vinagre del palo brasil, un tintóreo que se importaba ya desde el siglo XV a Valencia y que daba un olor de brasa. También se podía utilizar el cinabrio, elemento utilizado ya por los antiguos romanos. En cuanto al azul, éste se podía obtener o del paste o del lapislázuli. El blanco se hacia a partir de carbonato de plomo y el verde con oxido de cobre. Estos colores generalmente se aplicaban a partir de un aglutinante como la yema de huevo o la miel. Para el color oro se usaba el polvo de oro o el pan de oro. Las tintas rojas y azules se utilizaban para hacer énfasis en partes muy puntuales de los textos.
La tinta, para utilizarla, era necesario calentarla y por eso los únicos monjes que podían acercarse a la cocina eran los escribas, provistos de una estufilla portátil con la que calentaban la tinta. Por ultimo, el escriba, aparte de tintas y soportes poseían una serie de útiles como plumas, compás de punta, la regla, el cortaplumas o scaltrum, la piedra pómez, la tiza y la esponja.

3.- El origen del alfabeto latino. La escritura romana y su evolución. Las escrituras librarias. Las escrituras cursivas. La aparición de la escritura minúscula
3.1.- El origen del alfabeto latino
En la Roma de transición de la monarquía a la república (s. VI a.C.) dos influencias culturales: la etrusca y la griega. Se han encontrado inscripciones etruscas en la zona más antigua de Roma (s. VII a.C.). Sería uno de estos dos orígenes los que tendría la escritura latina, aunque se discute el origen griego de la escritura etrusca, la cual se piensa que durante la primera mitad del s.VII se adaptó a la lengua latina, por:
·  Antes del s. VIII la lengua etrusca no parece muy conformada.
·  La inscripción latina más antigua 670 – 650 a.C.
Los ejemplos son varios.
1.                        La Fibula de Praeneste. Datada a finales del s. VIII, contiene el nombre de quien la hizo. Actualmente se piensa que es una falsificación realizada en la segunda mitad del s. XIX, porque apareció en el mundo anticuario y la compró un individuo que trabajaba en la Misión Arqueológica Germana en Roma, según algunas versiones fabricada ex professo siguiendo las indicaciones del experto.
2.                        El Lapis Niger  fue descubierto en el foro de Roma en 1899, en el lugar donde la tradición situaba la sepultura de Rómulo. Se trata de una especie de prisma que contiene una lauda o inscripción sepulcral que recuerda a un rey, por lo que ha sido muy interpretada. Interpretada como un “rex” llevaría a la monarquía prerrepublicana, sin embargo “rex sacrorum[1] sería muy posterior, ya de época republicana. Lamentablemente se trata de una especie de monolito que está mutilado en la parte superior, y al desarrollarse verticalmente todas las frases están truncadas. La escritura estaría en boustrofedon[2]. Se data en el s. VI.
1.                  La Lamina de Lavinio tiene una dedicación a Casto y a Pollux de derecha a izquierda. Es de la misma época que el Lapis Niger.
2.                  Los Vasos de Duenos son tres jarritas unidas con una inscripción perimetral que se datan en el s. V a.C.
Por otra parte, en la Roma arcaica habría dos grupos utilizadores de la escritura:
-                     La clase elitista, que la utilizaban para textos propagandísticos, celebraciones, etc.
-                     La clase sacerdotal, especialmente para funciones públicas y religiosas.
Por tanto tenemos un uso relativamente variado de la escritura pero con una función social muy restringida, y con una finalidad relativamente reducida: oficial, sacral y celebrativa. Por otra parte, con una difusión tan corta el uso de la escritura era más bien ocasional, por lo que no hay que extrañar por lo que las formas de la escritura se caractericen por una escritura capital: aspecto epigráfico, ritmo sentado, no enlazamientos, etc. También se favorecería esto porque la mayoría de soportes eran materiales duros, acentuando la tendencia hacia el epigrafismo, aunque también conocemos textos sobre materiales blandos (tela, madera, piel, tabulae albatae, etc). Estos textos se destinaban al público y revestían oficialidad, por lo que se hicieron de forma monumental. Sobre esta tradición, las tendencias cursivas no actuaron en forma significativa durante mucho tiempo.

3.2.- La escritura romana y su evolución
Esta escritura adquiere desde el principio un aspecto rígido, un ductus sentado muy epigráfico en todas sus manifestaciones, dando lugar a un modelo de escritura sobre la cual las tendencias cursivas de la escritura actual no tuvieron durante mucho tiempo influencia ninguna.
Las características más notables son:
·                    A con travesaño oblicuo
·                    E y F con los trazos oblicuos
·                    H cerrada como dos cuadrados montados
·                    K con trazos menores cortos y casi horizontales
·                    M y N con trazos cortos y con cinco y tres trazos respectivamente
·                    P abierta y rara
·                    S triangular
·                    X con forma de cruz griega
·                    V con forma de Y
La “G” la introdujo un gramático latino en el s. III a.C. para un nuevo sonido que no existía en el alfabeto etrusco, y que añadió a la C un trazo. Hacia finales de la República se introdujeron la Y y Z por influencia griega.

3.3.- Las escrituras librarias
Hacia el s. III a.C. la escritura romana entra en un proceso de normalización, que se hace con una geometrización de formas y una eliminación de elementos cursivos. Este proceso de normalización grafica aparece ya conseguido en la 1ª mitad del s. II a.C. y se considera como hito en este aspecto la inscripción que Lucio Emilio Paulo dedicó en el templo de Apolo en Delfos. En el s. I se llega ya a un canon gráfico, la Escritura Capital Clásica que va a encontrar sus mejores ejemplos en época augustea y primera época imperial, dando origen a nuestras mayúsculas:
Ø                                Geometrización de las formas según ángulos rectos y secciones de elipse muy próximas a los semicírculos. Esto quiere decir a que todos los ángulos sean rectos o de 45º, y que las curvas se tracen con forma de óvalo, cercano al semicírculo.
Ø                                Absoluta uniformidad y proporcionalidad de forma y diseño de cada letra.
Ø                                Perfecto encuadramiento en un sistema bilineal de escritura mayúscula.
Ø                                Claroscuro de los trazos que facilita la lectura obtenido mediante la ejecución de incisiones de sección angular. “V”
Ø                                Ligera prolongación en forma de espátula a continuación de los trazos verticales, oblicuos y horizontales (serifas). Esta ligera prolongación en forma de espátula tiene una doble finalidad: subrayar la línea de escritura y dar una terminación uniforme.
En conjunto se obtiene una escritura perfectamente legible y una impresión de armonía y elegancia de formas. Por otra parte, en los textos epigráficos menos solemnes y en los de carácter privado se utiliza desde el s. I una letra capital distinta, la “Capital Libraria” o “Capital Rústica”. Esta capital tiene un módulo más estrecho y alargado, escribiéndose en un rectángulo alto, además de que los trazos horizontales son gruesos y los verticales y oblicuos finos. Posiblemente se deba a que se pintaba con pincel.
De la Escritura Capital Elegante existen pocos ejemplos, todos los cuales han llegado en textos de Virgilio en códices de pergamino. El más importante en el Virgilio Augusteo, del que quedan 7 folios. Rígida en diseño, ancha en sus letras, gran espesor de los trazos gruesos y geometrizada, con tendencia a los ángulos rectos y a los arcos elípticos cercanos al semicírculo. Su uso sería en códices de lujo, únicamente, y vinculado a la tardía revivencia de la cultura del alto imperio durante el bajo periodo del mismo por la aristocracia de la Urbs.

3.4.- Las escrituras cursivas
La capital cursiva
Ya con el período más antiguo de Roma se conoce un uso de la escritura a nivel privado sobre materia dura e instrumento punzante y con un uso más restringido. Entre los s. V y III se produce un uso mayor de la escritura. Las principales características de la cursiva romana serían:
·                    Ejecución sobre materia dura con elemento punzante.
·                    Fuerte tendencia a la verticalidad.
·                    Letras características:
·                    A con travesaño oblicuo
·                    E como dos líneas paralelas verticales.
·                    F como dos líneas paralelas, siendo la segunda más corta que la primera.
·                    abierta por la parte inferior
·                    R abierta verticalmente
La progresiva difusión de la escritura durante el período republicano acentuó la cursividad. A principios del s. I a.C. aparecen dos letras característica de la cursiva: la “b” con panza a la izquierda y la “d” preminúscula, que se deben a la rapidez del ductus. Esta simplificación de las formas basada en unir trazos mediante formas curvas se vio a la vez favorecida por el uso de las tablillas enceradas, así como el papiro y el cálamo, difusión paralela al uso de la escritura y de la educación escolar.
Entre los s. I a.C. y I d. C. la capital romana en su uso cursivo adquirió un aspecto tipificado con las siguientes características:
o                   Tendencia a la tetralinealidad.
o                   Ausencia de ligaduras (al menos en el s. I d.C.)
o                   Inclinación hacia la derecha.
Esta escritura la encontramos en las tablillas de cera pompeyanas. En el s. II encontramos ligaduras y vemos la inclinación hacia la izquierda. Encontramos estos ejemplos en las tablillas dacias. Uno de los principales puntos de referencia lo encontramos en Virgilio, texto de enseñanza en la educación romana. La capital cursiva fue ampliamente utilizada sobre papiro, con diferencias sobre el tratado hecho sobre tablillas. Esto provoca unas características distintas: trazado prolongado hacia la derecha, las formas redondeadas, tendencia a las ligaduras, etc. Esta escritura capital cursiva se difunde cada vez más en los s. II y III hasta constituir la escritura oficial a todos los niveles de la administración romana, tanto civil como militar. Tenemos como ejemplo papiros de Egipto y de Dura Eropos. Las letras más características son:
o                   A sin barrita en medio
o                   E sin barrita en medio
o                   M con primer trazo prolongado
o                   Letras raras…

La capital libraria
En época arcaica encontramos libros sobre piel, tejido o papiro, pero en el período republicano, por el aumento de la influencia cultural griega, debió extenderse más el uso del papiro como soporte librario y aumentar la proporción de libros en papiro, presentando forma de rollo. Tenía una vara para enrollarlo y desenrollarlo llamado umbilicus, y una etiqueta colgante señalaba su autor y título. Se podían guardar en cajas redondas capsae.
En el s. I esta producción de libros estaba supeditada en talleres artesanos donde se lanzaban libros destinados al mercado. Solía ser mediante un dictado, para un número de copias mayor, los stationarii. De estos talleres existen testimonios en las obras de Marcial, Horacio o Quintiliano, por ejemplo. Además, en el período imperial se fundaron en Roma las mayores bibliotecas del mundo, una de las más grandes la Biblioteca Ulpia fundada por Trajano. Las bibliotecas se organizaban por épocas y materias.
En su forma se parece mucho a la capital romana. Tenemos una escritura sentada y con las letras claramente separadas entre sí. No separa las palabras (escritura continua), de ritmo vertical, absoluta uniformidad de módulo, bilinearidad y ausencia absoluta de elementos cursivos. Existe contraste entre trazos finos verticales y gruesos horizontales y oblícuos, y se añaden al final de las astas trazos de coronamiento. Se pueden distinguir en el desarrollo dos periodos: entre los s. I-III d.C. y entre los s. IV-VI. En el primer período estamos hablando de una producción de libros destinados a la circulación, sin embargo,  a pesar de ser una época floreciente, se han conservado muy pocos testimonios y fragmentarios.
Se caracteriza por un módulo ancho y con una (…). A partir del s. III el diseño de las letras aparece artificioso y con formas ornamentales. En los s. IV-VI la Capital comienza a recibir influencias de la uncial y la semiuncial, y además se difunde otro tipo de libro: el códice. Este se hará preferentemente en forma de pergamino, porque resiste más para coserlo. Aparecen los ejemplares de lujo junto a los normales, y ejemplares de uso normal de factura descuidada. Se dispone de un número relativamente abundante. La división se basa más bien en términos codicológicos que paleográficos, pues no hay una división clara con criterios morfológicos en la capital libraria. Se puede observar una mayor rigidez, mayor artificiosidad, pero no hay diferencia sustancial de formas. Sin embargo, las características hacen pensar que la escritura capital libraria de este segundo período responde más a la imitación de modelos antiguos del Alto Imperio que no a la evolución natural de una escritura en uso, tratándose de una época de plena crisis imperial.
También tenemos ejemplos en el uso librario de la capital epigráfica o Capital Elegante. Existen ejemplos que suelen ser de obras muy importantes (Virgilio, etc.), siendo su mayor obra el Virgilio augusteo donde encontramos uno de los pocos ejemplos de ilustración libraria romana.
Escritura rígida de módulo ancho donde algunas letras como (a, o, m) se pueden inscribir en un cuadrado, de ahí la denominación de Capital Cuadrada. Preponderancia de ángulos rectos y formas de elipse próximas al semicírculo. Se tiende a pensar que los ejemplos conservados son datables entre los s. V y VI cuya escritura se aproxima a la de las lápidas romanas y que correspondería a unas cualidades epigráficas tardías, relacionables por un intento de restauración del poder imperial de la clase senatorial, y que corresponderían a encargos de bibliófilos emparejables a los códices purpúreos de esta época que son de materia bíblica: Génesis de Viena, Génesis de Roma,…

3.5.- La aparición de la escritura minúscula
Minuscula cursiva
Entre los s. II y III se produce una profunda transformación. Tando en la escritura libraria como la usual, comienza a verse una escritura que presenta unas diferencias profundas con la capital, que tiende a la tetralinealización. El primero que hizo notar esta transición y le atribuyó unas causas fue Jean Mallón en su Paleographie Romaine. Es característico un fragmento del Epítome de Tito Livio. Se produce una mutación en la morfología del titulus, sobre todo en la presentación de los trazos gruesos. Esto es visible especialmente en la letra «b», que ya tiene una forma moderna. Este cambio se habría realizado, según la escuela italiana, en los ambientes de la escritura usual ajenos a la escritura libraria formal, y habría ascendido al ámbito librario solamente como consecuencia de los cambios que se dan a partir del s. III en que determinadas tendencias culturales suben al plano del arte oficial. Esta producción debió extenderse entre los s. III y V en los libros en forma de rollo y de códice, y han quedado ejemplos en libros de tipo usual y escolástico. A finales del s. III la capital cursiva es sustituida por la llamada Cursiva Nueva o Minúscula Cursiva, que a finales de s. III está ya afirmada en el ámbito administrativo.
Los s. IV y V se cambia, de manera que en el s. V la cursiva romana es la única en todo el mundo romano, excepto en la Cancillería Imperial. Esta escritura es una escritura sin claroscuro, pues se trazaba con un cálamo de punta dura, y debido a la posibilidad del ductus presenta frecuentes ligaduras, que dan lugar a mutaciones morfológicas en muchas letras debido a que se producen uniones de trazos en muchas letras así como separaciones de trazos de una letra. Así mismo,  hay módulos que pueden aparecer tanto arriba de la línea de escritura como debajo. Letras más características:
ü                 “a” uncial de un solo trazo o abierta arriba.
ü                 “b” con la panza a la derecha o a la izquierda.
ü                 “e” en dos trazos, en ocasiones con el ojo superior cerrado.
ü                 “n” casi forma actual
ü                 “r” (R cursivizada)  y “s” (con forma de gamma o de r)
ü                 “u” de un solo trazo
En el s. V la cursiva nueva se hace más alta y estrecha y se inclina hacia la derecha. Este tipo de escritura continuó utilizándose durante la Alta Edad Media hasta el s. VII, un período que se hace más rígido e irregular, y se irregulariza también el uso de ligaduras. Esta escritura se va a utilizar en las cancillerías, aunque la cancillería de Roma Occidente seguirá utilizando la Litterae Coelestes, así como las cancillerías provinciales utilizará una cursiva nueva alargada, con muchos trazos de adorno y cursividad de modulo.
4.- La ruptura de la unidad gráfica y el particularismo gráfico altomedieval. La escritura latina en Francia, en Italia, en las islas Británicas, en Centroeuropa. La escritura latina en la Península Ibérica: la escritura visigótica.

4.1.- La ruptura de la unidad gráfica y el particularismo gráfico altomedieval.
La tradición romana había sido bastante unitaria, de forma que todos los tipos de escritura se habían difundido a lo largo y ancho del imperio. Además, estos tipos de escritura eran comprendido por las personas alfabetizadas, formando todas partes de una única tradición gráfica y único sistema escolar. Esto se ve finalmente destruido entre los s. VII y VIII por:
-                     El desmoronamiento del sistema de enseñanza superior romano, dando lugar a menos personas alfabetizadas.
-                     La desaparición del sistema de producción del libro antiguo. A partir del s. VI las oficinas laicas son sustituidas por oficinas eclesiásticas, que dependen de las catedrales y los monasterios y que carecen de una implicación mercantil. Extensión del códice en pergamino. Se mantiene la uncial y semiuncial para la copia de libros durante mucho tiempo.
-                     La sustitución del imperio desde un punto de vista político y administrativo por los reinos bárbaros que se van a instalar en las diversas zonas, dando lugar al aislamiento de dichas zonas así como de las diversas tradiciones culturales.
-                     A esto se debe añadir un factor típico de la cultura altomedieval que es la tendencia a separar rígidamente entre sí las diversas manifestaciones de una misma cultura. Petrucci lo manifiesta en el hecho de que, mientras determinadas personas conocían la escritura para copiar libros, los notarios no sabían utilizar más de un tipo de escritura, de manera que ellos sabían únicamente leer sus documentos.
-                      
Todo esto favorecería el proceso de desintegración y fragmentación, llamado por Chencheti “particularismo gráfico altomedieval”. Se refiere a la diversificación escrituraria en uso en las distintas partes de Europa, así como por las diversas escalas de alfabetización y objeto que se persigue. Por tanto hay que entenderlo tanto geográfica como socialmente.

Respecto de la producción documental adquiere modificaciones particulares. En la producción libraría hay tendencias diferentes y en algunos casos opuestas, pues se utilizan antiguas como la uncial o semiuncial como escrituras de nuevo tipo, modificaciones de cursiva nueva, que en raros casos alcanzan una canonización. Estas escrituras se difunden en un ámbito geográfico amplio, constituyéndose como “escrituras nacionales”. Son la visigótica, merovíngica, insular y beneventana.

4.2.- La escritura latina en Francia, en Italia, en las islas Británicas, en Centroeuropa.
Escritura merovingia
Las Galias era la región más romanizada del imperio. Entre los s. V y VI alcanza un esplendor cultural importante. Los francos fueron los que más directamente asumieron e hicieron propia la administración del Imperio Romano. Tomaron no solamente la praxis administrativa sino también la escritura, adoptando como propia durante los s. VII y VIII una escritura cursiva muy artificiosa con el nombre de Escritura Merovíngica.
La escritura merovíngica es una escritura estrecha y alta, con las letras pegadas unas a otras y muy alargadas. Los ojos de las letras son oblongos (elipse estrecha), las astas con frecuencia son onduladas, y presenta ligaduras irregulares e incluso impropias. A veces presenta ligaduras entre letras que no son continuas. Las formas de los signos abreviativos también adoptan un carácter ornamental. Esta escritura tiene como formas características las siguientes:
o                   a (dos trazos curvos verticales)
o                   b (especie de hilo con círculo abajo)
o                   e
o                   o con cuernecillos
o                   t
o                   g

Se difundió entre los s. VIII y IX, tanto en el reino franco como de su influencia (Baviera, Bologna, etc.). En los principales centros monásticos, además de la uncial o semiuncial, realizaban diversos modelos para adaptarla al uso librario o bien para cursivizar la semiuncial. Este esfuerzo cristalizó en diversos modelos adscribibles a centros culturales como Tours, Luxeuil, Corvie o Saint Gal? La escritura de este tipo deriva en dos tipos:
-                     Escritura merovíngica tipo A (o de Luxeil). Se caracteriza por la segunda línea quebrada en la “a” abierta. El ejemplo más característico es un leccionario del s. VII. Se relaciona directamente con la cancillería de los reyes merovingios: letras altas y estrechas, caídos de p, r y s redoblados. “t” con ojo a la izquierda.
-                     Escritura de Laon A-Z. Es del s. VIII de dicho monasterio, más redondeada y menos compacta. Característica es la “a” con el primer trazo quebrado y una “z” con el trazo de abajo curvado.
-                     Escritura de Corbie. A mediados del s. VIII será este monasterio quien tome la primacía y ejerce su influencia sobre una zona amplia (Amiens, Reims, Fleury, etc.). En este monasterio se utilizaron en un siglo cinco o seis tipos de escrituras diferentes, de los cuales los más importantes son:
§                    Tipo Corbie AB. Se caracteriza por las letras de dichas letras. La “a” tiene forma de u abierta y la “b” tiene forma de t redondeada por abajo.
§                    Tipo B.
§                    Tipo ENA. “a” abierta con pequeñas curvas al final. La “n” es capital y la “e” es alta y no cierra el ojo y se levanta sobre la línea de escritura.
§                    Tipo Leutchavius. Es un tipo intermedio entre la escritura semiuncial y la cursiva. Toma ligaduras de la cursiva. Tiene como forma más característica el uso de una N capital con un trazo intermedio casi horizontal.
§                    Tipo Maurdramnus. Es un tipo de escritura utilizado durante el gobierno de este abad a principios del ultimo cuarto de s. VIII, aparece en la biblia de este abad. Su escritura es considerada como la más antigua representación de la minúscula carolina. Es característico el punto de engrosamiento de los trazos de unión de la “f”, “s” y “r”.

§                    Tipo H. Propia de Borgoña. Es una “h” con el asta muy inclinada hacia la izquierda.

A.                Escrituras postclásicas en el centro de Europa
En la Germania a partir del s. VIII tenemos muchos contactos con la escritura latina a través de los misioneros, tanto continentales como irlandeses. Los monasterios más importantes en esta zona son los de ¿Funda y Losch? Hay una fuerte influencia de la escritura franca e insular, siendo escrituras pesadas con asta redoblada, de tipo uncial o minúsculo y con abreviaturas generalmente de tipo insular.
También en Suiza se encuentra el tipo de escritura “minúscula rética”, siendo sus centros principales Sengal, Moira, etc. Se parece a las escrituras del norte de Italia.

Escritura Insular en Inglaterra
En las Islas Británicas, cuando los romanos se retiran, se había organizado un clero local sin gran organización. Fue este clero local quien evangelizó Irlanda. A finales del s. VI san Gregorio Magno envió una misión dirigida por el Canterbury quien se desplazó a las islas con diversos códices. En Irlanda se desarrolla un fuerte movimiento monástico, pasando también a las islas británicas un contingente importante de francos huyendo de persecuciones religiosas del s. V.
Por estos códices llevados por los francos por un lado y por los contingentes romanos habrían pasado los sistemas abreviativos romanos (notae iuris), pero su arraigo fue elitista por lo que las escrituras utilizadas fueron eminentemente la escritura uncial y una propia del lugar, que conocemos como “escritura semiuncial insular”, tanto en mayúscula como en minúscula.
El origen de esta escritura no está claro, pues hasta el s. XI se utilizaba tanto en Inglaterra como en Irlanda el mismo tipo de escritura. Existen dos tesis: la tradicional que considera esta escritura irlandesa y otra más reciente que sitúa el origen de esta escritura en la zona norte de Inglaterra. La escritura insular presenta dos tipos:
·                    Mayúscula insular. Es una escritura de formas redondeadas, de trazo pesado y grueso y poco desarrollo de las astas. Se caracteriza también en una culminación de triángulo invertido en el vértice de las astas. Aparece en los códices más lujosos (Libro de Kells) y se utilizó en los s. VII y X. Sus letras más características son:
o                   B redondeada
o                   D uncial o minúscula
o                   G parecida a J
o                   F
o                   N con trazo central casi horizontal abajo

·                    Minúscula insular. Tiene más elementos cursivos, en las formas de las letras así como en las ligaduras que presenta. Se utilizó para manuscritos de menor importancia. Pervivió en Inglaterra hasta la conquista del s. XI (conquista normanda de 1066) y en Irlanda sobrevivió durante más tiempo. Pasó a la imprenta con el nombre de caracteres gaélicos, convirtiéndose en enseña independista irlandesa.

Se caracteriza por la aparición de arcos agudos, caídos prolongados y por una serie de ligaduras que son propias como por ejemplo las de “ti”, “li” y “si”, así como “ma” y “mo”. Formas características son:

o                   a abierta o cerrada
o                   p con círculo cuadrado
o                   q con círculo triangular
o                   r  como ondeando
o                   s como r

Para los títulos con frecuencia se utiliza un alfabeto, pero con influencia del alfabeto rúnico, de manera que en los manuscritos irlandeses se pueden encontrar ejemplos de esta tipología:

o                   A
o                   M
o                   T
o                   B
o                   O
o                   L

El sistema abreviaturas es correspondiente a las notae iuris. Ejerció gran influencia hacia el continente en la Alta Edad Media debido a las misiones monásticas irlandesas.

B.                La escritura beneventana
Aparece de una manera un poco misteriosa, porque los manuscritos que se encuentran a finales del s. VIII (período vacío desde el s. VI) presentan unas características propias de una minúscula de tipo librario. Esta escritura se considera como la fase inicial de la escritura beneventana[3], la propia del sur de Italia en esta época.

Se realiza en base a unas formas alfabéticas comunes a toda Italia, en concreto con monasterios del norte de Italia como Nonantola. La canonización de esta escritura se alcanza en el s. X en la ciudad de Benevento, capital de un extenso ducado de príncipes lombardos.  Esta ciudad ejerció una influencia que permitió la extensión por el sur de Italia. Se utiliza desde los s. VIII al XIII, aunque se pueden encontrar ejemplos aislados hasta el s. XVI, en todo el sur de la península italiana y en la zona de Zara en Dalmacia, hasta donde influyó el monasterio de Montecassino.

A partir del s. XI se produce una diversificación de formas. Por un lado, se refuerza el papel cultural del monasterio de Montecassino. Por otro lado, en la zona oriental asistimos a un reforzamiento de la influencia bizantina. Esta influencia dio lugar a que en el s. XI surgiera en torno a Bari una forma particular caracterizada por las formas redondeadas, módulo grande, escaso desarrollo de los ástiles y trazados sin contrastes (debido al uso de un calado de epunta dura). Se deben estas características al ejemplo de los manuscritos griegos por influencia bizantina, dando lugar a una escritura conocida como Beneventana de Bari que se utilizó en Apulia (Italia) y Zara (Dalmacia).
Las características más notables son:
-                     Uso de tilde como línea horizontal con punto sobrepuesto.
-                     Nota tironiana de “est” como punto y coma con línea en medio.
-                     “C” crestada que es como una c con tupé.
En esta misma época el monasterio de Montecassino esgrime otro tipo de características, la Beneventana Cassinese. Se caracteriza por un trazado fuerte contrastado, conseguido mediante el uso de una pluma con bisel tallado a la izquierda, que provoca trazos verticales, horizontales y oblicuos de izquierda a derecha gruesos, y los oblicuos de derecha a izquierda finos. Se caracteriza por la alineación de los trazos horizontales de las letras, que parece como si estuvieran atravesadas por una línea horizontal. Su canon se alcanza en la segunda mitad del s. XI. Llama mucho la atención que los trazos verticales se fragmentan, pareciendo rombos. Las letras a veces se aprietan, de forma que con frecuencia forman nexos. Se difunde por la Italia meridional continental con monasterios deApulia y Dalmacia, en confluencia con el tipo de Bari más logrado y que da un mayor número de manuscritos,  dando lugar algunas formas mixtas.
A partir del s. XII-XIII se hace más artificiosa y comienza a tener influencia de la carolina, de la que toma algunas formas, hasta que sea sustituida por la escritura gótica siendo la precarolina más longeva. La escritura carolina fue incluida por los normandos de Sicilia y luego por los Staufen, además de por la progresiva difusión del monacato cisterciense. Perduró la beneventana cassinese en los monasterios de Montecassino y Cava di Tirreni. En conventos femeninos aislados perdura hasta el s. XVI.

Las formas clásicas de la Beneventana son:
-                     A como dos ces unidas
-                     E
-                     R
-                     3 en forma exponencial para indicar omisión de “m” final

-                     Ligaduras
o                   Ei
o                   Gi
o                   Li
o                   Ri
o                   Ti
o                   Eius

4.3.- La escritura latina en la Península Ibérica: la escritura visigótica.
En la obra de los literatos visigodos (San Isidoro, San Braulio, etc…). Formación de una escritura de rasgos propios, sin embargo no se sabe donde ni cuando se formó. Hay varias hipótesis según los centros culturales: Sevilla, Toledo, Tarragona. Se supone que la escritura estaría formada en la segunda mitad del s. VII, pues en el s. VIII se produce la invasión musulmana, adueñándose de toda la península y encontramos en este momento una unidad total en todo el territorio peninsular, tanto en tierras conquistadas como sin conquistar.
La evolución se había operado en dos sentidos: por un lado la escritura visigótica redonda, que derivaría de la nueva escritura común, mientras que la visigótica cursiva habría evolucionado de la cursiva nueva. S. VIII al XII con esporádicas apariciones más tardías. Habría sido sustituida con una cronología diversa:
-                     S. IX desaparece en Cataluña, por la influencia de Carolina debido a la pertenencia de Cataluña al reino franco.
-                     S. XIII que encontramos muestras en monasterios aislados, fundamentalmente de la zona de Galicia.
-                     En  Castilla y León habría desaparecido a lo largo del s. XI, sustituida por la carolina traída por los monjes de origen franco, que a su vez trajeron la liturgia romana. Se cita el Concilio de León de 1080 que prohibiría la visigótica para los libros litúrgicos sacros.Sin embargo, la introducción de la carolina fue gradual y se fue dando fundamentalmente a lo largo del s. XII de la mano de los cluniacenses (benedictinos) y el rito mozárabe sustituido por el rito romano.
Las primeras manifestaciones que se citan son las que aparecen en el Códice 27 de la Biblioteca Municipal de Autun (Francia), en las notas marginales que demuestran un visigótico primitivo. Las letras más características son:
-                     “a” siempre abierta y unida a la letra que la sigue. A veces en la escritura cursiva se levanta sobre la línea de escritura, pero si sigue c, m o s.
-                     “g” es siempre de tipo mayúsculo (deriva de la capital pero con la cola más larga, parecida a la g que usamos nosotros). Cuando es cursiva presenta una forma más o menos de 8, y liga con la letra siguiente con una ligadura que sale con la línea central.
-                     “d” puede presentar forma uncial o minúscula
-                     “e” cuando va ligada se alza sobre las otras letras, con forma de épsilon. Cuando es cursiva puede presentar en la forma de ojo cerrado el trazo curvo redoblado.
-                     “f” presenta un caído prolongado. En las formas cursivas puede adoptar forma de e con caído largo.
-                     “i” puede ser alta (l nuestra), sobre todo a principio de palabra o bien entre vocales cuando adquiere valor semiconsonántico. Puede ser corta cuando sigue a letra alta. Puede caer bajo la línea de escritura cuando forma parte del grupo “ti” seguido de vocal.
-                     “k” parecida a la R capital con el último trazo paralelo a la línea de escritura.
-                     “o” puede llevar una especie de cuernecillo que la prolonga en las cursivas.
-                     “P” puede ser puntiaguda en el ojo. La “q” también.
-                     “r” forma un ángulo antes del trazo horizontal. Se une a la letra que la sigue
-                     “s” no forma ángulo con el trazo horizontal. No se une con ninguna letra.
-                     “t” se hace en tres trazos con el ojo cerrado. Cuando va ligada a la letra siguiente con e, i, l r n s, tiene una forma de 3, pero sigue unida. La diferencia con la “e” es que la “t” liga por el trazo superior.
-                     “u” se diferencia de la “a” en que el segundo trazo es vertical y no curvilíneo, y en ocasiones es de pequeño tamaño y va sobrepuesta a la línea de escritura. Cuando va ligada a “q” toma forma vertical.
-                     “x” forma parecida a “z” pero vuelta del revés. Puede tomar forma en la cursiva como un tridente.
-                     “z” puede ser, o bien nuestra z, o bien como una z baja (en plan dseta).
En los códices se distingue en ti (fuerte) si sigue consonante o (suave) si sigue una vocal. En el primer caso se escribe corta y en el segundo baja. Esta distinción del s. IX se mantiene hasta el s. X donde se observa ya con regularidad hasta finales del s. XII. Esta distinción coincide con un uso similar en la escritura beneventana, se supone que fue adoptada para facilitar la escritura en los manuscritos litúrgicos.
En la escritura visigótica redonda no son frecuentes los nexos. De hecho, las letras cuando se unen se deforman un poco. B C D M G H I (alta) M y P Q U X y Z nunca se unen a la siguiente. Las letras I N O S lo hacen muy raramente. Normalmente se unen A E F K L R T. Las que más dificultad pueden ofrecer son E R T.
En las cursivas las únicas que no se unen son: B D H I (alta) P Q U Z. Las letras cuyo valor se quería anular se pone un punto bajo (puntatio), para anular del todo se tachan con una raya.
En cuanto los numerales visigóticos, tenemos la “T” con valor de mil y la “X aspada” con valor de 40. En numerales romanos, una raya superpuesta multiplica por mil, por tanto es la unidad (I) multiplicada por mil. La “X aspada” es la suma de X + L = 40. En la Edad Media se continúa la tradición romana, exceptuando la norma que impide repetir un signo más de tres veces.
En abreviación, en la escritura cursiva puede adoptar formas curvadas, aunque lo más normal en la escritura visigótica es la tilde con el punto sobrepuesto para abreviar. Las abreviaciones más normales son:
-                     “per” (signo parecido o igual a pro)
-                     “qui” (parecido a quod)
-                     Tras “m” “n” “r” o “t”, una línea vertical o ligeramente inclinada o un símbolo parecido a una clave de sol indica –um. Ej. m/ = mum.
-                     Este mismo signo, junto a “b”, “m”, “n” o “t” suple a –us. Ej. b/ = bus.
-                     El mismo signo, en forma exponencial (representado entre punto y coma y s), junto a “b”, “d”, “i alta”, “m” y “n” suple a –us. Cuando acompaña a “q” suple a –ue.
-                     Un signo en forma de línea quebrada (rayo, especie de “s” que puede alargarse y subir hacia arriba) delante de “b”, “l”, “n” o “t” suple a –is.
-                     Una línea angulada (< ) en los alzados de “b”, “d” e “i alta” suple a –us.
-                     Por último, son muy características unas letras mayúsculas de trazo más alto que se caracteriza por una serie de trazos decorativos que le confieren un origen antiguo.
o                   “A”
o                   “C”
o                   “M” con trazo central prolongado hasta la línea de escritura
o                   “N” con trazo central corto
o                   “O” (forma de corazón)
o                   “S”
o                   “T” con trazo izquierdo redondeado
o                   “U”
-                     Es característico el anagrama de “kaput” y que se coloca al principio de capítulo.
-                     También es característico una especie de crismón.
También encontramos una influencia oriental hebráica en las contracciones en las que se suprimen casi todas las vocales y permanecen la mayoría de consonantes. Ej. Ihrslm = Iherusalem.
A su vez, pronunciaciones locales tenemos confusiones de “d” con “t”, de “p” con “b”, uso impropio de la “h”, etc. que reflejan la pronunciación local y que permiten adscribir ciertos códices al área hispana o al menos a modelos hispanos. Los principales centros de escritura visigótica fueron Ripoll, Roda y Vic en Cataluña, San Juan de la Peña en Aragón,  Burgos, Santo Domingo de Silos, San Pedro de Berlanga, San Millán de la Cogolla, San Pedro de Cardeña y Albelda en Castilla. León, Albanés y Tui en el reino de León. También se producen códices de escritura visigótica en la zona ocupada por los musulmanes, como Córdoba o incluso Toledo.
Elías Avery Lowe distingue 4 períodos de producción:
-                     S. VIII-IX. Escritura alta, pesada, algo torpe, con mala separación de palabras, ástiles gruesos y el último trazo vertical de h, m y n que se repliega hacia su interior en la parte baja. Es frecuente como forma abreviativa la raya con punto superpuesto para suplir “m” y el punto y coma para suplir “-us, -ue”.
-                     S. IX-X. Letras más bajas, más finas, con los alzados en forma de maza (como el as de bastos), con mejor separación de palabras y en que el último trazo vertical de m, n y h descansaría sobre la línea de escritura. Junto al punto y coma se utilizaría la abreviatura de –us de arriba.
-                     S. X-XI. Es el período de esplendor. Escritura proporcionada de letras más altas que anchas. Los trazados de “h”, “m” y “n” se doblan hacia el exterior. Los trazos verticales de “h”, “b”, “d” e “i alta” tienen un remate arriba. Se utiliza el semicolon (punto y coma) con “q”.
-                     S.XI-XII. La escritura se hace tosca, más insegura, propia de los centros secundarios. El trazado es de líneas gruesas y cortas, con elementos artificiosos, y con una influencia muy clara de la escritura carolina: coge de esta la “a uncial”, la “e uncial”, los nexos de “rt” y “nt”, la abreviatura de “per” al modo carolino o la aparición de abreviaturas mediante letra sobrepuesta que era ajeno a la visigótica.



5.- La vuelta a la unidad gráfica. La escritura carolina, su origen y su expansión por Europa. La introducción de la escritura carolina en la Península Ibérica.

5.1.- La vuelta a la unidad gráfica.

5.2.- La escritura carolina, su origen y su expansión por Europa.
El primer problema que plantea la escritura carolina es su origen o génesis. Tradicionalmente se ha vinculado a la figura de Carlomagno y a la llamada Escuela Palatina. Gracias a la figura de Vita Caroli, sabemos que Carlomagno no sabía escribir, y que su interés se despertó tarde y malamente.  Sin embargo, queda claro el interés  del emperador por la cultura: la lectura y la escritura. Se puede reforzar por la iniciativa, cuyo desarrollo completo queda a cargo de otro. Por ejemplo: promovió una enseñanza a fin de invocar a Dios con formas concretas, como parte de la reforma litúrgica.
Existen varias teorías sobre el origen de la escritura carolina, vinculándola a territorios que en el siglo XIX comienzan a surgir:
Teoría francesa: Leopoldo Delisle, consideró en 1876 que la reforma de la escritura había sido promovida por la Abadía de San Martín de Tours, por influencia de Alcuino de York. Un intelectual del círculo del emperador. Esta teoría se objeta que los veinticinco manuscritos, estudiados por  Delisle, que sirvieron de base no todos eran escritos en San Martín de Tours. Cuando Alcuino llegó a la Abadía de Tours era un hombre mayor, lo que era difícil pensar que un hombre de edad avanzada y de origen anglosajón pudiese cambiar su escritura de golpe. Existía una objeción y muchos manuscritos escritos en la Abadía de Tours eran anteriores a la llegada de Alcuino, que gobernó entre 996-811.
Teoría Germánica: Teoría que traslada el origen de la escritura carolina hacia el Este.  Esta teoría mantiene que se había formado  en la Corte de Aquisgrán durante el reinado de Pipino, en el tercer cuarto del siglo VIII. Se fundamenta en dos manuscritos:
·                    Evangeliario de Godescalco (781-783): es el manuscrito más antiguo escrito para Carlomagno.
·                    La Escuela Palatina: tiene una secuencia muy larga, al igual que la escuela de Traductores de Toledo.
Teoría más rechazada: proponía el origen fuera de la órbita del Imperio, colocando en Roma y desde aquí se difundió al norte. Se basa en un documento: Liber Diurnus Romanorum Pontificum.
Teoría Francesa: da primicia al escritorio de Corvie, pone el acento en la escritura Maudramus que aparece en la Biblia de Amïens, siendo el ejemplo más antiguo de escritura carolina conocida y datada (3º cuarto del siglo VIII), ya que los rasgos que presenta no son muy significativos.
La reforma que se hace es para tener más legibilidad. La escritura carolina será la confluencia de la búsqueda de una escritura legible y regular para uso librario, que se había dado a partir de diversas escrituras de tradición tardoantigua:
-         Minúsculas usuales
-         Escritura semiuncial.
Las tendencias actuales, tienden a señalar un origen poli-genético de la escritura carolina. Sería el resultado de una búsqueda de una escritura legible y regular adaptada al uso librario, que se habría dado a partir de diversas escrituras en uso de tradición tardo-antigua, fundamentalmente las minúsculas usuales y la escritura semiuncial. Habría sido pues, el resultado de la búsqueda de una escritura que permitiera producir con rapidez y economía textos legibles. En esta tendencia habrían tenido un papel fundamental Amiens y Corbie.
Con la aparición de esta nueva escritura, cristalizaría fundamentalmente en el último cuarto del siglo VIII (772-780) en la zona de la Francia Carolingia, es decir, Este y oeste de la zona de Alemania actual y coincide con una reforma de liturgia iniciada por Pipino y terminado por Carlomagno, para imponer a los texto  de una unidad de litúrgica  romana y para renovar los conocimientos de gramática con el fin de dar mayor corrección que se plasma en la Catedral de Aquisgrán en el 782.
Con las escrituras precarolinas, la minúscula es unitaria, coherente y poco sensible a movimientos internos. En la unidad de esta escritura desde el siglo IX al XII se ha querido ver la unidad de la cristiandad occidental.
En el siglo XII se verá sometida a la influencia de un estilo nuevo, en el siglo XIII, comenzará aparecer la Gótica, la cual es evolución de la carolina.

2. La consolidación de la escritura carolina y su expansión
En relación con las escrituras precarolinas, la minúscula carolina se muestra unitaria en sus caracteres, coherente y poco sensible a movimientos internos; es decir que  las diferencias que se ven en su período de uso y territorios son muy poco significativos siendo pues un periodo unitario aunque los especialistas han destacado variantes regionales que no afectarían en gran medida.  Se distingue eso sí entre una carolina primitiva propia del s. IX- X (con formas precarolinas como la a abierta) y otra más tardía de finales siglo IX a principios de siglo XII.
A lo largo del s. IX además la minúscula carolina comienza a utilizarse en la Cancillería imperial desplazando a la escritura merovíngica que desaparecerá finalmente en los documentos durante el reinado de Luis el Piadoso, sucesor de Carlomagno. En los diplomas imperiales se mantiene una primera línea con caracteres alargados, ya presente antes de la irrupción de la carolina. (En sentido horario). En el uso diplomático la carolina acoge una serie de elementos decorativos que también pasará a la escritura gótica en los documentos y establecerá la diferenciación entre la escritura gótica de los documentos y los libros. La decoración carolina aparece a modo de:
- Trazo sinuoso
- Prolongaciones de algunas letras
- Alargamiento de alzados y caídos y su prolongación en sentido horario en sus extremos: En el cuerpo del texto los alzados y caídas se prolongan por encima y por debajo de la línea siendo más alargados que en la escritura libraría; así los alzados giran a la derecha y los caídos a la izquierda
Esta búsqueda ornamental de los documentos corresponde a la finalidad que se quiere obtener ya que se pretende acentuar la solemnidad y simbolismo del acto jurídico resaltando el aspecto visual que lo recoge. La redacción del documento para perpetuar el acto jurídico es excepcional de manera que no todos los actos jurídicos se recogen por escrito de ahí que se quiera resaltar la solemnidad del momento que excitara la memoria de los laicos a quienes el documento sólo se les leía y enseñaba.
A lo largo de los s. X y XI la escritura carolina se va difundiendo para la documentación pública de Cancillería y, más adelante, para la privada.
La escritura carolina se expandió rápidamente por la zona de Francia, el oeste de Alemania, Austria, Suiza y N. de Italia, estados pontificios y, a partir de la conquista de las islas británicas en el s. XI. En la P. Ibérica penetrará en diversas oleadas según zonas. En Cataluña, dadas las relaciones con el reino Franco será el primer territorio donde penetre la escritura carolina en el s. IX sustituyendo rápidamente a la escritura visigótica. Hay un período de formas híbridas aunque a principios del s. IX.         
En el resto de la península penetra más tardíamente, desde mediados del s. XI, en general a mano de los monjes cluniacenses y acompañando a la liturgia romana. La carolina que llega a la Península es, asimismo, una carolina tardía con influencias góticas. Primero penetra en el reino de Castilla y León a través del camino de Santiago y, más tarde, en Aragón de forma que la sustitución definitiva se da en la primera mitad o a lo largo del s. XII.

3. Características generales del alfabeto carolino
- Alfabeto de formas regulares y constantes
- Todas las letras minúsculas a excepción de la “n” que en los primeros tiempos puede ser capital. (Ver en semiuncial) (La n minúscula es igual que la actual)
- Letras aisladas con ligaduras escasas que derivan: unas de la cursiva: “ct, et, nt, rt, st” y otras de la uncial como las de “or” que modifican las letras de manera poco significativa.
- Escaso número de abreviaturas y de formas muy constantes. Las abreviaturas serán más constantes a partir del s. XI, época tardía de esta escritura.
- Tendencia creciente a separar las palabras asociada a la lectura silenciosa.






4. Etapas de la cronología carolina.
Se pueden distinguir cuatro períodos de la escritura carolina:
a) Primitivo: fines s. VIII y principios s. IX: caracterizada por un trazado simple y regular.
- Puede presentar formas derivadas de la cursiva como la “a” abiertas por arriba.
- Ligaduras de “et, ct, st, rt”.
- “a” uncial formas muy abiertas con trazo vertical muy oblicu. “n” capital en ocasiones.
- G con ojo interior muy abierto
- Astas o alzados de “b, d, l, h” en forma de huso
- Trazos iniciales de “m, n, i, u” simples y sin trazo de arranque y trazos últimos de “m, n” replegados hacia dentro (hacia la izda.)

b) S. X: características de mayor pobreza en la ejecución de los códices paralelas al llamado “siglo de hierro” cuando muchas instituciones religiosas se ven sometidas a la presión de señores vecinos, especialmente en Francia. La dureza de las condiciones quedará pues manifiesta en una escritura más irregular y manuscritos más pobres de forma que:
- Elementos cursivos (ligaduras…) más pobres de modo que las ligaduras se limitan a “ct, st”
- A abierta es excepcional
- G cierra el ojo inferior
- Aparece el uso de “e” caudada (e con rabo) reflejando una pronunciación en la que los diptongos “ae, oe” se resuelven o pronuncian en “e”.
- Desaparición engrosamiento superior de los alzados y los extremos giran ligeramente hacia la izquierda.
- Los códices datados son muy extraños pese a que son muy importantes para determinar la evolución de las formas escritorias y las características de la escritura en cada región.

c) s. XI: Desde finales del s. X se empieza a notar cierta mejoría en los códices y formas de escritura que continuará durante el s. XI
- La letra es más derecha
- Con mayor verticalidad del trazado de la A
- Elementos cursivos muy raros
- Desaparece la a abierta
- Aparece, ocasionalmente, la “s” de tipo capital a final de palabra. (es la s mayúscula actual)
- La separación de palabras se hace más clara y frecuente
- El trazo inicial de las letras formadas por trazos cortos verticales i m, n u y el caído de la “p” presentan un trazo de ataque y el conjunto tiende hacia formas más derechas, incluso, con cierta angulosidad.
- Comienza a utilizarse un guioncito para indicar corte de palabra a final de línea.
- E caudada se hace con más frecuencia y aparece con más frecuencia que el diptongo de “ae” e incluso empieza a aparecer la “e simple”, sin cauda.
- Empiezan a formarse ciertas variedades regionales en diversas regiones de Europa ya que la evolución no es sincrónica.

d) s. XII: La escritura se hace más angulosa, el trazado más contrastado y empiezan a quebrarse los trazos y curvas.
- E se utiliza ya sin cauda sustituyendo al diptongo “ae” “oe·
- Las palabras aparecen claramente separadas.

5. La escritura carolina en los documentos.
A lo largo del siglo IX, además, la minúscula carolina empieza a utilizarse para documentos en Cancillería Imperial, en lugar de la merovíngica, desapareciendo esta última, durante el reinado de Luis el Piadoso (sucesor de Carlomagno).
En los siglos X-XI, la escritura carolina se va difundiendo para la documentación pública y después para los documentos privados. En estos momentos, todas las escrituras son minúsculas, se va a dar combinaciones de mayúsculas y minúsculas, para resaltar partes concretas del texto. Las mayúsculas no se usaban de forma regular, sólo para enfatizar determinadas partes.
En los diplomas Imperiales se mantiene una primera línea con caracteres alargados y en el cuerpo del texto los alzados y caídos se prolongan por encima y por debajo de la línea, prolongándose hacía la izquierda o derecha en sentido horario en sus extremos.
En el uso diplomático, la carolina destaca como búsqueda ornamental, con la prolongación de alzados y caídos. Esto corresponde a una  finalidad que quiere acentuar la solemnidad del acto jurídico, resaltando el aspecto visual del documento que lo recoge, por lo que esta ornamentación responde a una solemnidad  del que se quiere rodear al acto jurídico, decorándolo o acentuando la presentación, para excitar la memoria de los laicos al verlo, incluyendo al destinatario.
Estas características de la carolina diplomática van a pasar a documentos en la escritura gótica lo que establece la diferencia entre la escritura gótica en libros y en documentos.
Hay que tener presente que desde fines del siglo XI, se introduce la carolina  en Castilla, pero en el siglo XII la introducción del monacato cisterciense a él Benedictino, van favoreciendo la introducción de la carolina. En el Concilio de León  1090, estableció que fueran utilizadas las letras gálicas, es decir, la escritura carolina con la finalidad de dividir al clero.
En Castilla el primer manuscrito es del 1105, encargado por el Arzobispo de Toledo. Durante el reinado de Alfonso VI de Castilla, se utilizó en los documentos la minúscula y cursiva visigótica y la carolina. En los documentos de Doña Urraca se utilizan también una y otra escritura, pero gana terreno la Carolina, que para desaparecer en el reinado de Alfonso VII. En este momento aparecen dos personajes importantes:
·             Canciller (Hugo).
·             Notario (Giraldus)
En Cataluña a principios del siglo X, ya está introducida la Carolina y las últimas reminiscencias visigóticas han desaparecido. Mientras que en Navarra aparece en la mitad del siglo XII en el reinado de Sancho el Sabio.


5.3.- La introducción de la escritura carolina en la Península Ibérica.


6.- La aparición de la escritura gótica: su origen y difusión. La escritura gótica en la Península Ibérica: la Corona de Castilla. La escritura gótica en la Corona de Aragón y el Reino de Navarra.

6.1.- La aparición de la escritura gótica: su origen y difusión.
A diferencia de lo que sucede con la escritura carolina, que lo que hace es sustituir el resto de lenguas de Europa en su origen, el paso de la carolina a la gótica, se trata de una evolución. De manera que se pueden señalar una serie de elementos mixtos que van mostrando ya características de la escritura gótica. En esta evolución se habla de carolina clásica, carolina gotizante, carolina gotizada y escritura gótica.
Esta evolución progresiva, coincidirá con una evolución también en la forma de vida y las tradiciones culturales, como por ejemplo el reforzamiento de la autoridad de las monarquías apoyadas en las teorías elaboradas por los juristas y favorecidas por la pugna entre el Imperio y el Papado. La expansión económica que se da entre comienzos de siglo XI, hasta finales del XIII produce un aumento demográfico, una expansión del comercio y de la producción manufacturera, incremento de la vida urbana y aparición de las ferias y mercados.
En el orden religioso, además aparecen las órdenes mendicantes, las cuales son órdenes urbanas, como los franciscanos o los dominicos. Su labor es la de imponer el contacto con la población de las ciudades y hacen de la predicación su actividad esencial.
En el orden cultural, las escuelas urbanas toman el relevo a las monásticas. Es por esto que las órdenes religiosas pierden la hegemonía de que habían gozado en el campo de la producción del libro, que pasa a ser un oficio artesano laico, organizado en libros. Esto sucede sobre todo en las ciudades universitarias, donde hay una demanda mayor, como por ejemplo Paris o Bolonia.
Otra de las características, es que ahora el libro no será un libro de consumo mayoritariamente eclesiástico, puesto que ahora los grandes señores van a coleccionar libros como objetos de lujo.
Aparecen ahora las universidades que son el fruto del desarrollo de las escuelas catedralicias y de las escuelas monacales. Aparecen como agrupaciones de maestros y discípulos, que se caracterizan por mantener cursos regulares, otorgar grados de validez universal y admitir a personas de todo origen.
Una de las cosas que favorece el aumento de la producción libraría, es la aparición del papel, a finales del siglo XIII.

2.- Origen de la escritura gótica
Los primeros rastros de una influencia gotizante, se dan en los últimos 35 años del siglo XI en la región del reino Anglo-normando. En la segunda mitad del siglo XI, comienza a tomar fuerza en  Francia septentrional, Inglaterra y Alemania, el uso de un instrumento escritorio que ya estaba en uso en Inglaterra: la pluma con bisel tallado hacia la izquierda, es decir con la patita de la izquierda más cortita. Al usar este instrumento, se produce un claroscuro, que hace que la escritura quede como fraccionada en trazos y provoca un contraste claro entre los trazos gruesos, que quedan muy anchos, y los finos, que quedan muy finitos.
Esta característica de la escritura gótica, ha llevado a que se relacione la escritura gótica en su origen con la escritura beneventana y con la insular, puesto que éstas también utilizan el instrumento de la pluma con bisel. Pero este estilo grafico, en realidad no se puede explicar solamente por un hecho técnico, puesto que este nuevo estilo aparece en relación o al mismo tiempo que aparecen las primeras manifestaciones de escritura gótica, En realidad debemos relacionarlo con un nuevo tipo de producción libraría.
No obstante, este estilo gráfico no se puede explicar solamente por un hecho técnico sino por el advenimiento de un nuevo tipo de libro, nuevas formas de leer y estudiar. Así, por ejemplo otros factores:
·                    Necesidad de separar las palabras, para hacer una lectura más cómoda. A esto obedece una orientación común de las bases de los trazos verticales que apoyan todos sobre la línea de escritura, con una ligera prolongación a la derecha.
·                    El uso de S capital a final de palabra y de una U aguda al principio.
·                    Una separación de palabras más precisas y un acercamiento de las letras dentro de la misma palabra.
·                    Afirmación del libro de tipo escolástico producido en las universidades, conlleva una nueva  organización de la página y una organización más precisa de la estructura del texto. Con este fin, se utilizan recursos tales como:
Ø                 Uso de iniciales con colores diferenciados
Ø                 Uso de mayúsculas
Ø                 Uso de rúbricas
·                    División del texto, puntuación y un uso fijo de las abreviaturas, especialmente, la aparición de abreviaturas específicas para determinadas materias, que tienen la finalidad de hacer más rápida la lectura a los estudiosos.
Todo esto dio lugar a que hubiera diferentes tipos de góticas en diferentes lugares, e incluso resistencias de la carolina tardía o la beneventana en el sur de Italia. Aunque hay quien opina que más que de un tipo de escritura, tendríamos que hablar de un estilo (habría diferentes dentro de la escritura gótica). Estos tipos, definidos por Hajnal,  serian:
-                     Escrituras con los alzados y caídos prolongados bajo la línea (verticales)
-                     Escrituras con los alzados y caídos prolongados bajo la longitud de la palabra (horizontales)
-                     Escrituras con iniciales trazadas con una concepción plástica que imita el trabajo del pincel.
-                     Escrituras con los alzados sembrados de trazos en forma de espolones, protuberancias o trazos paralelos.
-                     Escrituras de módulo pequeño y uniforme, muy cursivas y aplastadas
-                     Escrituras de anchos aplastados
-                     Escrituras con los alzados y caídos prolongados, próximos a las escrituras librescas.
Estos tipos están muy extendidos, siendo la enseñanza universitaria la que unifica todas las escrituras europeas. Sin embargo, Hajnal no apoya esta teoría en ningún testimonio.
Lo que sí hay que tener presente es que la caligrafía gótica, presente en todos estos tipos, presenta una uniformización, unas características comunes, cuyo uso es ampliamente internacional.
A pesar de los estilos, tenemos características globales, comunes a todos ellos. Las características generales de la escritura gótica en conjunto son:
·                    La fractura del trazo: El diseño nudoso y la ruptura de las curvas, resolviéndose éstas en ángulos. Se debe simplemente al uso de una punta tallada a la izquierda, que por el movimiento natural de la mano produce este efecto.
·                    El contraste entre los trazos gruesos y finos, destacado en las escrituras más caligráficas y en menor medida en las documentales y sobre todo en las cursivas.  Esto se debe a que las escrituras caligráficas se realizan normalmente con pluma y el resto con cálamo, que no causa este resultado.
·                    Aspecto estrecho y apretado de la escritura, lo que da un aspecto tupido y que se debe al hecho de que las letras dentro de las palabras, y las palabras dentro de las líneas, están bastante apretadas, y además, las líneas entre sí también están bastante apretadas, lo que le da su característico aspecto tupido.
·                    Escaso desarrollo de los alzados y caídos, especialmente en las escrituras librarias. Sin embargo, no impide que las letras tiendan a la verticalidad, ya que las letras son más altas que anchas.
·                    Ritmo uniforme de los trazos inferiores de las astas. Esto afecta tanto a las letras altas como a las cortas hechas con trazos verticales, que apoyan todas sobre la línea de escritura y, en general, giran hacia la derecha con un trazo corto, la llamada línea de salida.
·                    Alto número de abreviaturas: Uso de E simple para los diptongos AE y OE.
·                    Uso de un fino tracito sobre la I, que es el antecedente del punto. Sirve fundamentalmente para individualizar la I.
·                    Desaparece también el grafismo de la conjunción ET carolina, sustituido por la nota tironiana.
·                    También es importante resaltar el uso de S capital a final de palabra, y de V angulosa con valor de U.
·                    Abreviatura de US a principio de la palabra, con el mismo valor que tenía a final de palabra.
·                    Existencia de un alfabeto mayúsculo especial que se utiliza para las inscripciones y para los títulos. Consiste en una mezcla de escritura capital,  uncial y de minúsculas agrandadas, caracterizada por el redoble de los trazos.

6.2.- La escritura gótica en la Península Ibérica: la Corona de Castilla.
En el reinado de Fernando III el Santo tenemos un periodo de transición o puente entre la carolina documental y la gótica cursiva. En este momento, los documentos expedidos por la cancillería presentan una buena caligrafía, con un contraste entre gruesos y finos patente aunque no demasiado acusado, quebramiento de las curvas, astiles muy elevados que se inclinan hacia la izquierda, y caídos no tan desarrollados. Entre los documentos de la cancillería podemos distinguir diversos tipos de ejecución diferencial, aunque en todos los casos es una escritura cuidadosa y poco espontánea.
A partir del reinado de Alfonso X el Sabio, se va a acentuar la distancia entre las escrituras caligráficas y las cursivas; lo suficiente como para decir que en la cancillería real vamos a encontrar dos tipos diferentes de escritura con aplicación a diferentes categorías de documentos:
·                    Por un lado, un tipo muy cuidado conocido como “letra de privilegios”
·                    Por otro, un tipo más cursivo que recibe el nombre  de “letra de albalaes”, nombre que le dio Esteban de Terreros. Esta letra de albalaes va a utilizarse aproximadamente entre 1250 y el reinado de Pedro I, a mediados del siglo XIV. A partir de este reinado vamos a encontrar un tipo de escritura que es una evolución de la letra de albalaes y que recibe el nombre de “precortesana”, que durará hasta 1425, en que se impone un tipo de escritura conocido como “cortesana”.
A partir de 1425 y hasta 1525 aproximadamente, se impone para el uso documental la escritura llamada cortesana, que predominará en la cancillería de Enrique IV y de los reyes Católicos, y también en los primeros tiempos de Carlos I.
Al mismo tiempo, y aproximadamente desde el reinado de los reyes Católicos, comienza a utilizarse una escritura para uso documental que es una evolución de la escritura cortesana y que acentúa su cursividad aumentando los enlaces, aumentando la deformación de las letras, los rasgos compartidos entre letras…, que recibe el nombre de escritura procesal, cuya última manifestación que recibe el nombre de procesal encadenada, se configura como una escritura que en apariencia es como una serie de bucles en los que en ocasiones se trazan líneas enteras sin levantar la pluma. Este hecho causa una escasa definición de las formas y una gran dificultad de la lectura, ya percibida en la época, y que se consideraba popularmente como una argucia de los notarios para cobrar más. Esta escritura va a durar en uso hasta mediados del siglo XVII.
Estas escrituras, la cortesana y la procesal, van a pasar a América, llevadas por la administración castellana.
Las características de la escritura documental castellana en este periodo están divididas entre los diversos tipos:
-                     Letra de privilegios: comienza a utilizarse en el siglo XIII y perdurará con diversas modificaciones hasta el XVI. Presenta como caracteres:
·                    Claro contraste entre los cuerpos de las letras, pequeño, y los astiles, que se elevan y se curvan hacia la derecha en su extremo, mientras que los caídos se curvan a la izquierda, sin prolongarse demasiado hacia abajo: se realiza horizontalmente
·                    Tendencia a la unión de curvas contrapuestas y uso de R redonda tras letra curvilínea
·                    Poco uso de las abreviaturas
·                    Letras bien separadas, casi sin nexos
o                   A de capelo poco pronunciado que forma ángulo recto u obtuso con la línea de escritura
o                   C bien diferenciada de T
o                   D de tipo Uncial
o                   G con la parte superior en forma de círculo y con tendencia a cerrar el caído
o                   R de tipo capital, usada con valor de R fuerte (doble) en posición inicial
o                   S alta que no cae bajo la línea de renglón. A final de palabra se utiliza S de tipo capital
o                   Z en forma de 5

Es una escritura que difiere poco de la gótica utilizada en los libros, por ejemplo en el desarrollo de los alzados y caídos, y es obra de escribas especializados, por lo que a partir de mediados del siglo XIV se queda anquilosada.

Letra de Albalaes: tiene el mismo origen de la letra de privilegios, pero su evolución es hacia formas cada vez más cursivas, mientras que la letra de privilegios se mantiene como elemento caligráfico.
·                    Dentro de cada palabra las letras se unen entre sí, lo cual puede dificultar en ocasiones la lectura
·                    El cuerpo de las letras es pequeño y contrasta con el gran desarrollo de los astiles, tanto alzados como caídos. En este caso el contraste es mayor que en el de la letra de privilegios
·                    El cuerpo de las letras es estrecho en origen, pero a partir del siglo XIV se irá haciendo un poco más ancho.
·                    Los caídos tienen tendencia a subir, buscando la línea de escritura, formando de este modo un trazo paralelo con el fundamental de la letra. Esto da lugar, en el siglo XIII y algo en el XIV, a un ángulo agudo en el extremo inferior de los caídos. Existe esta misma tendencia pero con formas más redondeadas en los alzados.
Esta técnica va a alcanzar su mejor expresión en las letras F y S alta, que sí cae bajo la línea de escritura. Estas letras van a duplicar los trazos, por lo que aparenta que hay dos letras. En el siglo XIII presentan un caído prolongado que puede llegar a la parte superior, pero en el XIV lo que se hace es trazar dos líneas separadas: primero se traza la parte superior y después la línea paralela descendente. Esta duplicación de los caídos de F y S es la característica más llamativa de la letra de Albalaes.
Las letras características son:
o                   La D uncial, cuyo astil vuelve paralela a la línea de escritura para enlazar con la línea siguiente, pudiendo en ocasiones formar ángulo
o                   G con la cabeza trazada en forma de U que cierra en la parte superior, con una línea recta que enlaza con la letra siguiente
o                   R con un caído a veces muy prolongado, o a veces normal
o                   S a final de palabra con doble curva, que a veces adopta forma de Sigma griega, que es la última evolución del trazo
o                   T y C que se pueden confundir. El trazo horizontal de la T rebasa por la izquierda el trazo vertical, y esto ayuda a distinguirlas.
o                   La U y la N también pueden ser confundidas
o                   La Z tiene forma más o menos de 5
o                   La V, es decir, la U angulosa, a principio de palabra, tiene el primer trazo alto y prolongado, pero se distingue de la B en su inclinación de izquierda a derecha.

-                     Letra pre-cortesana: Es un puente entre la letra de Albalaes y la Cortesana, una transición entre los dos tipos. Presenta ya rasgos de la cortesana, sin tenerlos muy acusados, y se distingue de la letra de Albalaes cada vez más. El origen de esta escritura está claramente en una evolución de la letra de Albalaes.
·                    Desaparece la duplicación sistemática de alzados y caídos
·                    Se atenúa el contraste entre los cuerpos de las letras y los astiles, que no serán tan desarrollados
·                    Aumentan considerablemente los nexos o ligaduras
·                    Aumento del claroscuro. Mientras que la de Albalaes no tiene contraste, la cortesana tiene un fuerte contraste
·                    La letra tiende a ser más redondeada y menos aguda. Los caídos se alargan buscando la línea de escritura, pero sin envolver todavía la palabra o la letra completa, como ocurrirá con la cortesana.

-                     La principal característica de la letra cortesana es el alargamiento de estos trazos, que acaban por envolver completamente la palabra, y que en ocasiones tiene sentido de abreviaturas.

La escritura en Castilla en estos siglos es la misma para los documentos cancillerescos y los documentos privados, lo que se debe fundamentalmente a que son los notarios los que escriben ambos tipos, siendo notarios los empleados de la cancillería. Sin embargo, a partir del siglo XIV, va a comenzar a haber una distinción en el sentido de que los notarios particulares irán escribiendo con una letra cada vez más descuidada y cursiva, creando unos tipos que en el siglo XV darán con la Escritura Procesal.

La Cortesana es una escritura que aparece entre 1400 y 1425, perdurando hasta 1525, siendo sustituida en la cancillería por la humanística. La procesal quedará para registros y copias.

Las características más llamativas de la escritura cortesana son:
-                     Es una escritura fuertemente contrastada, con formas redondeadas y con multitud de trazos envolventes, que le dan su aspecto característico
-                     Abundancia de ligaduras, que deforman bastante en ocasiones la forma básica de las letras
-                     Las letras más características son:
·                    A que puede presentar tres formas: Con forma de U cerrada con un trazo recto horizontal que enlaza con la letra siguiente; cerrada por abajo -  y –
·                    La B suele formar lazo para enlazar con la letra anterior
·                    C en ligadura, con el primer trazo vertical inclinado. Liga con la letra siguiente mediante el trazo horizontal (el vertical). Se puede confundir con la T, que hace más o menos lo mismo, aunque en ésta el trazo horizontal sobrepasa ligeramente el vertical
·                    La D forma lazo para ligar con la letra anterior y a veces presenta el ojo abierto
·                    E que en general cierra el ojuelo, y también puede presentar
·                    La F cae bajo la línea de escritura y puede formar lazo en la parte superior o inferior
·                    La G es una letra muy característica que presenta la cabeza en forma de U cerrada por arriba con un trazo recto, ligando con la letra siguiente. En ocasiones, el caído puede cerrar el ojo.
·                    La H acorta mucho el trazo inicial de manera que, en ocasiones, en los extremos más cursivos el caído gira hacia la derecha, pareciendo una F,  o incluso más todavía.
·                    La L, M, N no presentan problemas
·                    La P suele dejar el ojo abierto por arriba, realizándose con un solo trazo, pudiendo entonces cerrarse con otro trazo por arriba o no. También puede tener la forma de 8.
·                    La R en ocasiones cae bajo la línea de escritura y forma un trazo recto, de forma que en ligadura con la T puede parecer una Q.
·                    La S puede también ser de doble bucle cuando es alta, y a final de palabra puede tener forma de Sigma, pudiendo adoptar esta forma también a principio de palabra, ligando por el trazo superior con la letra siguiente.
·                    La T tiene forma normal, pero en ligadura deforma mucho, y es una de las letras que más ligaduras tiene, como por ejemplo con la R.
·                    La U presenta la doble forma que ya conocemos: la forma aguda (V, con valor de U) y la U normal
·                    La Y siempre forma un ángulo
·                    La Z tiene forma de 5


6.3.- La escritura gótica en la Corona de Aragón y el Reino de Navarra.
En el archivo de la Corona aragonesa podemos distinguir dos periodos:

Letra Catalana
Desde el siglo XIII hasta el primer cuarto del siglo XIV: Encontramos la llamada letra “Aragonesa” o bien “letra Catalana”. El nombre de letra catalana se lo dio Francesco Cesare, y es una escritura derivada de las escrituras carolinas precedentes, con claros precedentes en la cancillería con los reinados de Alfonso el Trovador y de Pedro el Católico. Se caracteriza por un acusado contraste entre el cuerpo pequeño de las letras y el desarrollo de los alzados y caídos.
Es una escritura no contrastada, es decir, de trazos finos, y las letras más características son:
·                    Una A de origen carolino que puede aparecer abierta por la base, generalmente con poco o ningún desarrollo del capelo
·                    B con ojo en el astil superior
·                    La C de dos golpes de pluma: uno vertical y otro horizontal
·                    D de tipo uncial que forma ojo hacia la izquierda, con un alzado bastante tumbado
·                    F que puede redoblar el caído en ocasiones, en forma parecida a como lo hacía la letra de Albalaes.
·                    La G es una de las letras más características: tiene la cabeza redonda y un caído que forma una especie de 8 tumbado, original.
·                    La H puede presentar alguna variante, aunque lo normal es que caiga bajo la línea de escritura y se incline hacia la derecha
·                    La K tiene una forma característica, como una L unida a una X.
·                    La M y la N pueden prolongar el último trazo bajo la línea de escritura, e inclinarse hacia la izquierda.
·                    La P puede presentar o bien caído recto, o bien girado formando ojo, al igual que la Q.
·                    La R es una letra recta con el trazo horizontal que a veces tiene una forma parecida a la de X. También puede aparecer redonda. La mayúscula o capital es parecida a la castellana.
·                    La S a final de palabra es capital
·                    La T se puede confundir con la C
·                    La Z puede presentar forma de 3, como en la cursiva moderna.

Escritura bastarda
Esta escritura dura en uso aproximadamente hasta mediados del siglo XV, momento en el que aparece una escritura influida por la bastarda francesa. Se va imponiendo a partir del siglo XV, conviviendo desde el siglo XIV formas básicas de la gótica aragonesa pura y formas híbridas. A partir de mediados del siglo XIV van a desarrollarse las escrituras bastardas. Presenta estas características: 
-                     Es una escritura cursiva que representa una especie de compromiso entre las cursivas documentales y las escrituras librarias, por lo que aplica algunas de las características de la libraria a la cursiva:
·                    Escrituras fuertemente contrastadas, a diferencia de la anterior.
·                    Fuerte tendencia a romper las curvas, convirtiéndolas en ángulos
·                    Es muy característico de estas escrituras un trazado apuntado de los caídos, de modo que son anchos por arriba y apuntados por abajo.

Las letras más características son:
-                     La A de letra minúscula en general
-                     La D que muchas veces presenta el ojo abierto por la izquierda o bien lo quiebra en ángulo
-                     La G es siempre minúscula
-                     La R prolonga hacia la derecha el trazo vertical, y en ocasiones llega a enlazar con la letra siguiente por abajo.
-                     Son muy características también las formas angulosas en las letras.
En este período, además, para los epígrafes e inscripciones públicas se utiliza la minúscula textual libraria, dejando de utilizarse exclusivamente la mayúscula gótica. Esto se aprecia en lápidas, sellos… Esta escritura va a perdurar sustancialmente hasta el segundo viaje de Alfonso el Magnánimo a Nápoles, alrededor de 1440.

Escritura humanística
A partir de entonces va a penetrar en la corona de Aragón la influencia de la escritura humanística, ya extendida entre los círculos cultos de Italia. Esta influencia de la escritura humanística va a actuar de manera que a lo largo del segundo cuarto del siglo XV penetra en la cancillería aragonesa, creando formas mixtas.
Vemos que la letra se hace más abierta, menos compacta, las letras son más redondeadas, y aparecen algunas formas características de la humanística, sobre todo la G de tipo humanístico, que es la misma que la carolina. En esta escritura híbrida, de aspecto claro y redondeado, hay algunas formas que se hacen por asimilación del ductus de la humanística sobre las propias de la cancillería, las cursivas góticas. Esto significa que las letras más similares son las que menos se modifican, y las que se modifican en mayor medida serán las más características. En ella se harán documentos y registros reservándose la “littera antiqua”, la humanística redonda pura, únicamente para epígrafes y títulos.
Esta littera antiqua se utiliza para un tipo de códice particular, el códice humanístico, abundante en las llamadas “biblioteca de Estado”, que crean los príncipes para aumentar su magnificencia. Son códices muy trabajados y caros, con una decoración muy rica pero limitada a la primera página y a la última, y a los principios de páginas y divisiones. Tienen un contenido muy limitado, con obras en latín de destacados humanistas y eruditos. Estos códices se van a concentrar en las bibliotecas de los principies, como la de Módena, la aragonesa de Nápoles…
De esta manera, la escritura humanística penetra en Aragón a lo largo del segundo cuarto del siglo XV, y en la segunda mitad del XV se difunde gracias a la cancillería y de los notarios en sentido descendente, es decir, que primero penetra en la administración central y de ahí va pasando hasta llegar a los escalones más bajos de la administración.
En la corona de Castilla, la escritura humanística entrará relativamente pronto, pero se limitará a círculos cultos o que habían viajado a Italia, y de forma más tardía penetrará también en el uso común.


7.- La edición de documentos y manuscritos.

Bibliografía
ASCOLI, Francesco: Penna, inchiostro e calamaio: gli strumenti per la scrittura e la loro storia = Pens, ink, and inkwells: the history of writing instruments, Torino, Allemandi, 2008.
CARRERI, Maria, SHORT, Ian, NIXON, Christine y STIRNEMANN, Patricia: Livres et écritures en français et en occitan au siècle: catalogue illustré, Roma, Viella, 2011.



[1] Cargo que representaba las funciones religiosas que tenía el rey previo a la expulsión, pero sin poderes ejecutivos.
[2] Una línea va de derecha a izda. y la siguiente de izda. a dcha., imitando el sentido que aran los bueyes.
[3] Denominada así por Elías Avery Lowe