miércoles, 5 de agosto de 2015

Correspondencia administrativa del marquesado de Elche de los años 1695 a 1697, 1699 a 1701, 1703, 1705 a 1707, 1709, 1716 y 1720

Correspondencia administrativa del marquesado de Elche de los años 1695 a 1697, 1699 a 1701, 1703, 1705 a 1707, 1709, 1716 y 1720
Signatura: DIVERSOS-COLECCIONES,177,N.2

30025734 (1)
(Cruz)
Àpoca Die XI mensis aprili anno a nativitate domime MDCLXXXXV.
Sit omnibus notum que don Roch Miralles de la vila de Elig habitador y de present atrobat en la present vila de Crevillent. Gratis et caetera cum presenti et caetera ferma àpoca confesa y en bona veritat regoneix haver haut y rebut de la excelentísima señora duquesa de Avero y Maqueda mi señora vint lliures de moneda del present regne; y son per la pensió que fins en guit de juny de l’any próxim pasat mil sisents noranta y quatre de aquell sensal de quatresentes lliures de prinsipal y de dita cantitat de vint lliures de anua pensió que cascún any fa y respón lo patrimoni de la prefata excelencia caregat sobre dita y present vila la qual cantitat ha rebut per mans de Pau Peres, ciutadà y batle y coletor de dita y

30025735 (2)
present vila en dinés contants a tota sa voluntat et quia et caetera renunsiant et caetera. De quibus et caetera. Actum Crevillent et caetera.
Testimonis Simó Guilabert y Juan Asnar de Gallardo, de Crevillent habitadors.

Thenoris Recepti et manu aliena abstraxi ego Baptista Mas de Candela, notari et infidem. Si(signo)nam


30025736 (3)
Tomada la rasón folio. 16.


30025737 (4)
(Cruz)
Àpoca Die IIII mensis aprillis anno a nativitate domini MDCLXXXXVI.
Sit omnibus notum que don Joan Batiste Berardo, domicilat en la present ciutat de Alacant en nom de procurador de don Bernardo Berardo son fill consta de la procura ab acte rebut per lo quondam Beltrán Campo notari sots cert calandari dicto nomine gratis et scienter et caetera cum presenti et caetera confesa y en bona veritat realment y en constants y a tota sa voluntat dels justícia, jurats y síndich de la vila de Crevillent qui són absents et caetera y per mans de Pablo Peres, batle y procurador de dita vila, cent trenta y set lliures y deu sous de moneda reales de València les quals són per la penció que finí en lo darrer

30025738 (5)
de de hombre propassat del corrente añy contant a nativitate domini en aquell consol que tots añys sol y acostuma respondre en dit termini et quia et caetera renuntiavit et caetera. Actum Alicantis et caetera.
Testes Cosme Ros y Lazaro Vila, sastre, de Alacant habitadors.
Thenoris Recepi Guilielmus Franciscus Campus notarius publicus et in fidem sig(signo)num.


30025739 (6)
(Cruz)
Àpoca fermada per don Joan Batiste Berardo a favor de la vila de Crevillent, de 1.375 reals.

Tomada la rasón foli 12.


30025740 (7)
(Cruz)
Pablo Pérez, ciudadano, bayle y colector de mi villa de Crevillente de los marquesados de vuestro cargo daréis y pagaréis a don Bernardo Berardo un mil trescientos setenta y sinco reales moneda de ese reino por la pención de el año 1695 de un censo de 2.750 libras de principal inpueto sobre dicha mi villa de Crevillente que con esta libranza y su carta de pago haviéndose tomado la razón en esta mi contaduría mayor y en la de mi villa de Elche mando se os pasen en quenta. madrid, febrero doze de [mil] seiscientos y nobenta y seis.
(rurbica)

Tome la rasón Tomó la razón, folio 12
Pedro Miguel (rubrica) Juan del Pilar (rubrica)

Vuestra excelencia se sirve mandar librar sobre el colector de Crevillente a don Bernardo Berardo 1.375 reales por la pención del año 1695 de un censo de 2.750 libras de prinsipal inpuesto sobre dicha villa de Crevillente.
Abonada a número 51

30025741 (8)
(Cruz) Número 24
Àpoca Die nono mensis maii anno a domini MDCLXXXXVI.
Antoni Almela de la present vila de Elig habitado en nom de procurador que es de doña Orsenia Ortis viuda del quodam don Juseph Vayllo de Baños de la ciutat de Alacant y aquella usufructuaria señora y poderosa de tots los bens del dit son marit segons que de la procura consta in aliis tenint per aquella et caetera. Gratis et caetera cum presenti et caetera confessa y en bona veritat regoneix haver agut y rebut de la señora duquesa de Aveiro y Maqueda mi señora y per mans de Pau Peres, ciutadà, bayle y coletor de les rentes de sa excelencia en la vila de Crevillent absent et caetera quinse lliures moneda del present

30025742 (9)
regne en dinés contants et caetera y son per una penció de un sensal carregat sobre dita via que tots añys et caetera y respon a dita sa prinsipal com a tal usufructuari y per la que feni en fi de dembre propasat mil siscents norant sinc et quia et caetera renunciavit et caetera e per memoria et caetera otorga et caetera de quibus et caetera actum elig ut supra.
Testes presents Antoni Mollà y Juan Batiste Gavara, tafataner de Elig habitadors.
Thenoris Ignorum fidem ego Didacus Agulló notari signa(signo)ni


30025743 (10)
(Cruz)
Àpoca de dona Cresentia Hortis deste año 1696 de cantidad de 150 reales.
Tomada la razón folio 148 y 25.

30025744 (11)
(Cruz)
Pablo Pérez, ciudadano, baile y colector de mi villa de Crevillente de los mars(?) de vuestro cargo daréis y pagaréis a la usufructuraria de los bienes y herencia de don Josep Vaillo de Llanos siento sinquenta reales moneda de ese reino por la pención de 1695 de un censo de 300 libros de principal impuesto sobre dicha villa de Crevillente que con esta libranza y su carta de pago haviéndose thomado la razón en esta mi contaduría mayor y en la que reside en dicha mi villa de Elche mando se os pasen en quenta. Madrid, febrero doze de [mil] seiscientos y nobenta y sies.
(rubrica)

Toma la razón Tomo la razón folio 148
Pedro Miguel (rubrica) Juan del Pilar (rubrica)

Vuestra excelcnia se sirve mandar sobre el colector de Crevillente a la usufructuaria de los bienes y herencia de don Joseph Llanos siento sinquenta reales por la presente de 1.695 de un censo de 300 libras de prinsipal impuesto sobre dicha villa.
Abonada a número 44

30025745 (12)
Tomada la razón folio 25 y 148


30025746 (13)
Àpoca Número 23
Die X mensis maii anno domini mDCLXXXXVI.
Jusep Boix, notari de la vila de Asp atrobat en la present vila de Elig en nom de procurador que es de don Thomàs Soler de la ciutat de València y aquell benifeciat del benifet fundat en la parroquial yglesia de Senta María sots invocació de noestra señora de la Asumpció segons de la procura consta in aliis tenint per aquella et caetera gratis et caetera cum presenti et caetera confesa y en bona veritat reponeix haver hagut y rebut la excelentísima señora duque de Aveiro y Maqueda mi señora y per mans de Pau Peres, cituadà, bayle y colector de les rentes de sa excelencia

30025747 (14)
en la vila de Crevillent absent et caetera set lliures y deu sous moneda del present regne en dinés contants et caetera y són per una penció de tres diferents sensals carregats sobre dita vila que tots anys se acostumen respondre a dit benificiat y per la que feni en fi de dembre propasat mil siscents noranta y sinc et quia et caetera renunciavit et caetera et per memoria et caetera otorga en dit nom et caetera de quibus et caetera actum Elig ut supra.
Testes presents Batiste Mas, notari de Crevillente atrobat en Elig y Jusep Espí, de Elig.
Thenoris In quorum fidem ego Didacus Agulló, notari, reseptor signa(signo)ni


30025748 (15)
(Cruz)
Àpoca Crevillent, de nuestra señora de la Asumsión de 75 reales.
Tomada la razón folio 145 y 34.


30025749 (16)
Número 38 año 1699
Fábrica de nuevo orno. 75 libras


30025750 (17)
Número 38 año 1699
Fábrica de nuevo orno: 75 libras


30025751 (18)
(Cruz)
Por quanto en la villa de Planes solo hay un orno de pan coser que según a cresido la vesindad no es bastante para que pueda abasteser a todos sus vesinos lo que les tiene con algún desconsuelo y necesitar presisamente de otro orno, lo represente quando estube en Madrid, a mi señora (que Dios guarde) y su excelencia fue servido de conformarse en que se hiziese, para que sus vasallo tubieran este alivio y su patrimonio esta nueva regalía más; doy orden a Carlos Andrés generoso, bayle de dicha villa para que le mande fabricar por quenta y dinero del arrendamiento de dicha varonía y por quanto dicho Carlos Andrés a representando que la cassa de las prensas no sirve tres o quatro años ha porque haviéndose demolido la pena en donde estrivavan y cargavan dichas prensas se procuraró aondar asentarlas y descubriró floxedad de terreno y umedad que pudre la madera de ellas, podrá dicho bayle, supuesto es cassa capas para el horno, disponer que se fabrique allí la olla, lo que traerá menos gasto; y las dos prensas del remolido mandarlas pasar la una a la almasara de dicha villa y la otra a la almasara de Almudayna asentándolas con varas de yerro como se practica, y desta conformidad se alivia al patrimonio de su excelencia de gran parte del gasto que trahería el fabricar casa para el nuevo orno y las presnas quedarán asentadas en la parte de más utilidad y beneficio al patrimonio por la conbeniensia de los que

30025752 (19)
las han de arrendar o fabricar el azeite en ellas, encargando a dicho bayle el cuidado que acostumbra de no permitir si lo presiso en dichas obras como se espera de su zelo. Valencia, a 10 de abril 1698.

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)


30025753 (20)
(Cruz)
Die XVII mensis decembris anno a nativitate domini MDCLXXXXVIIII.
Sit omnibus notum que Antony Llorens, obrer de la vila de la univerçidad de Beniarras habitador atrobad en la present vila de Planes gratis et caetera cum presenti sia confessa haver hagut y rebud de Carlos Andrés, generós, arrendador de les rentes a señyoria per l’añy en en la present baronia la cantitat de sexanta y sinch lliures reals de València per consemblants cantitats en que li fonch lliurat lo estaill de la obra del forn que de nou se a fet

30025754 (21)
en la present vila en lo present mes, lo qual es tall li fonch lliurat ab acte rebud per lo notari infrascrit en quinse de agost propossat a tota sa voluntat perquè renuncia a la non numerata pecunia omni exeptioni et doli et caetera actum Planes et caetera.
Testes Blay Alberola escrivent y Miquel Servera laurador de dita vila habitadors.
Thenoris In fidem ego Hieronymus Llopiz notarius pono sig(signo)num.


30025755 (22)
(Cruz)
Àpoca firmada per Antony Lorens a favor de Carlos Andrés de cantitat de 75 lliures.
Paga 2 lliures


30025756 (23)
(Cruz)
Memoria de las tierras nuevas que diferentes particulares vesinos de esta villa de Elche han desmontado de realenco en el término de la villa con nota de las taulas poco más o menos que cada uno posehía y en que partidas a quienes se les ha mandado no labren y paguen los terrajes.
P
Partida del Llano
rimeramente en la partida del llano en tierra de labra don Diego Ruis se ha allado que este a la parte de la tremontana ha desmontado a la parte de la tremontana y ensanchado a qual unos |24 taullas| quatro jornales poco más o menos que serán taullas unas veinte y quatro y |y las tiene sembradas de sevada| se les ha mandado a Diego Ruissu procurador no labre aquellas en pena de veinte y cinco libras y que pague los terrajes por los años que las ha tenido sembradas y ha dado por |o de| fiador de dichos terrajes al maestro Juan Fauquet.
Don Diego Ruis a la parte de la tremontana un bancal que tiene saco de realenco 24 taullas poco etcerter sembradas sevada se mandó a Diego su procurador que no labra aquellas en pena de 25 libras pague terrajes o de fiador que asegure el qual obedeciendo dicho presepto dio por fiador a Juan Fauquet.
Francisco García con lisencia de 21 de henero 1704 13 taullas ¾ en dicha partida se le permitió con licencia continuas por auto posesivo en vista que la villa pretendía sersalos los realencos.

30025757 (24)
Otrosí el dicho dos pedasos 13 taullas se le permitió.
Otrosí Diego Heredia mayor con la misma lisencia 4 taullas ¼
Otrsí Damián Gras 5 taullas ¾
Otrosí Antonio Bernal 9 taullas 3/8
Otrosí Francisco Hernandes 5 taullas 5/8
Otrosí Josep Peral 3 taullas 3/4
Su memoria se siguen
Se sigue la memoria del número 1
Pedro Estaras 26 taullas ½
Antonio Galiano en 20 maio 1705 se alló 27 taullas tierra senbrado part trigo parte sevada se la mandó.
Antonio Galiano 27 taullas pocos parte de sevada
Estevan Galiano 15 taullas sembrados de sevada
Mathu Asnar se dise Carlos Galiano 9 taullas sembrados 6.
Bartolomé García 5 taullas poco.
Joseph Pasqual 3 taullas poco sembrados trigo.
El dicho otro pedaso de sierra parte labrado.
Josep García 8 taullas las 5 taullas de trigo.
Alonso García 13 taullas y declaro que con su licencia que Juan Dias, Antonio Bernat de la buena y se les mandó.
Juan Fuentes 4 taullas sembradas.
Josep Gaiano 7 taullas.
Bartolomé García en tierras de Alonso 4 taullas poco.
Josep Casa a sacado un bancal y se a mandado.

Partida de Matola
Josep Esteve 20 taullas
Se siguen los número 2. Partida del molino nuevo
En asienda de Diego Martines seallado 12 taullas se a mandado de sus herederos.

30025758 (25)
Laureano Bru 20 taullas
Vicente Gonsalbes 30 taullas
Francisco Guilabert declara 6 taullas la meta sevada se le mandó.
Juan Pareja 50 taullas Damián Pomares unos pedasos que antiguamente sacaron de realenco
Josep Gil 10 taullas Juan Torres de Barseló 9 taullas que parese que en otros tiempos se sacaron de realenco.
Tomás Baesa 10 Francisco Sempere 4 taullas
Nofre deudor Berenguer 15 Gaspar Maciá 1 taulla
Vicente de Bautista Llopis 5 taullas Diego Bono 6 taullas
Alexandro Gonsalbes 15 taullas

Ginés Soler 10 taullas
Pedro Vicente Lorma 5 taullas
Gregorio Gonsalbes 10 taullas
Gaspar Bas 10
Ginés Sanches 7 taullas ½ sembrados sevadas.
Don Bautista Roselló 10 taullas
Josep Peres 5 taullas

Partida de Almacil y pantano
Miguel Maciá de Serrano 7 taullas
Carlos Baldos 6 taullas
Vicente de Juan Molina 5 taullas
Antonio Lopes 20 taullas
Bautista Marties 6 taullas
Josep Borreguero 5 taullas y dise lo tiene establecido
Martín Tarí tres
Juan Ximenes 5 taulla
Agustín Pomares 2 taullas o 3 taullas se le mandó.
Josep Alonso Casanova 10 taulas.

Partida del molar
Estevan Box 15 taullas
Pedro Torres 2 taullas
Ginés Maestre 6 taullas
Tomás Torres 36 taullas

30025759 (26)
Josep Gonsalbes, 5 taullas

Altabix
Joan Belda allado de lo de Vicente Pomares 2 taullas de le mandó.
Vicente Pomares unas 40 taullas y quien dise que la casa y corra que tiene en su asienda está edificada en tierras realencas.
Josep Guilló a labrado 8 taullas.
Francisco García 18 taullas parte trigo.
Gregorio Sanches orilla de su asienda 10 a 12 taulla se la mandó.
Bruno Argent 6 taulla se la mandó.
Christoval Anton 9 taullas.
Christoval Benavent 29 taullas poco están sembrados parte trigo y sevada.
Ginés Soler 9 taullas.
Juan Marco 15 y cosa de nueve tendrá trigo.
Herederos de Antonio Macía 9 taullas.

Jubalcoy
Josep Soler 5 taulas sembrados sevada se la mandó.
Josep Mirales de Gomis 6 taullas.
Josep Masiá 10 taullas.
Josep Martines 12
Antonio Pomares 12 taullas parte de sevada se la mandó.
Blas Agulló 24 taula parte sevada se le mandó.
Vicente de Roque Vicente 12 taullas se le mando.

Torre del Llano
Don maestre 10 taullas se le mandó.
Geronimo Brotons 12 taulas se le mandó.
Gaspar Sansano 2 taullas se le mandó.
Bautitsta Agulló de Alicante 12 taullas: 8 sevada, 3 trigo.
Vicente Urios 24
Josep Agulló 40 taullas
Josep Pastor 12 taullas
Francisco Fenol 2 taulas sevada
Jayme Alamo 2 taullas
Jacinto Soler 3 taullas
Miguel Ángel Quiles 3 taullas

30025760 (27)
Vicente de Blas Quiles 9 taullas se la mandó.
Geronimo Gaillo 1 taulla se le mandó.
Josep Tari 20 taullas se le mandó.
Ginés Soler de Bru 13 taullas: una trigo se le mandó.
Martín Segura 6 taullas se le mandó.
Josep Marco 1 taulla.
Pablo Ruis 11 taullas.
Joachin Ruis 6 taullas se le mandó.
Francisco Alamo 16 taullas.
Diego Pomares 12 taullas se le mandó.

Partida de Martino Coscollosa, cañada de Mas Baltasar
Thomás Valero 24 taullas
Juan Lops 6 taullas parte sevada se le mandó
Josep Blasco 6 taullas.
Miguel Pomares 50 taullas y aviendo comparecido declaró heran 6 taullas y que las demás heran bancal antiguo y se le mandó no continuan mientras sin justificarlo Pero Rus 12 taullas se le mandó.
Ginés Sanches 3 taullas sevada.
Vicnte Pomares 25 taullas.
Vicente Sanches 7 taullas.
Miguel Ángel Sempere 2 taullas.
Josep Jaén 2 taullas.

Partida de Valverde y sierra del puerto
Vicente Martines 8 taullas 6 sevada.
Pedro Aloman 10 taullas se le mandó
Martino Sempere 5 taullas
Vicente Campello 2 taullas
Don Severino Quirant 12 taullas
Vicente Fuentes, dies
Geronimo Yvarra 3 taullas.
Bautista Pareja 2 taullas.
Francisco Pareja 2 taullas
Francisco Sempere 60 taullas
Josep Saride Guilabert 10 taulas
Siguen a Sacereano Bru 20.

30025761 (28)
Testimonis donats e produits per part de Joseph Cremades familiar del Sant Ofici de la Ynquisició en nom de administrador de sobre la pretensió que porta ab lo procurador fiscal a la present vila y varonia de Asp.
Die XIX mensis januarii anno a nativitate domini MDCLXXXIX.
Franses Coloma major de la present vila y varonia de Asp, vehí y habitador de hed[...] o meñys dix ser de huitanta añys [...] nostre señor Deu inform[...] iuris [...]us virtute et caetera.
Fonch interrogat et caetera.
E dix que ell testmoni esta en bona memòria de que en lo añy mil siscents setanta tres al temps que rebia los cabreus Crespan Vicent Pujalt, vinguè a cabrevar y al temps de fer el regoneixement de les refaccions refusà el cabrevar y regoneixer tres refaccions y de el Alguasta per dir aquell que no les poseheia y que sempre que le donasen la terra de elles regoneixeria el satisfer y pagar lo pecho anual a lo qual com se trobas present lo aporta Gaspar Pujalt

30025762 (29)
de Asp vehí y habitador de hedat que dix ser de sinquanta y sinch añys poch més o meñys testimoni et caetera el qual jurà a nostre señyor Deu informa iuris et caetera cuius virtute promissit et caetera.
Fonch interrogat et caetera.
E dix que ell testimoni està en bona memòria de que en lo añy mil siscents setanta tres al temps que estava rebent los cabreus crespan el quondam Vicent Pujalt vinguè a regoneixer lo seu cabreu al present tribunal al temps que es trobava també present el capità Gaspar Pujalt germà de dit Vicent y batle que era en la dita present vila y al temps de fer lo regoneximent dit quondam Vicent Pujalt repugna el regonexier tres refaccions, cituades en la partida de la Alguasta per dir no les posehia e com insistire, dit Gaspar Pujalt en que les regoneguera que ya se li buscaria la terra perquè dit Vicent Pujalt es resistia una y moltes voltes a fer regonexment dits quondam Vicent Pujalt y Gaspar Pujalt es travaren de perduts y de ello resultà que al dit Vicent Pujalt dit batle son germà el manà s’en anara pres y per haver-se interpost persones celoses de la pan-

30025763 (30)
sospengueren dita execució y precisaren al dit Vicent Pujalt el que reconeguera dites tres refaccions ab protestació que este feu de que per part de el patrimoni se li havia buscat la terra de aquelles lo qual de comú acord quedà el que fes lo [...]eximent dit Vicent Pujalt en la forma supra referida. Tot lo qual dix saber ell testmoni per haver-se trobat present en dita ocasió seguns supra ho se referit y haver pasat en sa presencia del modo y forma que té espesificat. E açò et caetera fui sibi lectu et caetera y ninchum et caetera et preseravit et caetera y ho ferma de la sua [...]ma y lletra.
Francisco Miralles no pot

Rexistrat Josephus Boix, notarius escriva (rubrica)


30025764 (31)
sospengueren dita execució y precisaren al dit Vicent Pujalt el que regoneguera dits tres refaccions ab protestació que este feu de que per parte de el patrimoni se li havia de buscar la terra de aquelles, lo qual de comú acord queda el que fes lo [...]eximent dit Vicent Pujalt en la forma supra refeerida toto lo qual dix saber ell testimoni per haver-se trobat present en dita ocasió segons supra [...] té referit y haver pasat en sa presencia del modo y forma que té espesificat, e açò et caetera fui sibi lectu et caetera y niunctum et caetera et perserverati et caetera y ho ferma de la sua ma y lletra.

Francisco Miralles, no pot
Registrat Josephus Boix, notarius et scriva


30025765 (32)
(Cruz)
Mano de decretos y facultade dadas en virtud de órdenes de la Cassa de su excelencia assí a las villas como particulares para tomar sensos y cambios.
Memorial de la villa de Aspe a su excelencia para el remdio de los perxuicios que sentía sobre los 8.000 ducados que tiene dicha villa de diferentes particulares y sirvieron para el excelentísimo señor duque don Jorge de a aquella se le cargavan sus penciones y de ellos resultó la concordia otorgada entere la villa y su excelencia en 31 enero del año 1668 en la ciudad de Valencia aprovada por su [...] Audiencia por la que quedo de cargo de su excelencia pagar sin[...] partes de sis de dichas penciones y propiedad en casso redimirse y la sexta parte la dicha villa.
Parte de las quentas de Geronimo [...] colector de Elche.
Relación de los valores, salarios y gastos y lo que quedo líquido en el año de 1669 en la baronía de Aspe.
Resultas que Geronimo Pastor cargó a los vasallos en el año 1641.
Razón de pagos de sensos del año de 1618.
Razón de pagos de sensos desde el año 1668 hasta el de 1673.
Razón de valores de las rentas de Elche, Aspe y Crevillente.
Cuenta fenecida de las cantidades comprehen-

30025766 (33)
dudas en las sesiones hechas por su excelencia a favor de don Juan Enrique de Guzmán.
Relación de los valores de rentas de la villa y universidad de San Juan de la villa de Elche del año 1677.
Cuenta de Miguel Andrés de la baronía de Planes su arrendador en el año 1676 y rasón de los valores de las rentas de Aspe desde el año 1671 hasta el de [16]76.


30025767 (34)
(Cruz)
Madrid, enero 8 de 1700

Don Alonso de Gusman


30025768 (35)
(Cruz)

Haviendo executado felizmente mi arrimo a esta Corte encontré la carta de vuestras mercedes en que continuándome la fineza que siempre les reconozco me ofrecen vuestras mercedes el buen anumpcio de las Pasquas que con iguales veras a deseado mi afecto logren vuestras mercedes muy gustosas y apreciaré que en todos tiempos y a qualquier distancia le excruten vuestras mercedes en quato les pudiere servir. Dios guarde a vuestras mercedes muchos año. Madrid, a 8 de henero de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su mayor sevidor

Don Alonso de Guzmán (rubrica)

Señores sitiada de la villa de Elche


30025769 (36)
(Cruz)
Valencia, Crevillente 14 de 1700

El procurador general


30025770 (37)
(Cruz)

M
Remito las letras las queales podrán vuestras mercedes notificar en gran paz sino que aia que hazer otra cosa
uy señores míos remitod a ustedes el parezer del doctor Vicente Sanchis sobre la paga de la aduana de los extrangeros tasados en esa villa con que ustedes podrán seguirlo para el mejor logro de la administración y acreditar su renta pues se halla en tan mala reputación por culpa de los arrendadores pasados.
La prisión de Joan Gomis se encargará al vaile y por esa echo fuga vuestras mercedes executarán las fianzas assí porque lo presente como para las penas de la contravención embargándole y vendiéndoles los bienes sin perdonar con dinero y sino son abonados el que las recibió pagará.
En esa villa ai una muger llamada María Llopez cuia casa sirve de teatro para muchas sorprezas a que esa justo haver puesto la mano y porque no se continuen tantas maldades como se executan dispondrán vuestras mercedes que se ponga en casa de alguna otra parienta honrada pues tiene muchos donde poder estar, y assí allí no procede como debe le admitirán vuestras mercedes de que la venderán de la tierra.
So io se puede formaré el despacho para intimar el que acerado la salbaguardia lo remitir en esta sino era irá decurso que viene que aora fuera sin falta sin que Ybañes en cuio nombre se pidio como puede quede muriendo y por evitar contingencias a sido preciso hazerlo en nombre de nuevo procurador a quien es atribuido ad lites que se llama Vicente Guil, quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia, enero 14 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz (rubrica)


30025771 (38)
(Cruz)
Valencia, enero 21 de 1700

El procurador general


30025772 (39)
(Cruz)

Muy señores míos ya supongo de que las letras sobre la salbaguardia estará notificada , los quales me bolberán usted quedándose con una copia en la contaduría para tener ropa del despacho y con esta diligencia se havrán desengañado los que sin que ni para que solo por tener los ánimos movidos echaban vozes de que los executariales estaban errados que todo se quedaba como estaba y que nada se havía ganado pues siendo esto un desatino que occupara soñado que era grande no faltaba quien dirá a senso.
En las penas contra José Gomis y en las demás diligencias para evitar puados(?) escandalos no cesarán vuestras mercedes en el negocio de María Llopis se aplicaran ustedes sino diera motivo no se hallará delatada y no es por carta sin firma sino de persona bien conozida. Dios guarde a nuestro señor muchos años como deseo. Valencia, enero 21 de 1700.
Beso las manos de ustedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025773 (40)
(Cruz)
Valencia, enero 28 de 1700

El procurador general


30025774 (41)
(Cruz)

Muy señores míos recibo las letras que se insinuaron a la villa sobre la abolición de la salbaguardia alegándome de que con tanta pazse hiziese y que con ellas aian acabado de creer de que pronto mira a pleito y sus dependencias feneció, el escribano hizo mal de haver recibido respuesta alguna que me sea protesto ni a indemnidades porque este género de despachos del rey no admiten sino la obediencia y solo por esto se podía sacar una multa pero no importa nada contra Joan Gomizz y sus fianzas adelantarán y cobrarán a vuestras mercedes como tanbién en quanto a María Llopez le notificaron que pase a vivir con una de las parientas pues tiene algunas mui honradas que pues a tambien conserba entrados de los frailes que vuestras mercedes me dizen no será para estar en cracia y quien malas mañanas a tarde ocurren los perderá y es menester quitar la ocasión de raíz no dexándola en su libertad.
La atención con que Salbador Cuquilla a prcedio mereze toda buena correspondencia y assí vuestras mercedes le admitan la plática de composición y pertándose con toda benignidad ajusten los derecho de forma que puede gustoso porque diziéndome vuestras mercedes que en quanto propone no varía en la substancia en cosa alguna del caso que propusiera sobre que el doctor Sanchiz embió su parezer se mereziere en el mesmo dictamen. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia, enero 28 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025775 (42)
Aspe, enero 30 de 1700

El justicia

Ygnacio Gumiel, justicia


30025776 (43)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. Doi cuenta a vuestras mercedes como anoche corriendo las onse me retiré de rondar a mi cassa y de allí a cosa de media hora vino el ministro y me dijo que Antón Pastor se havía salido de la carcel, y dise que tan presto como a mi me dijo en casa se fue a la carrcel y que dicho Antón le dijo que se sirviera de hir a su cassa y traerle un poco vino porque havía senado abadejo y le havía ocasionado gran sed, lo qual hiso el ministro y se detuvo cosa de media hora y quando bolvió ya no le halló en la carcel y tampoco como me avissó fue a la carcel con el escrivano y testigo y se halló la puerta de la carcel cerrada con llave y que havían quitado un listón de enmedio por donde podía entrar y salir fácilmente un hombre y entrando se halló que la puerta de más adentro que estavan cerradas con dos cerrojos y estos estavan arrancados por fuera y la manesilla del uno rompida con que se [...] haverles arrancado con gran violencia por donde se halló que con el candil havían c[...]do los barrones a donde estavan las puntas de los clavos para que ablándasen, de todo elllo he mandado recibir auto y a Francisco Pastor y Aparicio García les he mandado

30025777 (44)
por tenerle afiançado que en pena de mil ducados no se salgan de la presente vila sin orden mía; esto es quanto por aquí sucede y se ha obrado, vuestras mercedes me digan lo que me queda que hazer que estoi prompto a ponerlo en execución. Advirtiendo a vuestras mercedes que quano yo entre justicia esté preso le halle en las carceles y a mí no se me ha hecho entriego de él. Dios guarde a vuestras mercedes muchos años. Aspe, enero 30 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más apreciado servidor


30025778 (45)
(Cruz)
Valencia, marzo 18 de 1700

El procurador general


30025779 (46)
(Cruz)

Muy señores míos aunque no havía salido de cassa ino es a misa y ser ayer el día terrible luego que recebí su carta de vuestras mercedes pase a verme con don Francisco Descalz porque el señor virrey por estar indispuesto no puede dar práctica a negocios y como ninguno mejor que este cavallero está enterrado de los desaciertos y atropellamientos de Baltasar Malla con pocas palabras le puso en todo el negocio pues con asentar que es agora lo mesmo que siempre ha sido, se asienta también que se deve remover de ese lugar como lo han hecho los señores virreyes y Audiencia, pusele en su mano toda la quietud de esa República que estubiera en el pronto remedio de apartar ese hombre de hay haziéndole bolver a Origuela, dixeles también que aunque no se me como día que por los ministros de mi señora se podía también dar providencia

30025780 (47)
pero que elegía aquel camino por ser negocio empeçado y por govierno en que no havía más que continuar el orden antiguo de la mesma Audiencia que es más breve y el nuestro más largo, ofrecian el desempeño de todo en este mesmo correo y confío que se ondrá de raíz sobre que no levantare la mano para cortar el illo a las hostilidades de ese hombre, las quales no se pueden çufrir ni un instante, y así vuestras mercedes pongándse con el valor a ellas y desagan los agravios y ofensas que hiziere en el interin que solo pone la mano para quitarle del puesto.
Respeto de Juan Gomiz quanto antes les pasarán vuestras mercedes a esas carceles le concluirán el proceso y les sacarán las penas que ha incurrido sin perdonales un dinero y para las arbitrarias se consultará a mi señora porque su gran paciencia está irritada en vista del escandaloso vivir de este hombre.
Respeto del ajuste con Salvador Cuquilla y Francisco Reynau sobre los drechos de la aduana conozco lo mesmo que

30025781 (48)
v
El propio de la villa está despachado desde el martes en la noche pero oi ha venido diziéndome que no viene en que volverse porque los procuradores de la vila no le entregan los papeles con que está detenido se ha comido el dinero y que le diera para bolberse me pidio fuera darle seis sueldos que con los probechos que yo tengo a estos agenios y assí cobra los ustedes no quede yo condenado en costos.
uestras mercedes que es impracticable saber lo que estos hombres venden como también el que aunque lo quiera pasar por el punto del registro vendrá a salir la quenta aún en menor cantidad de las diez libras que ofrecen y por esto sin duda los arrendadores se ajustaron con ellos por cinco o seis libras y así como vuestras mercedes puedan ajustar en las 20 libras lo tendré por buen negocio y aunque no sean tantas sino cuatro o seis menos no me parece que se deve despreciar pues no es mala administración que el adelantar la mitad más o dos mitades más que no lo que sacavan de los arrendadores, quando ninguno se presume haze gracia conpredida de su hazienda.
Al señor virrey no he visitado por mi enfermedad con que no he sabido el paradero de la consulta que vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y marco a 18 de 1700.
Beso las manos de vuestra mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025782 (49)
(Cruz)
Madrid, marzo 25 de 1700

El procurador general

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025783 (50)
(Cruz)

Muy señores míos asta ayer no pude ablar con el señor virrey por su enfermedad y fue ligergamente porque esta de convalecencia más porque no se olivasen las coasas Baltasar Malla lo dexe en membrete remitiéndome a lo que don Francisco Descalz informará con que fió que brevemente se pondrá remdio por govierno con que vuestras mercedes refrenarán sus atentados.
Hizieron vuestras mercedes muy bien de traer preso a esa torre a Joan Gomis despreciando las representaciones del bayle pues en causa que está radicada y pendiente ante ese tribunal que es superior no pudo el admitir presentaciones con pactos como ni tampoco aunque fuera causa privativa de su tribunal, siendo el negocio de la naturaleza que es y deve saber que es descrédito de la justicia el entrar en semejantes tratados no en balde dezía el buen hombre

30025784 (51)
que lo tenía ajustado y así vuestras mercedes dispongan adelantar el proceso sentenciar la causa y sacarle las penas en que aya incurrido asta un maravedí porque la desverguença de su obrar no merece remisión.
Sobre Ripoll y Torres ablaré al señor virrey porque no suceda algún rompimiento de las carceles.
Raro caso es el del cadaver hallado junto a la hermita de San Antón de orror el ablar de tal materia y mas si su hermano le ha muerto pero de qualquier manera que aya sucedido es formidable y mucho más el ver en ese lugar tan continuado derramamiento de sangre sin dar satisfación ni a la diurna, ni humana justicia esto me tiene con suma melancolia y mi señora no dado que al aberlo se estremezc y así vuestras mercedes procuren el que demos alguna satisfción obrando algo que pueda serlo que por entero es imposible.
En quanto la administración del agua que viene de villa no han tenido fa-

30025785 (52)
cultad ni la tienen los jurados para señalar salarios ni para sí nipara el pantanero porque esto es privativo del principal y jamás porque en la Repúblia se augmente algún miembro de hazienda no acostumbra a sus officiales el dar salarios ni augmento de ellos porque su administrador viene en consequencia del officio el qual tiene por carga nativa el regir y governar todo lo que pertenezca a la adminitración de la República, crezcan o decrezcan sus administraciones porque en l[...]astanica siempre es una mesma solo en caso que sea necesario hazer alguna diligencia que acarré gasto o trabajo inmoderado fuera del ordinario le permite señalar aquella dieta precisa que corresponde al trabajo o gasto del día, pero no más y así vuestras mercedes entendidos de esta materia podrán prevenir y advertir a los jurados de la villa que se abstengan de llevar ni pagar salarios por razón de esta administración porque lo pagarán de

30025786 (53)
propios y de lo que así vuestras mercedes les previnieron. Recibirán auto con protesto y lo guardaran en el Archivo para su ocasión quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años. Valencua y marco a 25 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)


30025787 (54)
(Cruz)
Aspe, marzo 24 de 1700

Los ministros
Respondida que a los de la lista no les molesta por pobres que a los que tienen muebles y an echo en blanco que se deven escrivir y que en razón de las ofertan que se deven hazer de aquello que puede frutar la diligencia


30025788 (55)
(Cruz)
Señores de la citiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. Por ocasión de estar haziendo el coletor las diligencias jurídicas para la cobrança de los pechos hemos reconocido el libro de colecta y entre los nombres que deven hallamos algunos que nos parece ser las diligencias infructuosas segun vuestras mercedes verán por la memoria adjunta por no reconoceres medios para poder pagar.
También hay algunos enphiteutas que quando se les va a hazer execución responde en blanco vuestras mercedes nos digan si hemos de embiar certificatoria del cabreve para hazer ofertas, y si estas se han de hazer, en días passados el coletor embió una memoria que sobre los contenidos en aquella embiaremos algunos más.
Esto es quanto se nos ofrese y suplicamos a vuestras mercedes nos digan que deveremos executar sobre lo que llevamos expressado pues nuestro ánimo es solicitar el acierto que no podemos conseguir sin el sentir de vuestras mercedes
Dios guarde a vuestras mercedes muchos años. Aspe, março 24 de 1700.
Besamos la mano de vuestras mercedes
Sus más apreciados servidores

Luis Esquerdo y Esquerdo (rubrica)
Juan Beltrán (rubrica)
Francisco Coloma (rubrica)
Joseph Boixa (rubrica)


30025789 (56)
Carlos Botella 35 reales 11
Ysabel Peres Bonorino 32

Pedro Avellán 113 10
Geronimo Bevia menor 6 10
Joseph Terol 35 13
Joseph Alenda Consejero 62

Menores de Juan Botella 21 4
Juan Miralles de Uchel 61 16
Juan Bautista Donoso 13

Jayme Gomes 17 4
Viuda de Luis Castelló 136 15
Miguel Erades 60

Ynocencio García 13 6

30025790 (57)
(Cruz)
Crevillente, 29 marzo 1700

La villa


30025791 (58)
(Cruz)

Mui señores míos haviendo imbiado nuestro síndico para que representase a vuestras mercedes las nesessidades de esta villa nos traxo por repuesta que hisieramos memoria dentro de tres o quatro días y que vuestras mercedes lo comunicarían y nos responderían sobre ello. Acordamos a vuestras mercedes nos favorescan en quanto pudieran pues es bien notaria nuestra suplica quedamos para servir a vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente, marzo 29 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Silvestre Juan, justicia
Bautista Lledó, jurado
Bartolomé Martines, jurado
Bautista Planillas, jurado

30025792 (59)
(Cruz)
Aspe, junio primero de 1700

El bayle y demás ministros


30025793 (60)
(Cruz)
Señores de la citiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. En vista de que el tiempo está adelante y hay algunos vezinos que aún no han cultivado las viñas hemos pasado a hazerles mandamiento que las cultiven y uns lo han hecho y otros dizen que sino se les socorre por parte de el patrimonio que no tienen pusibes para el cultivo porque para pasar sus cassas quisieran tener en vista de esto vuestras mercedes se sirvan dezirnos si se les dará algún socorro porque las propiedades no vengan a menos.
También hemos hecho una revista de las casas que necessitan repararse y reconocemos en unos que son sujetos imposibilitados, otros que tienen una bota de vino y dizen que la tienen para pagar al patrimonio en vista de esto vuestras mercedes nos digan si se les ha de dar alguna aiuda de costa para obrar a los unos y recobrarlo al buen tiempo y a los otros si se les dispensará e que el valor de el vino le gasten en obrar y esperarles a la paga hasta el verano que tengan. Esto es quanto se nos ofrece y servir a vuestras mercedes que desseamos les guarde Dios muchos años. Aspe, junio 1 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más apreciados servidores

Luis Esquerdo y Esquerdo (rubrica)
Juan Beltrán (rubrica)
Francisco Coloma (rubrica)
Joseph Boix (rubrica)


30025794 (61)
(Cruz)

Mui señores míos la ciudad de Alicante a escripto al señor virrey dando muchas quexas que se reduzen a decir que en el castillo se continuan muchos fraudes contra la Real Hazienda y que estos pasan a ser en daño de la salud pública y en su prueba refieren en caso de que llegue un nabío cuio capitán no quería desembarcar por decir que venía de tierra de moros donde suele haver peste y que sin hazer lo quarentena no podrá salir pero que don Luis de Cardenas entró en el navío y que no obstante lo dicho se traxo a capitán y otros y lo metió en el castilo, pero que el requisidor luego que le pasó obligó a que se fuera y que sino fuera por esta diligencia se hubiera aventurado la salud introduciéndose alguna peste y que esto es dar comercio ayuda no trae testimonios de sanidad, en que no puede entrar el capitán del castillo, que assí mesmo excede en poner de su mano refrendaría en las patetes de los capitanes a otros cabos que aportan en el castillo y para su prueba resulten dos o tres patentes refrendadas de don Luis y en esto y decir que que aquel no es más que un cargadero subordinado al puerto de Alicante sobre que tiene echas instancias concluien que el señor virrey paga lo nuevo para que se eviten excesos tan grandes.

30025795 (62)
el señor virrey como tan justo y prudente a óido la quexa pero no a querido resolber nada sin oír y saber la verdad y subsistencia en ropa y justicia puede tener la quexa assi en echo como en derecho para lo qual es preciso que vuestras mercedes me remiten un informe bien trabaxado y con entera claridad sin dárseles nada que sea un poco difuso, el qual a de contener los puntos siguientes.
  • El primero de como en aquel puerto solo havía una toerre como los demás de la losa llamada Cap de Aljup capaz apenas de quatro o cinco hombres que eran soldados destinados para su guarda y que en vista de que no obstante dicha tierra cada día cautibaban los moros a los christianos que salían al cutivo de las tierras de aquella marina el señor duque dipuso hazer y lebantar un castillo fuere de su hazienda propia dotándolo de mucha y buena artillería con su capitán y veinte soldados mantenidos a costa de los señores de Elche y haviendo ajustado las condiciones con el reyo siendo entre otros que la una torre la hacíán de tener los soldados de su magestad separada y sacado real despacho de la aprobación se lebantó el castillo en la forma que oi está dexado a los soldados de su magestad en torre distinta y en todo lo demás con los soldados de los señores y su alcaide o capitán que lo nombran y hay cabeza en dicha fortaleza, consumiendo como consume en mantener estas plazas nos de mil quinientos ducados en cada un año.
  • El segundo de que los cabos de las embarcacions por su obligación deben llebar testimonio de todos las partes donde tocan y que lo piden los que arriben a Santa Pola y que este es el testimonio o refradación que a dado don Luis como lo an echo todos loa antecesores inbio loblemente y en observancia siendo que el alcaide lo de porque quien haze cabeza en ellas si ello con aprobación de su magestad y del reyno aunque los señores lo nombran ni si otro que en el puesto pueda dar dicha refrendación ni acepción otra la hiziera se le daría crédito en otras partes.

30025796 (63)
  • El segundo declarar que fue lo sucedido sobre el capitán que pasó sobre que no prevengo por quanto de tal cosa no ha tenido noticia pero creheré que será embuste como todo lo demás que fingen los alicantinos y se podrá dezir de que el requerido no tiene en el castillo función a niación alguna ni mano para nada sino solo a entrada y salida para la torre donde están los soldados del rey y que ni él se entromete en lo que obra el alcayde como ni en el alcayde en lo que él obra.
  • El quarto dezir como el drecho de embarcar y desembarcar es en virtud de privilegios reales sin que jamás aya tenido aquel puerto subordinación al de Alicante y que sobre este punto ay muchos pleytos pendientes en el consejo supremo y que solamente están obligados a pedir licencia al bayle de su magestad con asistencia de ministro que trae comisión para ello, esta licencia la ha dado siempre el bayle de Origuela y lo previene Ocaña en su libro, asta que de poco tiempo resta parte, los de Alicante quieren que sea de su bayle en que por Elche no se ha movido questión porque no se le da nada que sea

3
(Cruz)
Valencia, 17 de junio 1700

El procurador general
 0025797 (64)

de uno o de otro la licencia y que todo esto mira al embarco del embacar para ver si Alicante puede embarcarlo fingiendo fraudes que no se cometen ni se han cometido y quexándosede cosas en que no tienen drecho, ni acción como son si el alcayde refrenda o no refrenda las patentes.
Estos puntos tocarán vuestras mercedes con el informe el qual vendrá un pliego aparte para mi para que yo se la pueda entregar al señor virrey y creo que el requeridor puede ser que aya dado alguna noticia para esto y si ay fraudes el y su hermano los cometne en vino y otras cosas que embarcan y si ay ago de esto que don Luis acusa al señor virrey y vuestras mercedes se lo prevengan a don Luis porque él lo pagará yo espero para partirme respuesta.
Ha sido acertado embiar persona para el abuste de la cassa porque no aya embarco después y entrar cobrando la bistrecha con forma drechos de alquiler.
La cessión da justo título para cobrar solo es menester hazer que se registre en el tribunal según el estilo de la governación de Alicante y notar la declaración de que el censo reza yo dentro el vínculo del Berardo quedo al servicio de vuestras mercedes que guarde Dios muchos años. Valencia y junio a 17 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025798 (65)
(Cruz)
Valencia, junio 25 de 1700

El procurador general


30025799 (66)
(Cruz)

Muy señores míos espero para el correo que viene el informe y si acaso an averiguado vuestras mercedes de que el requiridor y los soldados del rey defraudan esto podrá venir en pliego aparte, para que en lo que mira a nuestro particular venga sin mixtura de echo agenos, y bie averigado el punto del navío francés.
Pruebola copia de las letras despachadas por el asessor de Origuela que se presentará con memorial al señor virrey parra que ponga la mano y sin ruido quede llano el estylo que se a de observar.
Respecto de la casa de Alicante tanbién anime pareze que es pleito alto y así vuestras mercedes podrán disponer que buelva el doctor Gil con carta y lo dexe oscutado en lo más que pueda hazía de el arrendamiento por dos o tres años y tanbién podrán vuestras mercedes decir que lo tenía de lo ofrecio se obserba no haviendo guardado tratar en otros si el señor don Joseph le quiere y el precio se podrá consumir en levantar el que derribado y en otros reparos que con eso para este arrendamiento tendrá más en ocasión que a ser verdad los ensanches de la casa son pocos. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia, junio 25 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025800 (67)
(Cruz)
Aspe, 26 de junio 1700

La villa


30025801 (68)
(Cruz)
Señores de la citiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. En vista de que hay persona de fuera de aquí que ha ofrecido a esta villa si quiere tomar dinero a senso nos ha parecido representar a vuestras mercedes de que sería beneficio el tomarle pues con 200 libras quitava el cambio de el doctor Esplá y solo pagaríamos de pención en cada un año 100 reales y no 220 como estamos pagando y de esta suerte ya se ahorravan 12 libras al año.
Sobre esto mismo en tiempo passado escrivimos a mi señora la duquesa y no hemos tenido respuesta y discurrimos que en mano de vuestras mercedes consiste el dezir a su excelencia que Dios guarde si es conveniente o no para conseguir el fin.
También nos ha parecido representar a vuestras mercedes que la villa de Elda por hallarse pobre tomó aora dos años a censo seis u ocho mil ducados y la dicha villa los dio a particulares a cambio y con la metad de las ferias paga la villa las pensiones del censo y se utila de lo restante para aumento de las rentas, quien nos ruega a nosotros con el dinero a censo dize nos dará aunque sean mil ducados o más. Y si nos valiésemos de este arbitrio de tomarles y darles a cambio siempre utilariamos en cada un año más de sinquenta escudos. Cosa es esta que se puede pensar y estimaremos que vuestras mercedes lo premediten y nos aconsejen lo que más convenga para beneficio de esta villa que esta sumamente pobre. Esto es quanto se nos

30025802 (69)
ofrece y servir a vuestras mercedes que desseamos les guarde Dios muchos años como hemos menester. Aspe, junio a 26 de 1700.
Besamos la mano de vuestras mercedes
Sus más apreciados servidores

Ynasio Gumiel, justissia
Andrés Beltrán, jurado
Jusepe Serdán, jurado
Bautiste Almodovar, síndico


30025803 (70)
(Cruz)
Valencia, junio 30 de 1700

El procurador general


30025804 (71)
(Cruz)

Muy señores míos el informe venía mui buen y por mi última carta vería a ustedes como les prevenga que en el no tocaren nada de los fraudes con que se lo entreguen al señor virrey que porque manifiesta quedar satisfecho aunque los de Alicante creo que no cessarán de tocar por una o por otra parte porque lo an meneste para sus idea pero están convencidos y no las lograrán.
Sobre los despachos del tribunal de Origuela vi escribirá el señor virrey y creo que no bolberá a despachar en su nombre el asessor, ni mandará el dar aloxamiento pero respecto de enbiar el governador letras subsidiarias queda pendiente por haver perdido el conde de Elda este pleito y haver quedado el tribunal del rey en essa governación de que puede el governador despachar emendado en las tierras de los varones y quiera sirva de exemplar para todos.
Sobre la casa de Alicante tengo por conveniente el ofertar quanto antes el precio fixo y pues a su porción de expertos o ia sea por trasteo siempre es necesario el que intervenga person porque lo sea a ninguno de Alicante no conviene a vuestras mercedes en bien quieen lo dexe asentad.
Sobr cleroos siempre que entren aajustándose a la ropa lo será el entrar a la mediocina sino lo hizieran

30025805 (72)
dexaremos los cusa terquedad que ellos se arrepentirán de lo que an obrado si por parte de la villa se executa lo que se debe obrar en el precio y en el cuidado del abasto, quedando al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia maio, 20 de 1700.
B
Remitan vuestras mercedes copia del informe a mi señora que dispondrá
eso la mano de vuestras mercedes su mayor servidor


Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025806 (73)
(Cruz)

Mui señores míos haviendo sido llamado el justicia de esta villa por el governador de Origuela y notificándole una orden del señor virey para que no permitiese ningún xitano por acá; han venido algunos y no paran devenir disiendo traen orden de la duquesa mi señora (que Dios guarde) para habitar y vivir en este marquesado en cuia fee y veneración se han tolerado sufriéndoles algunas cosillas. Pero en vista que allaron en la eredad de Antonio Gallipienso a tres gitanos y una xitana cargados de almendras, por otra parte seis cavalgaduras en las garberas del lugar talando aquellas, por otra parte que allándose Bartolomeé Martínez ayer trillando en una era de serca el lugar y porque no dexo llevar a unas gitanas la paxa que quisieron y amenasándoles sobre esto le respondieron que ellos tenían machinetes que otras armas en el ato, por otra parte, Gaspar Ontiñent por la cobransa de una yerba que les dio sobre una prenda ha estado hoi para

30025807 (74)
perderse y finalmente porque no hai garberas, higueras ni casa alguna que no lo roban y que el común está movido assí por lo que va dicho como por algunos engaños que ha echo en sus baratas añadiéndose que acapa de los gitanos están otro y todo va higual hemos resuelto antes que llegue a más el mandar a dichos gitanos basíen la tierra con el seguro que no combiene y que vuestras mercedes pareserá bien esta acción pues no es creíble que su excelencia perimta esta vexación en sus vasallos, ni vuestras mercedes tanpoco que por más próximos y estando a la vista miran estas cosa al mayor beneficio y consuelo de los pobres.
Quedamos al servicio de vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente, julio 7 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Silvestre Juan, justisia
Sebastián Candela, jurado
Juan Asnar, síndico

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025808 (75)
(Cruz)
Valencia, julio 8 de 1700

El procurador general

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025809 (76)
(Cruz)
Muy señores míos. Recibo de vuestras mercedes de 4 del corriente alegrándome se continúe la buena salud que sea por muchos años.
Ya avisé a mi señora de como vuestras mercedes embiarían copia del informe porque conviene esté enterada del todo por si importa ablar al presidente.
Por hallarse el doctor Torres en Xativa a quien se cometió la dependencia de Origuela no he podido saber la forma con que ha escrito aunque presumo que no habremos perdido nada en la resolución.
El arrendamiento de la cassa de Alicante procuren vuestras mercedes abastarlo y cobrar la media añada porque su excelencia ha sentido el adelantarse a embiar alaxasala casa sin estar hecho el contrato quando solo le ha ofrecido la prelación en el tanto y a la verdad el modo enbuelve poca lisura, y con esto

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quedamos advertidos para no responder añadir con urbanidad pues se valen de palabra de cumplimiento para adelantarse en el obrar. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y junio a 8 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)


30025811 (78)
(Cruz)
Crevillente, 31 de agosto de [1]700

El bayle
Respondida en primero de septiembre disiendo al bayle que por avisar tarde por este año no se puede disponer nueva forma que informe con injunción del contralibro y escrivano tres cosas la primera que utilidad la segunda la forma de acarrear los diezmos y la tercera que gasto y de que efetos para resolver para otro año.


30025812 (79)
(Cruz)

Muy señores míos. Por el gran menoscabo tiene mi señora (que Dios guarde) en los diesmo de granos devo representar a vuestras mercedes se deve remediar y es que como tienen el ancho de que emos de medir por lo que ellos vesinos desta villa manifiestan he experimentado que por lo general nadie paga bien el diesmo si con gran fraude del patrimonio, y en algunos los que an de pagar de diesmo no manifestándome cosecha pues lo he tocado ogaño en las manos que viendo lo a gastado del manifiesto de algunos con el alfarras me asía dudar y buscarles las casas y encontrar con muchos más grano no gusta manifiesto si aún exeder del alfarras y para otro año si les paresiere a vuestras mercedes combiniente será presiso el bolver al establesimiento antiguo de ir a medir a las que como se iba y se ada en Aspe porque además de en la calidad de los granos gane el patrimonio mucho porque los más no pagan si de los rabos de los montones los diesmos en la cantidad si es año de cosecha pierde el pierde el patrimonio mil ducados en cada un año que es cossa considerable y en esto

30025813 (80)
no me queda nada que dudar, y juntamente doy quenta a vuestras mercedes como tengo preso a Juan García por un falso manifiesto en cran daño de mi señora (que Dios guarde) y es por avr avisado a medir y aviendo ido a su cassa preguntele que quanto trigo avía cogido y me respondió que de ocho a nueve caises y siendo que avía otro tanto en el alfarras con buenas palabras y echándoles con sencias por delante sea largo a que avía coxido asta dies caises y medio y cobraos por dies caises y medio el diesmo, y después de aver medido en su cassa le dixe al contralibro después de estar en la calle este ombre se condena porque sé de sierto por un vesino suio que tiene más de veynte caises de cosecha y de allí a dos días encontró el contralibro al dicho Juan García que entrava con una garca suia y le dixo ombre no as medido que como trillas aun y nos dixiste que no tenías más el ombre se corrompió y en averiguado trilló después de averme dio tres parvas con el par de mulas de mosén Joseph Serdá que el mexor par del lugar, y en vista de esto y el grrade abuso ay en pagar los diesmos que pena se la a de qutar por el falso manifiesto porque se deve apretar la mano y más en este particular siendo en tan gran perjuisio del patrimonio, el Juan García como tengo dicho le tengo preso y echa execusión en su vassa y se le a escrito de trese a catorse caises de trigo que tiene en dos orones vuestras mercedes me digan

30025814 (81)
que tengo de executar en esta materia como muchas órdenes de la gracia de vuestras mercedes cuias vidas guarde Dios muchos años. Crevillente y agosto 31 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su mayor servidor

Joseph de la Fuente (rubrica)

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025815 (82)
(Cruz)
Valencia, 2 septiembre de [1]700

El procurador general


30025816 (83)
(Cruz)

Mui señores míos mi señora (que Dios guarde) ya está enterada de los gitanos en que su informe de vuestras mercedes llegará a mui buena sepa.
Gracias a Dios que el padre Puerto entre en paz y a las cosas quedarán quietas i pacificas pues assí la devoción de tanta familia bolberá a restablezerse entre los que havía resfriado.
Los guardas de Origuela buelben aora el jornal de aquellos 27 doblones que les quitarón havrá cosa de tres años a sus vezinos de aquella ciudad en el de la aprehensión de unas escopetas y no se bolbió nada aunque la ciudad escribió y teniendo adelantados estos sinsabores que esperar sino que deserían la ocasión para los que suceden y de cada día succedería siempre que hallén título colorado para hazerlo. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde muchos años como puede. Valencia, septiembre 2 de 1700.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025817 (84)
(Cruz)
Crevillente, 8 de septiembre [1]700

Los ministros
Dando orden para que se garbille el trigo cuya quiebra y gasto deven pagar el vasallo en el de cobransa por estar a su quenta y beneficio.
Que se venda el azeite a precio corriente y que imbien relación jurada del precio.
Que la pared de la muralla se rehedifique antes que entre más el tiempo llevado quenta y razón para el libramiento.


30025818 (85)
(Cruz)

Mui señores míos en repusta de la de vuestras mercedes de primero de este devemos desir que en respeto de lo consultado para estableser nueva forma para la cobransa de los diesmos será mui combeniente executarlo; lo primero que aian de trilar por todo julio porque de dilatarlo se sigue ensenderé el grano y con brevedad se apolilla y no se puede guardar: que haian de medir en las eras más próximas al lugar lo que se cogerá en a huerta y para lo del campo que llegado el tiempo se avise por pregón que los alfarrazadores estarán tal día en tal partida para que estos con injunción de los vesinos se alfarraze y quede ajustado lo que cada uno viene de pagar para que en vista del alfarras nadie pueda ocultar lo que asta hoi se tiene experimentado pues no se enquentra en quien se ajuste al alfarras sino en alguno que no deve, siguese también que esconden el grano mexor y pagan el diezmo de gransas y basura de manera que sino se limpia se pierde assí en el corcón como en el precio a la vista tenemos el exemplar

30025819 (86)
en el trigo de este año en unos que no han pagado el diesmo y en otros que si, de manera que lo que haia recogido si no se garbilla no se puede guardar por la mucha susiedad y para esto hai ocasión de dos garbilladores que vuestras mercedes lo que pueden mandar hazer. Síguese también que los vesinos tienen costumbre de trillar y hasta que se lo comen no buelven a trillar y poco a poco lo consumen de forma que quando avisan para medis tasadamente hai para el diesmo y falta para la paga lo que se remediará con el nuevo modo de cobrar que se propone.
La forma de acarrear los granos será que los de paga es de la obligación del vasallo y los de diesmo podrán correr por quenta de la huerta se acarrerarán de la era y si estos tubieren en el campo podrán pagarlo todo junto y si alguno ubiere que tubiere en el campo y no en la huerta se cobrara en su casa pues sabido que el alfaraz lo que coje no podrá ocultar nada; y según lo que se a podido ajustar con Juan Molina traerá de gasto este travaxo de acarrear hasta 25 libras su paga se puede componer dándole 50 libras en cada un año por este travaxo y por el salario de aquel quitándole el peso y medida y arrendándole importará algo esta regalía.
El aceite que el patrimonio tiene el diezmo del año pasado en esta villa son 15 caminos y en vista de estar próximo la cosecha parese se podrán enpesar a despachar en las tiendas.
La pared y muralla del poniente del castillo

30025820 (87)
esta en tierra como ya dimos quenta a vuestras mercedes el mortero o cal que hai prevenida para la obra se puede y assí vuestras mercede podrán mandar lo que fuere mas combeniente pues el castillo podemos dezir está abierto.
Quedamos al servicio de vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente, setiembre 8 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Joseph de la Fuente (rubrica)
Julián Saxardo (rubrica)
Bautista Mas, notario (rubrica)

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025821 (88)
(Cruz)
Muy ilustres sñeores

Aviendo llegado a esta ciudad me encargó mi señora doña Madalena de Requer y Bojar el ajuste de las quentas de don Joseph de Borja mi señorque santa gloria aya, y las que se ofresieron antes de morir dicho señor y corrieron por mano de mi señora y mía una de ellas fue la de las obras que se ofresieron en la casa de mi señora la duquesa de Avero, que es la que mi señora abita en Alicante y aviéndola reconocido por haverse firmado la carta de pago y los recibos de los maestros, hallándome yo en Madrid, he suplicado a mi señora tuviese a bien, el rebajar de dicha quenta lo que costó el material y trabajo de blanquear el estrado alcova de dormir y oratorio, que como vuestras señorías verán en el último capítulo de la quenta adjunta importó seis libras dies y seis sueldos, y aunque el maestro la das también por presida, no entendí lo era, quando hablé con el señor doctor Gil y Melchor Bernabeu, porque me pareció ser acto voluntario el hermosear dichas piezas, y aviendo recurrido a mi dicho Melchor por el alquiler de la media añada, parece tiene alguna repugnancia en quanto a las obras y por esta razón remito a vuestra señoría la adjunta para que vuestras señorías la vean, y si pareciere justificado todo lo hecho se servirán mandarle reçiba la cantidad de dinero

30025822 (89)
d
(Cruz)
Alicante, 10 de noviembre [1]700

Respondida en 28.
Diziendo pague las 49 libras 11 sueldos para que cumplor a las 90 libras de la media añada y se dio orden en el mismo correo a Bernabeu para que resivan el dinero
e dicho medio año que está pronta, defalcando de el importe de dicha media añada las obras porque el intento de mi señora fue el que se pagasen las justificadas y presisas y por esta razón escrivió a vuestras señorías en la segunda carta quando solicitó mudarse, viesen si querían que prosiguieen nuestros albañiles y sino que imbiasen los que vuestras señorías les pareciese de que no se dio respuesta a este capítulo y consideramos que tacitamente se consintió quando no huvo repugnancia, mandándoles dejar la obra; antes bien se toleró y permitió el trabajar, pues no consta de lo contrario por ningún precepto, siendo notorio al doctor Gil, y a Melchor el que se trabajava en la casa, por haverlo visto ocupado a los maestros y oficiales en dicha obra en atenderán vuestras señorías a esta razón y me darán a mi las ocasiones del mayor servicio de vuestras señorías cuya vida guarde Dios muchos años como puede. Alicante y novembre a 10 de 1700.

Beso la mano de vuestra señoría
Su mayor servidor

Don Geronimo de Zatarayn (rubrica)

Muy illustres señores de la Junta patrimonial del marquesado de Elche


30025823 (90)
(Cruz)
Mui illustres señores

En días pasado escriví a vuestras señoría lo que se me ofreció tocante al alquiler de la casa de mi señora la duquesa de Abero que abita mi señora doña Madalena de Borje remitiendo la quenta y suplicando a vuestras señorías mandasen desir a quien se avía de entregar la porción que quedaba pagadas las obras precisas y aviendo entregado la carta a Thomás Rogerio y este a un hijo de Joseph Bru, natural de esa villa que a la saçón se allaba con el mayoral de su galera no en crecido respuesta y el solicitarla es solo porque estoi de partida azer leña al govierno y encargo de los estados del duque de Gandía ni señor y para que después de mi partida no se le ofrescan duda a mi señora y a vuestras señorías se tubieran disponer lo que fueren servidos a mi mandare les obedezca. Dios guarde a vuestras señorías muchos años como deseo. Alicante, a 22 de nobiembre de 1700.
Beso la mano de vuestras señorías
Su mayor servidor

Don Geronimo de Zabarayn (rubrica)

Mui ilustres señorías de la Junta patrimonial de Elche


30025824 (91)
(Cruz)
Crevillente, noviembre 21 de 1700

La villa

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025825 (92)
(Cruz)

Señores míos haviendo llegado el caso de abonar el coletor los granos que los vezinos de esta villa dieron en este año porque de paga de pechos, el qual además de los dos celemines que hasta haora han pagado de quiebros disen les rebaxa el quiebro de garbillar el trigo; y como este drecho de garbillar no se ha visto jamás y aún algunos disen que en tiempo pasado no se dava de quiebro al coletor más que un celemín por cada caíz de trigo, ha sido tanta la novedad que ha ocasionado esta nueba forma que los vezinos los intenten mucho y nos levantas en alto sus vozes. Por lo que pasamos a suplicar a vuestras mercedes sean servidos mandar mirar esta materia con equidad para que estos pobres queden consolados como lo esperamos de su gran zelo y piedad de vuestras mercedes como tenemos en todas ocasiones experimentado.
Dios guarde a vuestras mercedes muchos años. Crevillente,

30025826 (93)
noviembre 21 de 1700.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Silvestre Juan, justisia
Sebastián Candela, jurado
Fransisco Mas, jurado


30025827 (94)
(Cruz)
Àpoca Die XXVIII mensis februarii anno domini MDCCI.
Don Gregori Ortis de la present vila de Elig habitador gratis et caetera cum presenti et caetera confesa aver agut y rebut de la excelentísima señora duque de Aveiro y Maqueda mi señora y per mans de Juseph Fuentes, ciutadà, bale y coletor de les rentes de sa excelencia en la vila de Crevillente absent et caetera dos lliures deu sous moneda del present regne en dinés contants et caetera y son per una pensión de un sensal carreat sobre dita vila que tots añys es fa y respon a dit otorgant y per la que fins en fi de dembre propasat mil y setsents et quia et caetera renunciavit et caetera y per memoria et caetera otorga et caetera de quibus et caetera actum Elig ut supra.
Testes presents mosén Laurean Pisse

30025828 (95)
y Antoni Robles de Elig habitadors.
Thenoris In quorum fidem ego Didacus Agulló, notarius reseptor sig(signo)navi.


30025829 (96)
(Cruz)
Don Gregori ápoca de Crevillent

Tomada la rasón foli 28


30025830 (97)
(Cruz)
Quedo enterado de lo que vuestras mercedes me expresan sobre la mala calidad de Mathías Ybañez y daré la providencia combeniente para que ese sugeto tenga su merecido castigo. Dios guarde a vuestras mercedes muchos años. Real de Valenci y henero 18 de 1703.
El duque de Villalar (rubrica)

Señores de la sitiada de Elche


30025831 (98)
(Cruz)

Quedo enterado de lo que vuestras mercedes me expresan sobre la mala calidad de Mathías Ybañez, y daré la providencia combeniente porque ese sugeto tenga su merecido castigo. Dios guarde a vuestras mercedes muchos años. Real de Valencia y henero 18 de 1703.

El marqués de Villalar (rubrica)

Señores de la sitiada de Elche


30025832 (99)
(Cruz)
Valencia, enero 25 de 1703

El procurador general


30025833 (100)
(Cruz)

Muy señores míos espero la respuesta de don Diego Ruiz que la participaré a vuestras mercedes luego que llegue a mi mano para ver el camino que devemos tomar y más con la añadidura del doctor Antón que sin duda será el ministro de la Inquisición porque su profesor es más de tratante que de ecclesiástico.
Sobre el azeite aunque viene el testimonio ser dinero de su magestad el que se emplea no dudo que vuestras mercedes piensan bien en imaginar que esto es una salvateria y que en la realiad quien compra es el asentista y Diego Pasqual como agente puede ser que aya dado el arbitrio pero devemos no partir de carrera sin grande averiguación porque el sobreescrito no admite el que podamos poner la mano porque se lleva mal el que se toque justa o injustamnte a cosa que lo despache en nombre del rey.
La valla me escrive sobre la mesmo que vuestra mercedes para valerse del dinero de

30025834 (101)
la bolsa de reducción está aplicado a los censualistas para la fiesta del Corpus por una vez me atreveré a firmar el decreto como por causa urgente y necesaria pues teniendo aplicación a esta nos puede variar y quando por estilo se halla que siempre los parrochianos han hecho este gasto es suia la obligación perpetuamente y cargarse la villa con ella no alcançó como pueda ser porque uno es el que no deva dexarse de celebrar la fiesta, otro a quien toque celebrarla y es falta de fee y pueda creher que nadie si pueda enpobrecer por servir al señor que es quien nos da quanto tenemos. Y en quanto a la universidad vuestras mercedes podrán llamar al syndico y dárselo a entender que ya me se havía quexado y pues la villa cobra la molienda por entero con la calidad de no acrecer ni descrecer drecho con no pedir a la universidad la quarta parte de la fieta se podría suavizar la quexa de ella pues ya la villa también en el quarto de la molienda se lo retiene esto me se ofrece vuestras mercedes podrán ahí tantearlo mejor con

30025835 (102)
las partes quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y henero a 25 de 1703.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025836 (103)
(Cruz)

Recibí la de vuestras mercedes de 11 del corriente con mucha estimación por las grandes notisias de la buena salud de vuestras mercees que nuestro señor conserve felizes y dilatados años. Después de dar gracias a vuestras mercedes por quanto se sirve favoreserme y hazere merced passo a significar a vuestras mercedes como los arrendadores de la duana a ocasión de haver de menester mil reales para hazer una paga de su arrendamiento me los pidieron con el pretexto, compensarían este benefisio levantándome la mano de la pretensión que tenían del drecho del jabón que sacava al estanco, y haviéndoselos dado, quedamos ajustados, y esto hamás de quinse meses que se sirven de ellos, y lo dejo correr assí por apartarme de convenio, por lo que me dizen que en consensia no lo puedo hazer por no haverse pagado en jamás, y ser contra el bien común y también por occurrir al gusto de vuestras mercedes que siempre le considere inclinado a dar alguna de salida a esta diferensia, por lo que escriví a vuestras mercedes lo que vuestras mercedes me insinúa. Y io este año solo tengo dos por

30025837 (104)
partes del abato, aunque bien contra mi voluntad por empeño que hizo don Juan Tizán con don Alejandro Gallego que dezía en el abasto por el doctor Antón que es quien tiene la otra, aunque en nombre del dicho don Alejandro Gallego, con que los arrendadores de la duana, aún tendrán maior beneficio del que pensava, si a vuestra merced parese que esto quede assí nos apartaremos de escrupulos, a má que con este año creo se saca esto del abasto, porque el doctor Antón ha ontestado por quarenta y dos reales de a ocho vaya oficial de aquí a fabricar una caldera de jabón a Espinardo, como con efeto, la está ya fabricando, y de allí será más conveniente abasteser la ciudad de Murcia. En todo quedo al servisio de vuestra merced desseando que nuestro señor prospere y dilate la vida de vuestra merced dilatados siglos. Elche y henero a 28 de 1703.
Beso la mano de vuestra merced
Sus más afecto y reconsido servidor

Señor don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo

Don Diego Ruiz


30025838 (105)
(Cruz)
Valencia, febrero primero de 1703

El procurador general


30025839 (106)
(Cruz)

Muy señores míos el correo no a llegado por las agua y nubes segun lo manifiesta el tiempo de que doi aviso a vuestras mercedes porque no estén convidado, sirviendo en las costas alguna dependencia que pida respuesta la echar en manos, quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia, febrero 1 de 1703.
Beso las manos de ustedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Acaba de llegar el correo de que doi aviso a vuestras mercedes y para el que responderé a tantos cabos como se tocan. Se lo remito la carta que me escribe don Diego Ruiz para que en cinco ba me avisen lo que se les ofrece y me la buelvan.

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025840 (107)
(Cruz)
Valencia, agosto 3 de 1703

El procurador general

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025841 (108)
(Cruz)

Muy señores míos; ayer di quenta al señor virrey de la puntualidad con que vuestras mercedes havían despachado los gitanos de que se manifestó summamente gustoso diciendo se alegraba infinito y que se lo diriía a los síndicos de los estamentos para que no estubiesen con el typo del contrafuero; el baile de Planes me dise escrivió a nuestro governador para que prendiera un gitano que importaba mucho por ser gran ladrón, mucho estimaré se aya podido conseguir por si acaso en Planes ha dejado hecha alguna buena obra de las que suelen.
La carne ha quedado a buen presio y si en la universidad se baja se comerá al presio más barato que se aya visto redundando todo en bien del público la dependencia de la hyja de Almodobar se ha puesto en buenos términos según lo que vuestras mercedes me escriven solo resta el embaraso de Pastor, ya resulta algún humo de inquietud pongan vuestras mercedes a sus hyjos en la carsel asta que todo se ha

30025842 (109)
asegure y sobre Martín Torres no me se ofrese con particular pocos sobre curso de justicia no se admitan providencias como se guarde. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuya vida guarde Dios muchos años. Valencia y agosto a 30 de 1703.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaras y Pardo (rubrica)


30025843 (110)
(Cruz)
Madrid, settiembre primero de 1703

Mi señora (que Dios guarde)
Respondida en 10 de los dichos


30025844 (111)
(Cruz)
Festejo la noticia de que esa dependencia de Elche vaya tomando algún temperamento para que ajusten tantas inquietudes que la buena guerra hace buena paz, y esto de vivir sin ley es durísimo y para mí de sumo sentimiento que en los lugares que me tocan se abriguen personas (como he oído de ahy) capaces de asesinamientos que tanto castiga el cielo y tanto perturba la sociabilidad humana que es la mayor felicidad de este mundo, hará muy bien el birrey de castigar a los que lo merecieren, y al hombre que mató la muger de quien deseo tener noticia.
La villa de Crevillente me escrive sobre el molino y orno ya le he dicho a Pilar que esta cosas se comuniquen con la sitiada y quando viniere a mi la propesta venga también su parecer y avísemen por menor que coste tendrá de donde ha de salir quien lo ha de cuydar etcetera porque es el estilo que acá tenemos en todas las obras de nuestros lugares. Nuestro sñeor guarde etcetera. Madrid y septiembre primero de 1703.
Marqués (rubrica)


30025845 (112)
(Cruz)
Catamarru, setembre 13 de 1703

Los jurados de los lugares


30025846 (113)
(Cruz)

Hemos resebido la de sus señorías de que quedamos mui agradesidos viendo la mucha caridat con que nos etán favoresiendo el señor les page el beneficio como puede en quanto al número de caizes, que sus señorías nos mandan demos aviso. Hemos echo el tanteo, y nos parese serán menester, para los quatro lugares y villa de Planes. Lo presiso para senbrar la tierra: siento y quarenta cayzes, esto es, 100 de trigo, y 40 de sebada, salvo el mejor pareser de sus señorías a quienes suplicamos mui encarisadamente no miren nuestros |méritos| si los de Christo nuestro redemptor y de su madre santísima en favoresernos que se consiga nuestra pretensión, pues de ello quedaremo con obligasión de rogar al señor por la salud, de nuestra señora duquesa, y de sus señorías a quienes guarde el sñeor dilatados años para nuestro consuelo desta villa y varonía de Planes en 13 de setiembre de 1703.
Beso las manos de sus señorías
Los jurados de Catamarru, Alcamodina, Margalida y Benalfachi.

Mui ilustres señores de la contadoría de la villa y marquesado de Elche


30025847 (114)
(Cruz)
Ape, setiembre 16 de 1703

El contador


30025848 (115)
(Cruz)

Mui señores mío. He recivido la carta de vuestras mercedes con las demás del correo de oy y después de rendir a vuestras mercedes las gracias por el cuidado y merced que me hazen partido para París el señor duque de Alud y mi señora doña Ysabel por cuia ausencia, en doze el secretario, no escrivió mi señora la duquesa (que Dios guarde) a esa sitiada.
Don Gaspar Serdán me escrive el villete adjunto, que en vista de su contenido mandarán vuestras mercedes dar la providencias que conbenga.
Me alegro que la obra del azarbe se aya enpezado y que paresca a vuestras mercedes va bueno y no dudo anden tards los de las palas corriendo por la direcsión de Diego Pasqual quien no podrá quejarse quando se le a franqueado toda la acsión.
Yo llevo seis días de tarea (aunque no cansada) deseo desembarazarme aprisa para restituirme a esa villa donde me

30025849 (116)
tendrán (como en esta el tiempo que me mantubiere) para servir a vuestras mercedes con las venas de mi obligación que desea guarde Dios a vuestras mercedes muchos años. Aspe, 16 de 1703.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su má obligado servidor

Juan del Pilar (rubrica)

Señores don Casimiro Segura y don Pedro Uberna


30025850 (117)
(Cruz)
Madrid, 15 de diziembre 1703

Mi señora que Dios guarde


30025851 (118)
(Cruz)
Doy a vuestras mercedes y les deseo muy alegres Pasquas y guarde nuestro señor les asista en ese govierno y aconsejarme a mi lo que devo obrar.
Gran nueva a sido por mi lo de mejorar el procurador general y su hijo por lo mucho que le estimo.
Conosco el embarazo del cuento de Ginés Pomares que habrá tiempo que hacer con su genio pero también me parece se le mira con poca caridad y lo que sin ser negocio suyo lo es mío y primero de Jesuchristo es que en esa vila se viva con pacificación y que se persigan los asesinoes hasta ponerlos en la orden porque es dura cosa que Valencia se halle tan moderada ya en culpas criminales y bandidos y solo el lugar y que a mi me toca se conserve en él y crezca est mala yerva por amor de Dios guarde el govierno lo considere y que quanto las mugeres somos omisas (y yo má que todas) sea él diligente y fuerte. Dios guarde a vuestras mercedes. Madrid, a 15 de diziembre de 1703.
Marquesa (rubrica)


30025852 (119)
Valencia, diziembre 20 de 1703

El procurador general


30025853 (120)
(Cruz)

Muy señores míos no me da la salud tiempo para escrivir a cada en particular porque después que llegamos a repetido el accidente aunque con tanta fuerza pero fío en Dios verme aliviado presto y assí vuestras mercedes admitan las buenas Pasquas de mi affecto y cumplan con todos en mi nombre disculpándome con quantos amigos y conocidos me favoresen que en estando recobrado responderé dando cumplimientoa mi obligación quedo al servicio de vuestras mercedes cuya vida guarde Dios muchos años. Valencia y diciembre 20 de 1703.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025854 (121)
(Cruz)

La merced que vuestras mercees se sirven hacerme en su carta me dexan muy reconocido y me aseguran la felicidad de estas Pasquas a que corresponden afectuosamente mis desseos de que vuestras mercedes las logren muy dichosas y de merecerles a vuestras mercede repetidos empleos de su mayor servicio. Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseo. Orihuela y deziembre 22 de 1703.
Beso la mano de vuestras mercedes su mayor servidor

Joseph, obispo de Orihuela (rubrica)

Señores eletos de sitiada y Junta patrimonial de la villa de Elche


30025855 (122)
(Cruz)
Ittem los que sean clavarios administradores o arrendadores de drechos o alguna asiedna de dicha villa.
Ittem los que tendrán parte en las dichas administraciones o arrendamientos aunque de ello no conste por autos como se sepa y que baste prueva presunta.


30025856 (123)
(Cruz)
Crevillente, enero 16 de 1705

Los ministros
Respondida en 26 enero aprovando el reparo y dando orden vendan la sevada a 26 reales

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025857 (124)
(Cruz)

Señores míos damos quenta a vuestras mercedes como la paret de la cavallería del granero se cayó enteramente y paresiendo que el gasto que traería su reidificación sería materia de 50 reales pusimos mano de contado assí preste motivo como porque estava abierta la casa. Y con otro remiendo que se a echo en el mesón importa el gasto todo 79 reales 22 dineros de que vuestras mercedes se servirán darnos el orden. Y assí mesmo para vender la sevada por ser tiempo ya de ello por allarse el patrimonio de su excelencia que Dios guarde con 250 caíses y la experiencia de los años pasados nos tiene bien advertidos que por enpesar tarde la venta nos hemos visto en confusión; el precio que para este grano es a 26 reales por caíz el que se remató la paja fue a 24 reales que según esto no se pierde nada: vuestras mercedes resolverán lo que fuere más combeniente y de ello nos mandarán dar el

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orden con lo demás que fuere del servicio de vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente, enero 16 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Joseph de la Fuente (rubrica)
Julián Saxardo
Bautista Mas, notario (rubrica)


30025859 (126)
(Cruz)

Muy señor mío. Tengo individual noticia de la causa de recurso que Vicente y Miguel Ferrández han puesto por el tribunal desta governación: porque haviéndome empeñado a que patrocinara dicha causa, ordené la escritura del recurso y en seguida se despacharon las letras ad dicendum con nihi innovetur con este supuesto ya no pudo intervenir abogado de Jayme Valero; y lo siento arto assí por no emplear mi observancia en lo que vuestras mercedes me mandan, como devo y desseo; y porque a Jayme Valero lo estimo mucho y me advierten entonces fuera el mismo que conozco.
Respeto del interés perteneciente a la jurisdicción baronal del señor duque no enquentro que haya el más mínimo para poder hacer parte y contradecir el recurso: pues aunque los fueros prohiben la apelación de tre sentencias conformes, pero no el recurso, según la común observancia de los tribunales y doctrina del señor Matheu, de Regimete capítulo 12 sección 7 a número 4 y assí es llano que dicho recurso es permitido aunque sea de tres sentencias conformes y que en ello no queda perjudicada la jurisdicción baronal; y por consiguiente no tiene el barón motivo jurídico para contradecir y hacer parte si que solo el dicho Jayme Valero es

30025860 (127)
a quien pertenece defender y seguir el pleyto esforzando que no ha havido gravemn en las antecedentes declaraciones.
No pudiendo yo ser abogado de Valero como llevo referido lo será el doctor Thomás Martínez, a quien prevendre por ser de los abogados de mi mayor satisfacción en lo literado; y porque fue en que dio la tercera sentencia y necessariamente la defenderá mejor que otro alguno.
Quedo muy de vuestras mercedes y a su observancia con la obligación y desseo de merecer los más frequentes órdenes en que poder manifestar esta verdad.
Dios nuesto señor guarde a vuestras mercedes muchos años como puede. Orihuela y julio 4 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su más obligado servidor

Domingo Ruiz (rubrica)

Señores de la sitiada de la villa de Elche


30025861 (128)
(Cruz)
Aspe, julio 6 de 1705

Los ministros
Respondida en 9 dando orden se aga la obra.


30025862 (129)
(Cruz)
Señores de la citiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. En vista de que el horno nuevo está derruido por causa de que la cubierta de sobre la entrada se ha venido y quebrado diferentes bigas hemos mandado al maestro albañil reconosca la obra que se necesita hazer y hecho relación jurada según vuestras mercedes verán por la que remitimos adjunta. Vuestras mercedes en vista de ella resolverán aquello que más convenga, y nos darán las órdenes necesarias para observarlas y ponerlas en execución y en interin quedamos rogando a Dios nuestro señor guarde a vuestras mercedes muchos años como deseamos. Aspe, julio a 6 de 1705.
Besamos la mano de vuestras mercedes
Sus más apreciados servidores

Luis Esquerdo y Esquerdo (rubrica)
Juan Sánchez (rubrica)
Francisco Coloma (rubrica)
Joseph Boix (rubrica)


30025863 (130)
(Cruz)
Señores de la Junta patrimonial

Muy señores míos. En vista de la segunda orden que me dan en ella junta no admita trigo de los que conosidamente pueden pagar en dinero, aier en las heras Ambrosio García me dixo tomaron trigo pechero, le dixe no tenía tal orden para con el dicho que avía de ser dinero que assí me lo mandavan vuestras mercedes. Resibió testigos dicho Ambrosio y protesto que se le executava que no estava a tenido gasto; y viendo tal desaogo como lo que hizo su hermano el dotor de no darle vino que le contentava al riero, me determine enbiar la execusión a entrambos, que cosas me ofrecen el escrivano de protestos que hizo Ambrosio y el dotor, porque le quiso y escrivió la mula le dixo Ambrosio que la mula la avía menester para ir a Madrit y que ofresiendo trigo no estavan atenidos a gastso. El dotor disen que por ser saserdote y comisario no podía ser executado, que resibiera autos de esto, por fin se hizieron, y al instante me fue a buscar, como un toro bravo, y en presencia de Vicente Almodovar, Pablo Lópes y Agustín Mira me dixo ya me ha enbiado la execusión, yo le ofresco que le a de cotar su mal modo con que obra, y dándome puñadas en el hombro me dixo que daría cuenta a su excelencia de este mal modo de obra

30025864 (131)
y que no podía ser executado siendo saserdote; a lo que le dixe que si el pontifise deviera a mi señora la duque y no me pagara hiziera lo mismo; por fin no faltó más que levantar la mano y darme en la cara, para aprovasión de esto pidan vuestras mercedes informe a Vicente Almodovar, Agustín Mira y Pablo Lópes que ellos dirán lo mismo que yo escrivo.
Más de 20 personas van en la memoria de los que pueden pagar en dinero, y todos gustoso me dizen enbíe arrieros para que me haga cobrado. Solo estos no quieran. Yo he termino dar notisia a su yllustrísima para que ponga la mano que sino puede ser aga lo que en otra ocasión que me quiso quitar la vida; y fuera muy asertado que vuestras mercedes partisiparán este desaogo a su excelencia porque me costa que el dotor Garçia escrive oponiéndose a las órdenes de que no se tome trigo, y tmabién de la desatensión que dize yo he hobrado, que si su excelencia le da algún calor todos tomarán cuerpo, y se desvaneserá la cobransa, de que resultará no poder componer las mesada. Nada me ha cuydado porque habró con orden, que es quanto se me ofrece representar, como rogar a la divina me le guarde los muchos años de mi mayor deseo. Aspe y julio a 12 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más findo servidor


Juan Sánchez (rubrica)


30025865 (132)
(Cruz)
En la villa de Aspe, reino de Valencia, a los seis días del mes de julio del año mi setecientos y sinco. Agustín Mira, maestro albañil de la dicha presente villa compareció en el presente tribunal y haviendo prestado juramento a Dios nuestro señor declara e de orden del señor baile y demás ministros de su excelencia de conocer el horno nuevo de dicha villa y ha allado que la cubierta de la entrada de dicho orno se ha undido y quebrado las bigas y moldadas y que se necesita de hazer en él las obras siguientes:
Primeramente derribar la paret frontera de sobre la puerta y bolverla a hazer de nuevo porque no puede servir más destrecha la cubierta que queda sobre el aposento y levantar las paredes de atrás y hechar el agua a la calle porque amera las paredes del corral con perjuicio de aquellas y mudar la madera porque no puede servir cuio coste importará lo siguiente, esto es:
Noveinta cahises de iesso
135 reales

Dies y seis reboltones
48

Una lomera de olivera
25

Treinta y seis bigas rollisos
40
12
Tres cargas y media de carriso
12
6
Filet para encarrisar
2

Mil tejas
60

Piedra
20

Sacar la tierra
10

Dies días de obra a 16 reales maestro y peones etcetera
160

Suma todo
512
18
Y para que a la presente certificación de relación

30025866 (133)
en qualquier parte se le de entera fee y crédito. Yo Joseph Boix, notario ante quien passó puse aquí mi firma y sig(signo)no.
Passó ante mí

Joseph Boix, notario escrivano (rubrica)


30025867 (134)
(Cruz)
Aspe, julio 8 de 1705

El coletor


30025868 (135)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

No me puedo escusar en dar quenta a vuestras mercedes en rasón de la cobransa aviendo dado orden para executar a los infiteutas que puedan pagar en dinero |la paga de San Juan| por averles avisado antes algunas veses y resolverse a dar trigo no se hisieron algunas, por aver ofresido vino, y como el dotor Garçía fue uno de ellos, y aver venido Martín Garçía ariero de Murçia quien a sido mi desempeño (todos los años fuimos en casa Garçía y después de aver quedado una boa por cuenta del ariero quando fueron a cargar dixo que no quería dar aquel que tomaran de otro o quedaría trigo que de essemodo paguen bien). En Vicente Pujalte su a de lo mismo, y aún más que no quiere dar vino en la execusión y el escrivano dixo que le escrivían la mula, y a venido a mi casa con ellas quexas que unos vino ni la mula que executen en trigo que la mula l ha menester para ir a dar cuenta a su excelencia de este modo de obrar y que la ley no un ygual, porque con Almodovar, Andrés Beltrán no se executa con este rigor. Todos están echo un cuerpo indignados contra mí, y disen que este rigo es labertia, y al tiempo parese que la en que da muestras escrivir a su excelencia sobre este punto como también en rasón de trigo que quieren que se mantengan a los 65 reales quando en arina va a 9 libras y quedarán a su excelencia rasones para que se mantenga a los 65 reaes las rasones que pudieron dar si se resu-

30025869 (136)
miera su pecho que quieren vender su trigo a buen presio como lo dirá el paradero que es el portador y que diga si algún pobre vende algún medio de trigo o también indica esto a mantener el preçio asta Todos Santos como lo hizieron el año pasado y que pierda el patrimonio otros 8 reales en cada cais, que por ello todos quieren los infiteutas buenos que puede dar dinero, dar trigo porque les sele bien. Yo me hallo en puesto que devo mirar por la hazienda del patrimonio que para ello me dan renta y no para que permita sus sinrasones, yo no sé que camino me coxa porque aier en presençia del baile, justiçia y jurados me quisieron llevaron entre pies, sobre que un sujeto quiere vender su vino, y por no dar lugar a ello, por ser primoer la cobransa, lego a tanto la desverguenza que dixo con gran altives que estorbaría que el ariero no bolviera a Aspe y viendo que el baile, eso lo tolerarán por no tener enpeño dixe vuestras mercedes serán testigos de ol que hise porque se han de levnatar autos, no despego el baile la boca, lo que sintieron muy mal Juan Beltrán y Juan Serdán, jurado, pues después de me dixeron que el baile le avía de aver mortificado al sujeto con una caja rozada. Yo sé que se le encarga al baile me hisieron en carta de Joseph Boi, y lo que hizo, fue dexarme con la afrenta que se dexa considerar en un público, motivo para que cada día estemos con ataques porque ninguno quiere pagar. Yo no meneava cosa sin orden de vuestras mercedes para que con todo asierto, y sin pesadumbre

30025870 (137)
pueda cumplir con las obligaçiones de mi encargo. Tambien podrá el portador dar rasón de lo que pasó en rasón de mismo, y como a lo último lo han de dar de mi casa por no dexar el dinero que ni por lo que llevo de 13 doblones. Yo queod a su mandar de vuestras mercedes. Rogando la divina mersed guarde los muchos años de mi deseo. Aspe y julio 28 de 1705.
De vuestras mercedes su más fino servidor y más bueno

Juan Sánchez (rubrica)

Después de escrita está su sabido que la villa oi a escrito a Novelda, Elda y Monovar para saber a que preçio tienen puesto el trigo y de ninguna de estas vilas puede venir preçio acomodado, porque en ellas aora enpiesan a trillar, además que siempre ponen preçio a ello por los que han de pagar vendas que tiene, porque assí lo estilan.
En todas las villas procuran los administradores, que se han los abastos baratos, y acá procurarán que vaian caros, de donde se infiere que es intensión. También disen que al preçio que se rematarán día de Todos Santos le tomará la en ella. Dos cosas contrarias que les han de aguardar por el inero asta maio que se despache. Lo segundo que si fuera más barato, porque le avía de comer el pobre a esse presio.


30025871 (138)
(Cruz)

Mui señores míos en bista de la de vuestras mecedes que me entego el doctor Joseph Antón, devo desir primeramente que aquí no abido novedad alguna en el modo de embarcar los frutos de la villa, pues abundo llegado esta mañana a este castillo el yierno de Brunet con la comisión acostumbrada del baile le pregune si traía otra expresión por la ciudad, y me respondió que no que solo venía por la asistensia de la bailía que como se acostumba. Y esto mismo abiendo llegado el síndico y abogado de la villa a preguntarselo a respondido lo mismo que tenía dicho de lo que en presensia suia se a levantado auto, asimesmo protestándola con clausula de la comisión que expresa pagando los drechos de exida.
Y por no aver persona legitiosa que por don Carlos Caro, de orden de quien carga eta bara para Valencia con licencia del virei abonase a los tretores y siseros su drecho el patrón de la barca sea obligado a pagarlo que fuera por cada caís que cargare por don Carlos esto en presensia del mismo yerno de Brunet comisionario del baile que es quanto se a devido obrar para resguardo de los drechos de la villa.

30025872 (139)
Lo que yo siento y e dicho varias veses a vuestras mercedes es que mesvalía que no se embarase por aqu que no consentir se pagan en Alicante estos drechos: pues aunque es verdad que pagándoles aquí los que cargan como siempre se an pagado y en Alicante pagándoles sin interversión ni consentimiento de la villa; no quita que los de Alicante deven de firmar de drecho, por ser ijos de Elche, los que queden las licensias y los que asimesmo pagan y así esto se puede discurrir si podrá con el tiempo perjudicar.
Aquí no aviendo escribano ninguno de Alicante y como el ministro de la bailía no pretende otra asistencia si la de su comisión del baile se continúa a largar la barca.
Yo quedo sienpre esperando nuebos órdene de vuestras mercedes para manifestar mi obediensia y deseo me les guarde Dios a vuestras mercedes muchos años. Santa Pola y julio 14 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su mayor servidor

Don Luis de Cardenas y Reinoso

Mui señores míos y señores de la sitiada


30025873 (140)
(Cruz)
Respondo a tu carta de 29 del pasado y por la que te escriví el correo antezedente habrás visto llegue bueno a esta Corte gracia a Dios.
El assesor es menester que olvide su pereza y que la causa de Antón se fenezca, pues lo exçesos de este individuo, piden con brevedad la corrección.
En haviendo el contador concluido (pues lo está ya el cargo) la data de los nueve años de la obra de la yglesia se me avisará cada correo, del número de tierra de realengo que se a descubierto y reintegrado al patrimonio y quede entendido estar quando me escriviste a la que respondo el abogado fiscal en la sierra del Molar a esta averiguación; me guelgo empezase el día de San Juan a correr la fuente de la universidad; a quien se le entregará la adjunta, pues su buena e inmutable fidelidad mereze (y lo que yo la quiero) la avise yo de mi llegada; también se me embiará a deçir si se adelanta el puente.
Saviendo esa sitiada quanto estimo yo el Convento de la religiosas extraño que en el pescado que mandé se las diese sea con tan poca atenzión que se les de

30025874 (141)
después de haver escoxido todos y el más pequeño buelbo a encargar se tenga toda estimazión con este Convento. Dios te guarde. Madrid, 11 de jullio de 1705.
Duque (rubrica)

A la sitiada


30025875 (142)
(Cruz)
Madrid, julio 11 de 1705

El duque mi señor que Dios guarde


30025876 (143)
(Cruz)
Valencia, julio 23 de 1705

El procurador general


30025877 (144)
(Cruz)

Mui señores míos supuesto que según los indicios se podrá de les dos presos razón de los qe intervinieren en la fuga de los que se hubiera de la carzel vuestras mercedes es aprieten con calabozos i ierros porque apremiados declaren.
No e tenido cortedad. Geronimo y así no me a buelto a hablar sobre Cuquilla pero me pareciera bien que vuestras mercedes le escribieran esperar orden para la gracia porque asta aora no la an tenido y por estar propuestos a ponrla en execución luego que venga.
Sobre las partidas que faltan que correr de los realencos no lo dexarán vuestras mercedes de la mano prestando la noticia cada correo al duque mi señor para que le conste quan exactamente en mejor vuestras mercedes sus órdenes.
Lo de Alicante de ningún modo se debe disimular sino a todo tranze oponerse para lo qual en el primer embarque ofrezca es mesura que en nombre de vuestras mercedes a cuio fabor sederá las ssentencias baia y regresará con ella y proteste, y si por no detener la embarco esa divisa en paguen en el pretesto y así mesmo de quantos papeles tenga la villa cobre los derechos de embarcar me remitirán vuestras mercedes copia autentica en propio y también moverá copia de los procesos que está

30025878 (145)
en Madrid, y tanbién copia de los autos y licencia que se ganó para embarcar últimamente una copia del despacho que ganó Alicante para suspender la última embarcación que todo es de estar en la villa, y memorial en que todo se refiera y que la villa lo tome de veras y escriba aquí a sus abogados y procuradores porque es tratarlos como a súbditos a que por nuestra parte se conducirá con firmeza. El papelillo de la razón de lo que hizieron pagar recoxido a ustedes y guardándolo en la declaración de quien pago y si puede ser que se saque en tanto de la fianza que hizieron dar y en esto procuren ustedes ganar las oras. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia, julio 23 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marco Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025879 (146)
(Cruz)

Mui señores míos hemos recivido por manos de nuestro síndico los dos decretos que el duque mi señor se a servido haser merced a esta villa de 60 reales y del salario para maestro de estudio y de escuela. Y haviendo pasado a poner el asiento de los maestos dise en primer lugar el retor que no quiere se diga misa en la ermita con el motivo que se hirá toda la gente a la ermita y no vendrá a la parroquia Pastor admite y mosén Blas Martines admite pero que no es de punto despedir los gramáticos por sus dependencias vuestras mercedes en vista de estos reparos se sirvan desirnos lo que devermos obrar para el mexor açierto de lo decretado que es lo que deseamos y devo tener pleitos quedamos al servicio de vuestras mercedes

30025880 (147)
que Dios guarde muchos años. Crevillente, julio 27 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Bartolomé Serdá, justicia
Bautista Lledó, jurado
Juan Asnar, jurado
Marcos Antonio Ramón

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025881 (148)
(Cruz)
Valencia, a 29 de julio de 1705

El procurador general


30025882 (149)
(Cruz)

Muy señores míos el propio llegó a esta mañana con los papeles tocantes al embarco los quales en el proceso se a entregado al doctor Tapies y para conferir lo que convenga se buscará el precio último que se llevó que debo de todo refrenar me manda en el nombre de la vila para que así todo en urgente lo demás en escribiré por el corro quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señr como deseo. Valncia, julio 29 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes su mayor servidor

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025883 (150)
(Cruz)
Muy ilustres señores de la Junta patrimonial de su excelencia

Señores el bayle desta varonía nos dixo falisitarán el complemento de la gracia del pósito de trigo y sevada que su excelencia y nuestra señora la duquesa (que Dios guarde) se dignó hazer a los vezinos de villa y lugares que a nuestro entender faltan 40 caises de trigo y los 30 caises de zevada a lo que se hizo petición en la suplica y conosiendo ser la nesseciedad tan urgente para que los vassallos puedan sembrar passamos con la pressente a supicar a vuestras señorías sean medio con su excelencia para conseguir esta nuestra petición para este año; de lo que recebiremos de vuestras señorías toda mersé y consuelo y para que esta elligue con seguridad a sus manos havemos determinado hazer proprio suplicándonos manden para que podamos obedecer a vuestras señorías y que e leído les guarde muchos

30025884 (151)
años deseo. Su villa de Planes y julio a 30 de 1705.
Besamos las manos de vuestras señorías
Sus menores criados

Melchor Thomás, justicia
Abdón Villaplana, jurado mayor
Bartholomé Gadea, jurado menor de la villa de Planes


30025885 (152)
(Cruz)
Valencia, 13 de agosto de 1705

El procurador general


30025886 (153)
(Cruz)

Muy señores míos ne dexen vuestras mercedes de encargar a la villa escriva encargando se busque el proceso último del embarco porque asta agora, sino yo nadie se mueve y sin él no se puede hazer nada.
Por parte de Francisco Antón se quexa quieren obligarle a que saque copia del proceso el estilo de aquí es que si la parte no quiere copia no se le obliga a ello, sino que el proceso se le convenía a satisfación del juez y en esta conformidad corre la práctica invariablemente lo qual aviso para que la parte cesse en su querella.
La armada pasó por estos mares dexándonos en paz, Dios quiera conservarnos en ella y guarde a vuestras mercedes como deseo a cuio servicio quedo. Valencia y agosto a 13 de 1705.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025887 (154)
(Cruz)
Madrid, 8 de agosto de 1705
Conoçiendo neçesita la obra y fábrica del puente de mi madre Santa Theresa dmás personas que cuyden de su mercede brevedad y que acaloren las dilixençias conduçentes a ella, que sean de actividad, celo y aplicaçión al vien público; creyendo concurren en vos Juan Ors y Vizente Yrles, ests calidades os nombro por tales electos, no dudando cumpliréis enteramente con la obligaçión del encargo en que os pone mi elecçión la qual tendréis entendido.
Duque (rubrica)

A la sitiada


30025888 (155)
(Cruz)
Madrid, 8 de agosto de 1705

El duque mi señor, Dios le guarde


30025889 (156)
(Cruz)
El título para coletor y bayle de Crevillente fue ya despachado en Pedro Corbí veçino de la villa Yvi, por las buenas notiçias que mi madre ha tenido de su proçeder; para el correo que viene (que será quando lo haya reconoçido) os responderé sobre las diligençias hechas en las tierras de realengo, y sirba de disculpa para su dilazión estar los más ocupados en siega y trilla, pues como ya he dicho no puede serlo el vibir en sus eredades, pudiendo haçerlos venir a esa villa siempre que fuere menester.
Tengo por hombre de bien a Carlos Graçia y desde luego le conformará en el encargo de raçional de la obra y fábrica de Santa María a no haverlo sido antes razón porque me lo proponéis y porque yo no le admito pues nada de lo que pasava antes en esa villa, ha de pasar aora, y no han ado los anteçesores de los a cuyo cuidado está esta obra y fábrica, tan buena quenta de ella que sea motivo para mantenerlos para lo contrario si y así nombro tanto para este encargo como para thesorero del puente de mi madre Santa Theresa, otro que me propusieron con fulano Perpiñán, que si mal no me acuerdo se llamava Sampere.
No me admira que Joseph Miralles por su señoría el marqués Carrus de quien depende y los Antones por sí hiçiesen gavilla pues así estos como los demás de esa villa, han estado hecho a hazerlas hasta aora que me ha dado Dios (graçias a su magestad) no mala mano de deshazerlas, aun quando estos hombres diesen las carnes más varatas que don Juan de Molina, en quien por lo que me representáis no hay incombeniente devía no admitirles pues son lo que todos savemos; y a la villa escrivo aprovándole os consultase sobre este punto.
Quedo entendido haver pedido el procurador general los autos conçernientes al derecho de embarcar y desembarcar en el castillo de Santa Pola sobre que no dudo tendrá la villa buen suççeso y se lo procuraré yo façilitar. Dios te guarde. Madrid, 8 de agosto de 1705. entregaréis el decreto ajunto a los expresados en él.
Duque (rubrica)

Mi sitiada


30025890 (157)
(Cruz)
Madrid a primero de agosto de 1705

El duque mi señor que Dios guarde


30025891 (158)
(Cruz)
Madrid, a primero de agosto de 1705

El duque mi señor que Dios guarde


30025892 (159)
(Cruz)
Respondo a tu carta de 20. Y pues empieza ya Francisco Antón a producir los testigos en su defensa, parece estará esta causa fenecida dentro de brebe tiempo, aprovechando yo se consulte al procurador general la causa, quien me la remitirá con su parecer, para que yo delivere y aguardo lo que resulta de las quentas que esta tomando el contador de la yglesia.
Quedo entendido se me remitirá como tengo mandado desde el correo que viene lo que se fuere adelantando lo de las tierras de realengo y que se continuará todos los correos; pues se abrá salido ya de la trilla y principal bullicio de las haciendas, espero se desquite o pausada que ha andado la obra del puente, por este motivo, y estando ya concluida la cornisa y enpezado a sentar piedras en las esquinas, se puede ir caminando con celeridad.
Veo la detestable novedad que intenta la ciudad de Alicante, de cobrar sus sisas, y impuestos de los frutos de esa villa, y aún quando no fuese esto tan contra derecho, y contra la facultad ganada en contraditorio juicio, que tienen esos vecinos, de poder embarcar con solo la lizencia del bayle; solo por ser novedad y tan perjudicial, se haze indispensable poner el más eficaz

30025893 (160)
y prompto remedio a esta materia, sobre qe escriviré al procurador general, como también al virrey y ministros de la Audiencia y si fuere menester poner el remedio por acá, tampoco lo omitiré.
El governador meterá en un calabozo, con un par de grillos, al ministro Pedro García, y no se le soltará hasta darme quenta y adbierto no se vayga como los otros. Dios te guarde. Madrid, primero de agosto de 1705.
Duque (rubrica)

A la sitiada


30025894 (161)
(Cruz)
Valencia, agosto 6 de 1705

El procurador general

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025895 (162)
(Cruz)

Muy señores míos la villa ha remitido ya los protestos que hizo al tiempo de la embarcación y sobre los papeles con el proceso último que se llevó, que lo andamos buscando se formará un memorialito en que pidamos el amparo de nuestros drechos y privilegios.
Santa cosa me parece desengañar a Diego Pasqual para que no entra en pleytos voluntarios y santísima el que ajuste la quenta de la universiad y pague lo que deva sin hazer patrimonio con sus inquietudes de la hazienda de aquellos pobres.
Conozco el buen celo de vuestras mercede sobre el abasto de la carne más para salir de raíz será mejo sacar decreto de que no se admita postura de los Antones, por sí, ni por interpuesta persona justificado su malicia pues no es razón que la ley establecida no es razón que la ley establecida en bien público por evitar la malignidad de un tercero se aya

30025896 (163)
de derogar quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y agosto a 6 de 1705.
Beso las manos de ustedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)


30025897 (164)
(Cruz)
Valencia, julio 29 de 1705

Don Marcos de Alcaraz, procurador general


30025898 (165)
(Cruz)

Mui señores míos los autos de protesto que se hizieron por la villa el tiempo de el enbarco será concordante cubrir copia al doctor Tapies a quien a escribe a la villa y quedasen encargado de todos los papeles sobre que se deben ruina.
Acuérdome que Diego Pasqual me dijo quería entrar la universidad al arendamiento del gabellot de la sala por muchos convenientes que me pintó sin desordenada de la sentencia que tiene ganada de la que le respondí me parecía bien más aora que tengo no vivía se a lebado pleito y la villa lo ganó, vuestras mercedes le llamen y le digan no reconoce en cosas que ya están fenecidas, ni sea causa de turbar la paz, ya los con fueron les hablarán vuestras mercede para que entendidos de lo que esto es deliberen y que por qual no se meta en nombre de la universidad a hazer más de lo que universidad quiera y siendo ministro de la justa el doctor Gil an echo vuestras mercedes mal de verificar a Pasqual si se le deve y dar quenta a su excelencia aora según está dando las quentas a los quales a escrivirán vuestras mercedes con toda su fuerza y a cantidad para que se den con entera fue si si caso y en lo que fuere alcanzado quede satisfación porque desde aquí conozco será todo srá para ambrollar y confusión y en gritos lo pueda defender y de todo con

30025899 (166)
gran claridad dar quenta a nuestros amos para que ponga el último remedio que luego será preciso según su genio y condición.
Sobre lo que vuestras mercedes me participarán del arrendamiento de las carnes está bien todo lo obrado asta aquí pero respecto de disponer en la condición de que baxe y la aia de dar al mesmo respeto que en la universidad si alló si arrenda a menor prueba no me atrevo a entrar por ser conición que no admite derogación en medio que reconozco lo mesmo que vuestras mercedes de que baxarán por arrendar a lo abastecedores de la via. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde nuestro señor como deseo. Valencia, julio 29 de 1705.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025900 (167)
(Cruz)
Madrid, agosto 22 de 1705

El duque mi señor, Dios le guarde


30025901 (168)
(Cruz)
Reservome el otro correo a responder a tu carta de 10 y embío a la universidad el decreto para que no admita al abasto de las carnes a Joseph Miralles ni a los Antones aora ni nunca, y que se le de a Molina.
Embiarasme en respuesta desta el memorial que me dio María López estando en esa villa sorbe la repetición del dote de una hermana suya y el decreto que yo di como también testimonio del stado en que se alla esta causa quando llegue esta carta dejándola suspensa en el que se allare hasta nueva orden mía. Dios te guarde. Madrid, 22 de agosto de 1705. Cada semana suçeden desgraçias, dependençias y jamás em avisas nada, ya me canso de adbertirlo y será fuerza hazerlo hazer.
Duque (rubrica)

A la sitiada


30025902 (169)
(Cruz)

Muy señores míos ha sabido como Pedro Corbí viene con su compañía a Denia de que no se podrá apartar ni se le dará licencia asta alir de este embaraço que nos es arto dañoso por lo que impostava poner persona en Crevillente, paçiencia pues asiste a lo que más importa y su magestad escrive embiará providencia brevemente con que fío en Dios nos desembarcaremos de esta inquietud y más si como dize el virrey de Barcelona sobre donde está la armada que espera dar un buen día al rey nuestro señor por lo biese prevenida que esta aquella ciudad.
Cierto que en ningún tiempo son buenos los pleytos y competencias pero en este ucho menos y así creo que el diablo inquieta tan voluntarios cuentos como son

30025903 (170)
los dos sobre que vuestras mercedes me escriven movidos por los ministros del señor obispo bien que el último también fue cosa diabólica permitir toros al tiempo que Denia se perdía sin escusa de ygnorancia pues no la havía de estar la armada enemiga en estos mares de quien no se podía esperar cosa buena. Y son dignos de castigo los que haviendo negao la licencia el vicario para trabajar en día de fiesta los tablados en desprecio suio se puieron a trabajar estas cosas, come de raíz infeta permite Dios promuevan las contensiones y el diablo que por medio de ellas ayamos de defender a los malechores y dos prevadores de las censuras para que de esta manera se animen a perder el respeto a las cosa eclesiásticas. Yo he tenido por mejor escrivirle al señor obispo como lo ha guardar sobre uno y otro punto que vuestras mercedes tocan por ver si podreoms vencer antes de pleytear.
Remito a vuestras mercedes la carta porque si gustan pase el assessor a llevarla

30025904 (171)
cerrándola porque va en abierto para poderse leer y por si acaso toma diferente resolución no hemos de omitir el prevenir desde luego el hazer forma de drecho con instrumentos ante esta Real Audiencia para lo qual mientras se va y buelve con la repuesta de la cara empiecen vuestras mercedes a sacar instrumentos por donde se justifique ser la administración privativa de la Junta patrimonial ser quien use la jurisdicción en todo lo tocante a diezmos quien haze pagar y cobrar, y embargar tanto activa como pasivamente como todo lo demás que vuestras mercedes previenen y ser peculio del patrimonio quien bistrar lso prometidos embiando de cada cosa actos distintos estos han de ser de tiempo inmemorial a esta parte que se connumera como de 90 año pero no de todos los año sino de los autos que de diez en diez años se ayan hecho asta estos últimos actos porque de esta forma se prueva sin tanto

30025905 (172)
trabajo y sin embargo no dexará de costar trabajo el juntarlos y en viniendo firmaremos inmediatamente de drecho.
También le ablo sobre las censuras de los trabajadores cuias apellaciones están mancas pues vienen sin haver hecho notaria la apellación y sin testimonio de los efetos en que la admite el juez si es en ambos di colectivo y las persecio o en el discolectivo tan solamente.
Hallándose agora en cassa el procurador del obispo y diziéndome si quería algo para su ilustrísima me ha parecido que por sumedio vaya la carta porque se ha ofrecido traerme pronta la requesta quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y agosto a 27 de 1705.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025906 (173)
(Cruz)
Madrid, agosto 15 de 1705

El duque mi señor (que Dios guarde)


30025907 (174)
(Cruz)
Por haver estado ocupado sumamente esta semana no he podido ver las diligencias hechas en las tierras de realengo, procuraré verlas y se escriviré sobre ellas.
La averiguación de la uhida de Bauptista Martínez y Jayme Esteve, no consiste solo, en apresar a Salvador Spí, y a Jayme Navarro pues cosas así, más se averiguan extrajudicial, que jurídicamente y si yo estuibera alla a buen seguro que ya lo hubiera savido; por propósito tengo a Joseph Acarín para la vara de alguaçil mayor, pero será forzoso busque él persona de su satisfaçión para cavallero de la sierra.
Supongo se habrá hecho ya el asiento del abasto del tavaco y estraño no me lo escrivas pues he dicho artas veçes lo quiero saver todo. Dios te guarde. Madrid, 15 de agosto de 1705.
Duque (rubrica)

A mi sitiada


30025908 (175)
(Cruz)
Valencia, 20 agosto de 1705

El procurador general

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025909 (176)
(Cruz)

Muy señores míos. Recibo la de vuestras mercedes de 16 del corriente y haviendo mi señora la duquesa (que Dios guarde) nombrado por bayle y colector general de Crevillente a Pedro Corbí al qual es para ver y en vista de que no viene porque dizen está su madre enferma y porque creo se halla ocupado con estos socorros de Alicante. Remito a vuestras mercedes el título, para que quanto antes dispongan el entregarselo a entre en el exercicio.
La armada enemiga ocupa de paso a Denia donde dexo alguno guarnición y siete navíos con dos balandro, Dios disponga quanto antes les podamos echar de allí, sobre que el señor virrey procura dar las providencias necesarias: uso lo que ha pasado en Alicante a quien solo le ha estado bien la venida de la armada y que las villas solo han padecido la ruina con los socorros sobre que no dexará de dar provi-

30025910 (177)
dencia su excelencia. Dios nos la de en esto conflictos como lo hemos menester y me les guarde muchos años como puede. Valencia y agosto a 20 de 1705.
Beso las manos de vuestras mercedes su mayor servidor

Don Marcos Antonio Alcaraz y Pardo (rubrica)


30025911 (178)
(Cruz)
Aspe, julio 31 de 1705

Joseph Boix


30025912 (179)
(Cruz)
Señores de la citiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. Hoi viernes a las dose horas y tres quartos del día estando iantando ha venido Juan Beltrán, justicia a mi casa y me ha dicho que camino de Alicante han salido tres ladrones a Sebastián Miralles y a Valeriano Sánchez y les han robado y que se necessitava de requisitoria y yo le respondí que en continente iva al tribunal y que previniera a los dichos Sebastián y Valeriano vinieran allí para dar las señas de los ladrones y en continiente sin acabar de iantar me fi al tribunal y a la que estuve enfrente de la casa de Juan Cremades de Jaime ohí que en casa de Sebastián Miralles dezía Pablo Sánchez: ves y dile que digo io qu venga muchíssimo de noramala, y vi salir un muchacho de la casa corriendo y encontrando conmigo mie dijo; a usted iva a llamar con que inferí que la nova mala de Pablo la havía encaminado

30025913 (180)
a mí; certifico a vuestras mercedes que me vi perdido. Y me recobre como pude y le dije a Pablo la poca rasón que tenía en hablar de aquella suerte. Y respondió que ia lo havía dicho porque havía media hora que me havía embiado a llamar con el justicia; yo le repliqué que entonces mesmo me havía avisado y que en continente me levanté de la mesa sin acabar de comer y que no tenía rasón en lo que desía. Por fin se fue mareando ajándome con palabra y amenasando diziendo que él pondrá remedio y me mortifique lo que Dios sabe por haverme hallado en cuerpo de jubón desabrochado y sin arma alguna.
Y luego que llegué al tribunal delante de testigos pregunté al dicho Juan Beltrán, justicia que quanto tiempo habría pasado desde que me avisó hasta que estuve a la puerta de Sebastián, y respondió el justicia que abrían pasado cosa de tres credos y aún no; y de esto constara; consideren vuestras mercedes que tardança es esta pues solo me detuve en tomar la capa y montera sin acabar de comer.
Por fin señores míos la soberanía y altives de Pablo Sánches es mui grande. Yo señores tengo puntos de hombre de bien. Y hoy me hallo ajado con este oprobio,

30025914 (181)
siendo criado de su excelencia que Dios guarde póngolo en noticia de vuestras mercedes para que den la providencia que más convenga para que se mantenga la estimación propia de cada cual.
Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como deseo y he menester. Aspe, julio 31 de 1705.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más apreciado servidor

Joseph Boix (rubrica)


30025915 (182)
(Cruz)
Crevillente, 25 agosto 1706

Los ministros


30025916 (183)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial

Señores míos. La respuesta de la carta del marqués de Rafal para vuestras mercedes se remitió ayer con Pedro Antón y haviendo conparesido esta mañana Francisco Lledó en la plasa se a echo aprención y puesto preso; a cuio tiempo se allava el contralibro en la Corte hasiendo relación a la villa como la cobransa de los granos del pósito se alla mui atrasada, y que los deudores se niegan a dar satisfación; llegó a este punto el justicia y disiendo los jurados al contralibro cobrase rigurosomente pues no havía raón que se quisiesen escusar a pagar diesmo, primicías, pósito y pechos respndió dicho justicia que los diesmos, primicias y pósito que mui bien pero que pecho y demás que no; dixole el escrivano que que orden traya de Origuela para que

30025917 (184)
se pagasen los diesmos, pechos y demás rentas tocantes al duque mi señor, Dios le guarde, y que si le traya que la manifestase para apartar inconbenientes, a que respondió que no traía orden por escrito pero que la tenía de palabra: alláronse presentes algunos consexeros a estas rasones y se procuró acortas de rasones por no pasar a más pesadumbre. Y como esta sisaña se alla sembrada por otros sugetos y haora se añade la orden que el justicia dise tener haviendo venido este de Origuela acompañado de su asesor en donde se sabe que se han pedido todos los officios y que la respuesta fue que en este particular es el dueño su excelencia pasamos a vuestras mercees estas noticias para que en vista de ellas nos manden desir lo que devemos obrar quedando para servir a vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente, agosto 25 de 1706.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servidores

Pablo Peres, baile
Marcos Antonio Ramón (rubrica)
Julián Saxardo (rubrica)


30025918 (185)
Madrid, enero 29 de 1707

El duque mi señor (Dios le guarde)


30025919 (186)
Respondo a tu carta de 17 del corriente quedando entendido. Entimo el theniente de governador mis decretos a la villa y estando el governador en ella devía el haverlo intimado pues remitirlos al theniente fue en su posisisión de que estava fuera el governado. Y en quanto a reemplazar del tinajero de don Ysidoro, el azeyte que tomaron los soldados del de mi madre tengo escrito al governador se esté a lo que el virrey dispusiere, después de hecha la representaçión y está sin ninguna instançia.
Siento no se lograre, la oportunidad de embarcar en el navío Ginobes, que traía bacalao, alguna buena porçión de barilla, estarase a la vista por si consiguiere lizençia del virrey para vender sus generos que cargue de barilla y tengan ese alivio los pobres; y me conformo en que el colector, baya cobrando con equidad lo que pudiere, como tengo mandado.
Continue Polechrino Tarraga, en su interin de asesor y aunque el preçio del arrendamiento de la albufera, es demasiado en 16.400 reales y el prometido demill y treszientos muy crezido, no obstante, los tiempos hazen gustoso este arrendamiento.
Propondrás en él por esa sitiada, el más a propósito para

30025920 (187)
abogado fiscal, y en eligiéndole yo firmé la carta, como hasta aquí. Dios te guarde. Madrid, 29 de henero de 1707.
Marín haze muy bien en descaminar a todos los que llevaren bastimento a Alicante y e justo se aproveche de lo que esto le valiere, pues por esto se expone al riesgo, pero quando aya de salir pida lizençia al governador y quando este no estubiere en la villa, a su theniente, y ni uno, ni otro se la niegue, y de quenta, después de haver buelto, de lo que a egecutado y a quienes a cogido.
Duque (rubrica)

Sitiada y Junta patrimonial


30025921 (188)
(Cruz)
El doctor Francés Bru, prevere, depositari de las rentes de la obra y fàbrica de Senta María de la vila de Elig; pagarà a Felip Boti, sabater trenta reals per sis parells de sabates que a fet al sacristà major y menor y quatre infants de cor de dita yglesia per a lo dia del Corpus del Convent añy que ab està fermada dels señors elets y confesió del dit se li pasaràn en data. Elig, juñy, 19 de 1707.

Doctor Salvador Peripiñán, fabriquero y eletos (rubrica)
Doctor Claudio Perpinyan, elet (rubrica)

Esta libranza corresponde a Pasqua de Resurrección del año 1708 según la seguida de las antezedentes y es el asiento que lleva en la quenta.

Carlos Graciaperlo, racional (rubrica)

Confese yo Felip Botí haver rebut la desusdita cantitat del repradit doctor Fransés Bru, clavari y per ser ab elet de la veritat fiu fer el present Pasqual Antón, notari, en 12 julio 1707.
Son 30 reals Per Felis Botí
No 4. Pasqual Antón (rubrica)


30025922 (189)
(Cruz)
Madrid, 29 de junio 1707

El duque mi señor (Dios le guarde)


30025923 (190)
(Cruz)
Respondo a tu carta de 21 que me ynforma la novedad segunda la mañana del día zitado, y estraño ynforméis con más distinzión de ella; acompaña esta la adjunta para el governador de Origuela y otra para Borgoño que es quanta providenia se puede dar y os apruevo despacharéis al punto espreso dando la notizia de la novedad, a los dos, aguardo me ynformaréis con más distinzión de todo y dessa os guarde Dios. Madrid, a 29 de junio de 1707.
Duque (rubrica)

A la sitiada


30025924 (191)
(Cruz)
Madrid, 24 septiembre de 1707

El duque mi señor (Dios le guarde)


30025925 (192)
(Cruz)
Respondo a tu carta de 12, y no se cesa en la diligencia para aliviar esa villa de la contribución nuevamente pedida por Valencia, creo lograrlo, quedando entendido de los 200 cavallos del Regimiento de Jaén que se mantuvieron en essa villa dos días y estraño que el governador no me haya tomado en la voca jamás el modo con que se hacen estos alojamientos pues aunque esto parece era privativo a la villa le tengo repetidamente mandado intervenga en todo, como lo executará desde ahora, y también no exceptúan las cassas de los nobles de alojamiento por ningún casso, pues tiene mandado el rey se alojen sus tropas sin excepción de persona, y pues hata ahora los pobres han llevado ellos solos esta pensión satisfaserles con el alivio de repartirse sobre todos el alojamiento, y esto ha de ser siempre que o transiten, o permanezcan tropa en esse lugar, de que en cada occasión me embiará governador y villa testimonio de haverlo hecho, y en que forma expecificando en él las personas que han sido alojados, y officiales como las cassas.
Apruevo la respuesta que se le dio al mariscal Mahoni no dudando esperará la resolución del rey sino obstante

30025926 (193)
Repitiere sus instancia se me despachará propio con esta noticia.
Quedo entendido de haver intimado a Juan Sánchez y Vicente Bernabeu mi orden para que se presenten en esta Corte y traer el último las cartas del correo passado.
Buelven los títulos de sobrecequiero y amotacenes.
Fuera mejor que el doctor Geronimo Tarrega se aconsejase acordándose del lamentable estado en que está essas villa, gastasen los síndicos con moderación que no con vanidad sobre que el governador dará orden en mi nombre a dicho síndico le entregue la quenta de lo gastado en el viage de Orihuela con distinción de los días que ha ocupado y lo que diaramente en cada uno de ellos a hecho, la misma intimirá a la villa y que expecifique en el testimonio lo que le ha señalado por favor cada día. Dios te guarde. Madrid, 24 de septiembre de 1707.
Vengan luego essos papeles.
Duque (rubrica)

Sitiada de Elche


30025927 (194)
(Cruz)
Madrid, noviembre 26 de 1707

El duque mi señor (Dios le guarde)


30025928 (195)
(Cruz)
Respondo a tu carta de 14 de este pareciéndome bien hayado adelantado el aprovar los impuesto que ha consignado la villa para la paga de los jabones embargados, y para su firmeza, ya abréis recibido el decreto que embíe el correo passado dando licencia para usar de los arbitrios propuestos en la mesma forma y medita que expresas.
Y en quanto al repartimiento que discurres sobre las personas que no tienen olivares, ni otros frutos para que assí todos en lo que puedan ayuden a la satisfacción, embiará una relación de la cantidad que se arbitra, quedará sin poderse satisfacer pagado el medio diezmo y el importe del dinero sobre las barchillas de molienda, y el modo y personas sobre que ha de recaer dicho repartimiento con la expresión de la entidad de hazienda que se les considera, para que yo enterado de todo hallando la igualdad que deve observarse lo aprueve.
La demostración executada con los miqueletes servirá de freno y resguardo a esos vecinos para poder con livertad cuidar de sus haciendas y conservar con seguridad.
Don Pedro Corby, no ha escrito y doy orden al governador para que pase a dar el juramento a los ministros que faltan; y paran en su poder los títulos, los quales siempre que fuere, procurarás no tengan retardación en su execuçión.
Quedo entendido de la conferencia que tuvo el fiscal con

30025929 (196)
el doctor Luis Boyer, sobre los bienes confiscados y como ya este ministro no tiene dependencia en essa villa; pero como sobre este punto tiene escrito don Marcos al contador, se executará lo que tenga cavimiento y tu estarás a la mira para obrar quanto convenga en resguardo de los derechos de mi madre (Dios le guarde). Y quedo entendido de lo demás que contiene tu carta. Dios te guarde. Madrid y noviembre 26 de 1707.
Duque (rubrica)

Sitiada patrimonial de Elche


30025930 (197)
(Cruz)

Señores míos, esta villa es llamaa de la ciudad de Origuela para encausarle en los derechos de alcavalas y siento, y como el año pasado la ajustaron en la cantidad tan cresida de 120 reales reselamos se quieran governar por ella en este nuevo encausamiento y desseando obtener el mexor asierto a favor de este común que se alla tan aniquilada y poobre; recurrimos al sagrado de vuestras mercedes para que nos manden dar el pareser más propresionado que combiniese pues en caso de no acomodarse el encausamiento a cantidad que se pueda pagar como de tres a quatro mil reales seríamos de sentir se administrasen estos derechos y que esta villa se diese la mano en esta materia con essa o con la de Aspe para que pudiera conseguir la combeniencia posible. Fíamos de vuestras mercedes nos favorese serán en este particular como también en darnos mu-

30025931 (198)
muchas órdenes del servicio de vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente, enero 13 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus mayores servicios

Francisco Gallardo, alcalde
Bautista Planillas, regidor
Marco Antonio Ramón, regidor
Pablo Soriano, regidor
Jaime Mas, regidor

Señores sitiada y Junta patrimonial


30025932 (199)
(Cruz)
Crevillente, 17 enero de 1709

El doctor Luis Simó


30025933 (200)
(Cruz)
Señores

Aviendo llegado la justa queja más bien pudiera desir agravio a oydos y concideración del excelentísimo señor duque de Arcos mi señor y dueño digna de toda comiçeraçión se a dignado su excelencia con solarma (que assí lo esperava de tan gran príncipe) con responderme ymbiándome carta cuyo tenor es el siguiente: recurriréis a la sitiada a quien mando se os aga justicia no a sido pusible recurrir más presto por allarme ympedido, que ni aún llevar la pluma no me atreve y ago secretario a mi hijo; yo suplico a vuestras señorías tengan por bien mirar y obrar de justicia que además que el duque mi señor quedará gustoso, según que pienço darle en breve las gracias, será también del servitio de Dios. Ponderar mis nesesidades no es del caso precente ni para fiar al papel, lo dejo a la alta compren-

30025934 (201)
comprehención de vuestras señorías a quien Dios nuestro señor guarde muchos y felizes años en su grazia. Enero, 15 del año de 1709l
Beso la mano de vuestras mercedes

Dotor Luys Ambrocio Signo (rubrica)

La deuda y cantidad retenida es con poca diferencia dos mill y trecientos reales


30025935 (202)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial de la villa de Elche

Muy señores míos. hallándosse esta villa presisada de haver de entregar mañana sin falta ninguna 490 libras por lo corrido del quartel de invierno y por otra parte la tercia de alcabala salario de governador de Orihuela y resta de las bullas del año passado, y más los 150 doblones que el doctor Gil nos dize se han de conponer de estos sinquenta, por todo este día que por qualquiera de estas partidas resela más nos atropellen; nos presissa recurrir a vuestras mercedes supplicándoles nos favorescan en prestar a esta villa unos doze caises de trigo y doze caminos de azeite, para con ellos tener en parte desenpeño a nuestras obligaciones porque de otra forma (aunque se pueda recoger algo de prompto no bastará para el desempeño) ofreciendo pagar por todo agosto de este año, fíamos en vuestras mercedes quedar consoladas, como su im-

30025936 (203)
pre lo hemos experimentado de su gran zelo, y quedamos rogando a su buena magestad guarde a vuestra merced muchos años que desea. Aspe, febrero 17 de 1709.
Beso la mano de vuestra merced
Sus mayores servidores

Aparisio Garsía, alcalde
Visente Pujalte, regidor
Juan Caparos, regidor
Joseph Caparrós, procurador


30025937 (204)
(Cruz)
Aspe, marzo 2 de 1709

El bayle


30025938 (205)
(Cruz)

Muy señores míos la ynsesante tahona en noche y día que me acosa a podido enbargarme la ejequsión en dar respuesta puntual a la de vuestras mercedes agolo ahora disiendo ser los sujetos que en los Ondones se encontraron quando los migaletes entraron en tal paraje ejecutando el robo de los castellanos, los hixos de Juan Caparos, Alonso Garsía y Bartolomé Gumiel con los de Monovar que allí se mantienen a los que violentamente obligaron diesen el escaso mantenimiento en que se hallaron por entonses esta jente es sierto se mantuvieron por aquella noche dejándoles por la mañana amenasados si avisavan al lugar afirmando les espiarían, este reselo y el de vivir lo más del año en las labores del campo en sus cavalgadura me parese pudo obligarles a justos reselos

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siendo tardos en el alivio que se me dio por Juan Caparrós la noche sigiente y como por entonses esta mala jente lo tenía superitado todo no siento sea tan qulpable la omissión como suponen aora que por la misericordia de Dios nos vemos de sus ostilidades libres las que an ejecutado una y otra ves sobre las mismas tropas y lugares dejando sus atrevimientos encojidos a hunos y hotros por lo que disqurro estos pobres hombres no deven ser qulpables en que se perturbasen antes si que los rexidores cuieran alegar exenplares o exenplar qual el de el síndico conquriendo en aquel la culpa formal que en entre no a medido pues estando los migaletes en las tierras de dicho síndico y el alcalde es costante que huno y otro les ynviaron pan porque vino con las amenasas un hixo de Caparrós el devió no avello callado ni menos socorrido a los tales y que este se les qulpe ay alguna rasón que contra sí arguie y en estos no otro si un temer solo yo e aprendido es ynjustisia lo que se ejecuta en la villa y lo mesmo siento de lo que pre-

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tenden sus ofisiales aora; saliendo sienpre el mejor sentir de vuestras mercedes que como a tal a él me sujeto sienpre yo a servilles en las ocasiones que lograren mereser ms buenos desechos los que por consigiente conforman rogando a Dios nuestro señor conseda en vuestras mercedes los muchos años de felisidad y vida que se desean. Aspe, março a 2 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más obligado servidor

Luis Esquerdo y Esquerdo

Señores de la Junta patrimonial y sitiada


30025941 (208)
(Cruz)

Mui señores míos, aviendo visto lo que vuestras mercedes por la suia me expresan devo desir como en días pasados hun ermanico de la mosa me abló sobre la cobrassa de la soldada y aviéndole llamado me satisfiso con desirme avía cargado un qunado de la mosa vino para sella pagada por aver deselle fiador como así lo tenían todos convenido aora le e buelto a llamar y me dise le tiene dado 19 libras esto es 12 en vino como tienen tratao y 3 en ropa nueva independiente de la que por tasasión deve dalle solo tiene de diferensia el pretender le fue afirmada por 8 a 9 años y teniendo más le viene a pgar más pues pretender d elos 8 a los 20 pero esto no es reparo si solo para conmigo el que no a qudan los ynteresados si bien le e dicho aquda a que se aga la tasasión para dejar terminada la depensia que es quanto sobre ello se oqurre quedando

30025942 (209)
qual sienpre con un ansioso deseo de servir a vuestras mercedes si pudiere ser de proveho cuias vidas guarde Dios muchos años. Aspe, febrero a 26 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su mui sierto servidor

Luis Esquerdo y de Esquerdo (rubrica)

Señores de la sitiada y Junta patrimonial


30025943 (210)
(Cruz)
Memoriales puesto por Miguel Quezada y Chrisanto Pérez de Crevillente sobre arrendamiento de diezmo de azeyte y almazara del arrendador 1709 y decreto del duque mi señor, Dios le guarde sobre ello.
Díose satisfación en 28 de noviebre 1709 que se alla su regidor en mano de cartas de sitiada


30025944 (211)
(Cruz)
Excelentísima señora

Señora
Christanto Peres vassallo de vuestra excelencia de la villa de Crevillente puesto a los pies de vuestra excelencia dize que aviendo publicado de orden de la junta que el que quisiere dezir o azer, dezir en el arrendamiento de la almassara para que prosiguiendo puesto un albalan y otro pobladores, otros y siendo el mío muy mejorado no se hizo público en canto pues de estos a vuestra excelencia se le sigue daño en los preçiio de los remates pues huvieran montado más la almasaras y siendo assí que tenía yo fiadores de todo desempeño an admitido otro albalán en veinte y sinco pesos menos

30025945 (212)
de lo que estoy muy avergonzado que a no allarse en tiempo de ocupassiones no dexará de ponerme a los pies de vuestra excelencia a pedir justicia en mi ofensa et licet etcetera. Dios guarde a vuestra excelencia los muchos años que deseo. Crevillente y octubre a 9 de 1709.
Humilde vasallo de vuestra excelencia que sus pies besa

Grisanto Peres (rubrica)


30025946 (213)
Crevillente, octubre 9 de 1709

Crissanto Pérez


30025947 (214)
(Cruz)
Crevillente, 4 noviembre de 1709

La villa


30025948 (215)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial

Señores míos asemos repuesta a la de vuestras mercedes sobre la que saque Joseph Pastor fundó disiendo que este y mosén Blas Martines luego que se enquistó este para se le se apartaron del exercicio que tenía en la educación de gramática y escuela con el motivo de aver agotado las tropas los granos del pósito de donde se les pagava el salario de donde se les pagava el salario como tanbién por los pocos pusibles de la villa que en parte contribuía en ello cuio trastorno duró asta que los dragones se fueron que fue en fin del año siete y pasado esto bolvió algún muchacho a casa de dicho Pastor y continuan asta oy que uno de los alcaldes pasó a satisfacerse y alló uno de

30025949 (216)
gramática con dos otras más que sé van y otros seis o siete muchachos de la esquela la villa en vita de no tener de donde y que el salario destos maestros era ynfructuoso resolvió a ser punto para que no les pudiesen pedir en adelante avisándoles de ello y después a vista que iva algún muchacho a casa de Pastor y que este se valió del contador para que se le aliviase se le ofreció librarle de allí en adelante en quanto se pudiere lo que se executó desde otubre del año ocho asta oy que reconsiendo lo poco que fruta sus educación y las muchas cargas que llevan los vesinos a instancia y clamor de ellos se resolvió para acallarles el ponerle alogamiento y la porsión del trigo que se nos pide al respeto de los demás cuia resolución se funda en la queja de los vesi-

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nos y tener a la vista el que este ombre con capa de pobresa compra olivar en tiempo de más nesesidad coje su aseite y le puede guardar para venderle a la menuda al mejor tiepo y ultimamente no se puede negar que la educación es lo más ynportante de una república pero no para aser cara y con ella librarse de los trabaxo y açer patrimonio como este lo executa esta villa quisiera dar gusto y contentar a todos pero no lo permiten los tiempos que a todos noscomprende y sin embargo de ello vuestras mercedes discuran lo que se deva aser que con su aviso lo observaremos con toda voluntad que desea guarde Dios a vuestras mercedes muchos años. Crevillente y noviembre a 4 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus maiores servidores

Francisco Gallardo, alcalde
Joseph Quesada, regidor
Miguel Ontiniente, regidor


30025951 (218)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial

Señores míos los alcaldes y regidores desta villa les miró tan cansados de los trabaxos coridos que sobreviniendo agora la contribución de quartel reconosco se a de seguir notable perjuisio a la universidad porque su asistencia para lo que oy se contribuie es tan poca que porque unos se van a su asienda asen lo mismo los otros de que se sigue el veni soldados por las pagas y alojados en casa los pobres sirven de colectores y asta aserse pago no se van cuio gravamen es reparable y deseanod el maior alivio paresiéndome ser de

30025952 (219)
mi obligación dar quentas a vuestras mercedes de ello lo executo suplicándoles se sirvan dar providencia para que se nombren otros que repartido el trabaxo será menos sensible y para este caso remito a vuestras mercedes la memoria adiunta de las personas que a pareser de los mismos alcaldes y regidores son los mismos alcaldes y regidores son los más al propósito que se allan a cuia vista espero del gran selo de vuestras mercedes darán expediente para el buen govierno desta villa quedando yo para servir a vuestras mercedes que Dios guarde muchos años. Crevillente y noviembre 4 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su más sierto servidor

Francisco Hontiniente, síndico (rubrica)


30025953 (220)
(Cruz)
de los consejeros nombrados
doctor Joseph Spla
Andrés Navarro
Bartolomé Serdá
Silvestre Juan
Joseph Reig
Sebastián Candela

Nuevos:
Esidoro Mas
Felis Lledó de Mas
Pedro Mas Davó
Juan Bautista Soriano


30025954 (221)
(Cruz)
Madrid, noviembre 16 de 1709

El duque mi señor (Dios le guarde)


30025955 (222)
(Cruz)
Rezivo tu carta de 4 y sobre el socorro que hiçistes a las villas de granos para sembrar te repito lo que el correo pasado te previne.
Está bien soltase el governador a Joseph Ripoll, apercivio para que no buelva a usar de armas de fuego.
No cumples con deçirme que las villas y ministros del marquesado tienen orden del governador para que me den quenta de todo lo que ocurren pues lo que te he mandado es que también te la den a tí, para que se pueda acudir a dar providençia a lo que con la dilación del correo, puede tener algún incombeniente.
Luego que estén pagados lo quatro doblones a Faustina Sánchez, se embiará el testimonio que he pedido.
Quedo entendido haver pasado el governador a Alicante a conferir con el mariscal don Pablo Ronquillo sobre quartel de ymbierno y paga de utensilio y será de mi agrado todo lo que se pueda lograr en beneficio de los vecinos de esa villa; y tengo por contraria la voz que diçes corre, de haverse mandado contramarchar la cavallería a la partw de Aragón.
Sobre el abato de carnes de la unibersidad y de esa villa

30025956 (223)
tenía mucho que decirte y culpar al governador pues la baja de dos dineros en libra que se ha hehco en la unibersidad de San Jaun, por Atonio Bonete y Joseph Sanpere es por disposición de los Antones, siendo su ánimo que no entre el doctor Thomás Yzquierdo este año, aunque pierdn, para sacar el siguiente la ganancia duplicada y saviendo tu las vezes que tengo repetido no entren en este abasto los Antones así por el daño que haçen con sus ganados en el término y haciendas de los vecinos como por tenerlo hecho comerçio, sin dejar arbitrio al común para que lo arriende a quien fuere de su combeniencia, no has prevenido este incombeniente; y para que no se buelva a cometer llamarás al doctor Thomás Yzquierdo, y le propondrás entre el abasto de la villa y unibersidad, dando cada lirba de carnero a 36 dineros y la de macho y obeja a 26 que son las posturas admitidas, prefiriéndole a los demás; y justificarás si Antonio Bonete y Josepe Sanpere son testaferros de los Antones y siendo çierto les pondrás presos y me darás quenta para que tome resolución. Dios te guarde. Madrid, 16 de nobiembre 1709.
Duque (rubrica)

Sitiada y Junta patrimonial


30025957 (224)
(Cruz)
Crevillente, noviembre 20 de 1709

Pablo Pérez


30025958 (225)
(Cruz)

Mui señores míos resibí la de vuestras mercedes de 29 de los corientes y en su contenido como hordenan vuestras mercedes que vista aquella pase a mandar a Jaime Horts para el castillo de Santa Pola ante el capitán o su teniente asta segunda horden de el governador y asimismo a Francisco Hontiniente síndico que se presente ante el governador deste marquesado dentro de dos días lo uno y lo otro e puesto por ejecusión esta mañana, y la vara de alcalde de Horts se lo entregado a Andrés Navarro en el interin (que mi señora la duque Dios le guarde9 pase a nombrar en propiedad y se a dado la jura.
El capítulo antesedente en que me disen se lo ha a los de la vista lo echo y ellas les e dicho que el que oi conosca que falta un instante a su cargo que tengo horden a vuestras mercedes para mandarles al castillo de Santa Pola por-

30025959 (226)
porque avrá mucha es cierta en cuidar de sus encargos. Pues hoi de contado viendo el ejemplar de Horts y Hontiniente an echo nueva planta para de el modo se a de hir cobrando el quartel volveré que no faltarán en perservar yo quedo en el cuidado que el que io viese no aiude a su obligación el maior fiscal sirvió en dar aviso a vuestras mercedes. Yo conosco que esto y mucho más es menester para que traten de orden penarle y no puestan en la inligencia que en venir el maior aogo. Mi señora Dio le guarde les a desempeñar
yo quedo perando hordenes de su maior servisio, cuia vida guarde nuestro señor muchos años como deseo. Crevillente, noviembre a 20 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes su más afecto servidor

Pablo Pérez

Señores de sitiada y Junta patrimonial


30025960 (227)
  900 222
  222    111
  678    333
  339
1017


30025961 (228)
(Cruz)
Aspe, noviembre 29 1709

El theniente de bayle


30025962 (229)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Aviendo entrado esta tarde Bernardo Planes hechando piernas en su cavallo, le he prendido y remito a vuestras mercedes con más extensión en el proçeso que está formado y quedando a la disposiçión de vuestras mercedes ruego a Dios les guarde muchos años. Aspe y noviembre a 29 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su más obligado servidor

Pablo Sánchez Fuentes (rubrica)


30025963 (230)
(Cruz)
Orihuela, febrero 28 de 1709

El señor obispo


30025964 (231)
(Cruz)

Señores míos. Recivo su carta de vuestras mercedes del día de oy en que veo la necessidad de granos que tiene la villa de Aspe, no bastando los de los seglares para el abasto y deviendo todos concurrir al alivio del público escrivo la adjunta al rector de aquella mi yglesia en que le doy el orden que vuestras mercedes verán ajustándome a las concordias otorgadas por el estado ecclesiástico con el rey nuestro señor (Dios le guarde) de que no devo exceder, ni faltar antes bien pudiera hechar menos una circunstanzia prevenida en la concordia y es que la cala de los seglares dse aya de haçer con injuzión y asistenzia de la persona que destinare el juez eclesiático y atribuyo el no havérsele dado cumplimiento a la falta de notizias de la concordia, pero siendo tan notorio que no son bastantes los granos de los seglares, me contentaré con que el retor vea el registro para que no se falte en el todo a la calidad referida y siempre me hallarán vuestras mercedes dispuesto a quanto condusca a la causa pública y al servicio de vuestras mercedes guarde Dios a vuestras mercedes muchos años en

30025965 (232)
su divina gracia. Orihuela y febrero 28 de 1709.
Beso la mano de vuestras mercedes su mayor servidor

Joseph, obispo de Orihuela (rubrica)

Señores governador y sitiada de la villa y marquesado de Elche


30025966 (233)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. Aviendo tomado mosén Juan Antón duçientas libas a cambio de la fábrica del pantano de Elda, le fue fiador, con otros, Françisco Pastor de esta villa, a quienes hizo guarda de daño, obligando su hazienda Juan Antón, padre del prinçipal obligado.
Y llegando el casso el año passado de recobrar la fábrica esta cantidad con egecuçión militar tocó pagar a Pastor sinquenta libras que queriendo le pagassen los legatarios de Juan Antón no lo pudo conseguir aunque se valió de varios medios que lo solicitasen.
Por lo que puso demanda en este tribunal y aviéndose seguido el pleyto muchos días, me pareçió juntar todos los herederos o legatarios y reconviniéndoles con la mucha razón que asiste a Francisco Pastor quedaron convencidos todos (menos Flugencio Pujalte que por pobre no se atrevió) a darle satisfaçión por todo el mes de octubre passado.

30025967 (234)
Pero aviendo llegado el plazo y pedidoles lo tratado respondieron con escritura negándose a ello, por lientos que les da el doctor Martínez su abogado assegurándoles no deven pagar, siendo motivo para que el pleyto diré que Pastor gaste después de careçer de su dinero y que los herederos possean alegremente la hazienda que estava tenida a evicçión.
Y por pareçerme (según dicta la razón natural) no puede ser esto justiçia, suplico a vuestras merçedes se sirvan discurrir arbitrio para que termine esta dependençia pues no puedo negar no tiene dessabrido el aver sido delante de mi el trato y ver que Jusepe Antón, hijo y herano de los prinçipales obligados saca por todos la cara para la defensa, siendo quien justamente deviera pagarlo todo, fiado en la literatura de su abogado.
Para Novelda y Monforte no falta pescado de la albufera, y aquí todavía no se a visto uno en la plaza, si a vuestras merçedes pareçiere mandar, dar una palabra al arrendador agradeçerían mucho estos vassallos de su exçelençia ser preferidos y quedando como devo a la disposiçión de vuestras merçedes ruego a Dios les guarde muchos años como desseo y he menester. Aspe y noviembre a 29 de 1709.
Beso la mano de vuestras merçedes
Su más obligado servidor

Pablo Sánchez y Fuentes


30025968 (235)
(Cruz)
Madrid, 7 diziembre de 1709

El duque mi señor, Dios le guarde


30025969 (236)
(Cruz)
Queda aquí el testimonio de la satisfación de los quatro doblones y sin se huvieran llebado no huviera ahora que restituirles y me es gustoso lo que hizo Corbí con los que llebaban los galeotes.
Hubiera hecho muy bien el gobernador en sacar a los capitulares una multa por lo injustamente que entienden los decretos del rey como a succedido en la imposición de 15 reales a cada vecino, pues manda su magestad que el pobre que no puede pagar lo pague el rico por él y en esta forma se entiende y se executa en Castilla.
A mi no se me informa en general para que yo expida decretos por remediar excessos, el governador tiene obligación de informarme de todos ellos como lo executará para que imponga a la villa de los que debe haces y sobre la carta del gobernador de Orihuela quedo entendido aquí leyendo con toda estimación. Dios te guarde. Madrid, 7 de diziembre de 1709.
Tengo por ocioso prevenirte que faltando de ahy el contador an de a la vista de todo para darme quenta.
Duque (rubrica)

A la sitiada


30025970 (237)
(Cruz)
Madrid, 14 diziembre de 1709

El duque mi señor, Dios le guarde


30025971 (238)
(Cruz)
Que no se puede responder como me dices en tu carta de dos a la mía de 23 del passado, porque falta el contador es una disculpa muy propia tuya, pues sino te lleban la mano ignoras el formar los palotes y el que es buen gobernador no puede ser assí.
Quedo entendido del poco aprecio que merece el hurto intentado en las cassas de don Blas Gascón, lo que evidencia, no obstante ser assí la flojedad tuya en las rondas.
Buelbase a prender al arrendador de la albufera, pues aunque la pena pecuniaria de 500 reales es la de estatuto, la corporal de la prisión fue tan corta que no equivale con muchas distancias al delito de privar esse público del corto alivio, del buen precio en este mantenimiento con que assí le tendrás presso hasta nueva orden mía y yntimisele que de aquí adelante además de los 500 reales en que incurre se le darán por perdidas las cabalgaduras assí a él como a otro qualquiera que se les coja con este fraude, y que les recrezió desde ahora otros 500 reales más sobre esta pena en casso de incurrir dejando a mi voluntad el tiempo de la prissión que yo resolviere, todo lo que le intimarás ante scrivano para que le conste jurídicamente y me embiará testimonio de haverlo assí executado y muy particular servicio en prender a los demás que me dices han extrahido pescado, escarmienen con el rigor ya que no ha bastado la advertencia.

30025972 (239)
Aguardo tu informe sobre la carta de Nicasia Malla, y también todos los que tengo pedidos al contador, pues supongo los habrá dejado hechos.
El preso que te embió el theniente de bayle de Axpe es un tan gran reo que lo menos en él ha sido estar amancebado con dos mugeres pues ha sido alborotador de pueblo, usurpador de jurisdicción apropiándose la de soldado, perturbando la justicia, todo constará por los autos los que se verán con toda inspección y se les dará la sentencia que corresponda.
Quedo entendido del modo con que se sacaron las mulas de la unibersidad y de lo que informas sobre Cobes.
Estraño que siendo governador tu, quien no puede ignorar como gusto ser servido y lo que se executaba en tiempo de mi padre que Dios haya consientas los abusos que ahora suceden, ya te dije por mi decreto en el correo passado quan enfadado me tenía la villa por el modo con que he sabido se abren mis cartas, y mucho más tu porque sé lo que sufres, y no les obliga a que las habrán como debe ser en cabildo y que después se archiven; no es menos estraño que dichos ministros hagan viages a donde se les antoja, como le sucede días ha el salario y que se mantengan con él fura de essa villa como le sucede día haal asessor y tu también Juan que se lo sufres. Embiarasle una orden que se restituya al punto ahy, y sino obedeciere la sacará la multa que te pareciere razón y me dará quenta. También he sadio que

30025973 (240)
los officiales de la villa alojan sin necesidad a los oficiales que passan hacen con ellos francachelas a costa de los pobres y tu estando ahy lo ignoras, dame por vida tuya la plaza de tu avisador, y verás que bien instruido estás.
El obispo de Orihuela, satisface sobre las novedades que intentan sus ministros en Crevillente, con que los míos no los quieren dar favor, sin que les aseguren los diez reales que tienen de la calumnia, válgase el diablo tanta abariçia, como la que reyna en essos parages. Embiarás a llamar los alcaldes, les darás una fuerte reprehensión sobre este caso y estarás a la villa para castigarlos sino se enmendarán. Dio te guarde. Madrid, 14 de diziembre 1709.
Avisarasme si Francisco García Faclóa es apto para hacerle regidor.
Duque (rubrica)

Sitiada de Elche


30025974 (241)
Madrid, 25 de henero 1716

Don Pedro Gómez Manzanilla


30025975 (242)
El duque mi señor (Dios le guarde) me manda diga a vuestras mercedes que por ocupacón precisa de su excelencia no escrive este correo y lo hará el siguiente con cuio motivo notició a vuestras mercedes se halla de partida el governador y me repito al servicio de vuestras mercedes deseando les guarde nuestro señor muchos años. Madrid, 25 de henero de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes su mayor servidor

Pedro Gómez Manzanilla (rubrica)

Señores de la sitiada y Junta patrimonial


30025976 (243)
(Cruz)
Aspe, febrero 20 de 1716

El bayle
Con relazión de necezitarrse de enlozarse dicho orno y otros reparos

En 28 de febrero 1716
Se dio orden ejecutarse lo que expresa la relazión que está dentro de esta carta en las cassas regalías


30025977 (244)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos por el testimoino adjunto verán vuestras mercedes lo mucho que nesesitan de repararse las cassas regalías de esta villa y en particular el orno de la calle de la yglesia por lo que solisito orden de vuestras mercedes para enpesar esta orba y en el interin esperando órdenes de el maior agrado de vuestras mercede para obedeseles como devo y Dios nuestro señor guarde a vuestras mercedes muchos años como desseo. Aspe y febrero 20 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes

Doctor Francisco Valera (rubrica)


30025978 (245)
Joseph Masón, escrivano de rentas de esta villa de Aspe: sertifico y doi fee a los señores que al presente vieren como en el día de su fecha ante el señor doctor Francisco Valero, bayle de esta dicha villa y comparesió Gabriel Mira, maestro albañil en ella y con juramento que presento a Dios y a una crus de orden de dicho señor bayle dixo e hiso relasión aver visto y reconosido el orno de la calle de la higlesia, y nesesita de enlosarle y retexr los texados de la casa de aqul, y son menester para ello assí en yesso como en los demás materiales y manos dusientas y cecenta realles y assimismo el orno del barranco se deve retexar el texado como también el orno nuevo que ya por darán para componerles cecenta y dos reales y de la misma manera la tienda de esta dicha villa todas regalías pertenecientes al patrimonio del duque mi señor nesesita de retexar bien el texado que en texa, yesso y manos se expenderán treinta reales y últimamente los graneros y palasio que assimismo se deven retexar, y que son menester para ello en todo gasto cinquenta reales, cuias partidas asen suma de quatrosientos y dos reales moneda de este reino y para que de ello conste a pedimiento y requerimiento del dicho señor baile lo firme y signe en dicha villa de Aspe a los veinte días del

30025979 (246)
mes de febrero de mil setesientos y dies y seis años.
En testimonio (signo) de verdad

Joseph Mazón, escrivano (rubrica)


30025980 (247)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos, por aver estancado aquí las pleytas en la conformidad que dimos quenta a vuestras mercedes y con este motivo pagado las bienes los de Alicante a quien se las lleva de otras partes; por el mismo despertaron los de Aspe, y a vista de su conocida ganancia no trabajan ya otra cossa, de tal suete que supen la que estos vezinos acusmbravan llevar. En cuya inteligencia tratamos con dissimulo hazer venta a los sarrieteros de las que tenemos almazenadas y solo han querido pagarlas a doze dineros el cabo, sin aver cerrado el trato por todo; y aviendo otro arbitrio nos determinamos irla llevando al referido precio, en que la villa no perderá nada, como lo executaremos si pareciere a vuestras mercedes cuya aprovación esperamos.
Aunque por establecimientos antiguos tuvo la villa en la carne siete dineros de sissa en cada libra que duró hasta el año mil setecientos y doze, entonzes pareció reducirla a dos dineros por razones que redunda-

30025981 (248)
ron en beneficio público; pero aumentándose los gastos de cada día, y por este motivo no ser dable la continuazión pemitan facultad (si fuere precissa) para aumentar alguna cosssilla, sin exceder de los acostumbrados siete dineros que es quanto se nos ofrece dezir a vuestras mercedes a cuya obediencia quedamos con el rendimiento que devemos y rogamos a Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseamo. Crevillente y marzo a 13 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más rendidos servidore

Pablo Peres, alcalde
Joseph Quesada, alcalde
Joseph Soriano, regidor
Andrés Navarro, regidor


30025982 (249)
Axpe, 18 de marzo 1716

La villa
Respondida en el mismo día, excusándose del préstamo que pide por faltarle efectos al patrimonio


30025983 (250)
(Cruz)
Señores a la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos: ayer por la tarde entró en esta villa un teniente con 28 soldados del Regimiento de Ynfantería que está de guarnición en Alicante a la cobransa de las trecientas y seis libras que restamos deviendo del último donativo y nos allamos en el conflicto de no poder salir de este cuydado tan aprisa como se necesita por librar a este común de la vexación que acostumbran las tropas executar en semejantes lances pues por lo 300 pesos que hemos remitido al capitán de artillerías de Alicante a quenta de la letra que les libró la thezorería de Valencia de 100 doblones contra villa por los 706 pesos que se restavan a dever de dicho donativo

30025984 (251)
se han executado quantas diligencias han sido posible para juntarles y no encontrando arbitrio de donde poder desempeñar la acción para que esta partida marche suplicamos a vuestras mercedes rendidamente se sirvan mandar se nos libren del patrimonio del duque mi señor por vía de préstamo de 400 pesos por salir de una vez del dicho resto de quartel, asegurando a vuestras mercedes el satifacerles del primero dinero que se recogiese de la nueva contribución que luego se han de poner en práctica la cobransa que se concluya el memorial y si fuere combeniente al patrimonio el tomar vino discurrimos salir más prompto de esta obligación assí lo esperamos del piadoso y recto zelo de vuestras mercedes para que estos pobres vezinos logren el alibio, pues es tan notoria la miseria que padecen que si continua la execución militar no han de poder aguantar. Quedamos para servir a vuestras mercedes con fina voluntad rogando a la divina gracia

30025985 (252)
vuestras mercedes muchos años como puede. Aspe, marzo 18 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercede
Sus más afectos servidores

Thomás Serdán, alcalde (rubrica)
Francisco García, regidor (rubrica)
Joseph Pons, regidor (rubrica)


30025986 (253)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial de la villa y marquesado de Elche

Muy señores míos. En Aspe recibí la de vuestras mercedes de 30 del passado que puntualmente remití a este escrivano para que se trabajara el ynbentario de los papeles de la villa de que hizo entriego al síndico Baptista Mas y no aviéndolo ejecutado lo solicitaré y embiaré puntualmente a vuestras mercedes.
La misma me deja advertido de los empeños de testamentaría y letra despachada por el señor duque de Baños para facilitar la cobranza como lo continuo de renta corrientes y de atrassos y assí mesmo de trabajar la memoria messal de noviembre y diziembre que ejecutaré puntual, no siendo antes, como vuestras mercedes lo ordenan por

30025987 (254)
dificultarlo los motivos que pondee a don Antonio Cortés para que los pusiera en la consideración de vuestras mercedes a quien confío dejar obedezidos no el portero.
También lo quedo por la de vuestras mercedes de ayer de el orden de su excelencia para que se prediquen onrras de mi señora (que está en gloria) el día 9 de febrero cuyo encargo hize a este padre retor con el papel de la enfermedad y muerte de su excelencia para que se valga de él, como lo previenen vuestras mercedes a cuya obediencia quedo con el rendimiento que devo y ruego a Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseo. Crevillente y enero 3 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su más rendido servidor

Pablo Sánchez y Fuentes


30025988 (255)
Novelda, 22 de marzo de 1716

Doctor Diego Sepulcre


30025989 (256)
(Cruz)
Madrid y abril 4 de 1716
Informa la sitiada

Señor
El doctor Diego Sepulcre, vassalo de vuestra señoría puesto a los pies con todo rendimiento haze memoria a vuestra señoría de el sigular favor que merezió de que le tendría en la memoria vuestra señoría por un memorial puesto por el suplicante en la misma venida quando estuvo por estos paraxes vuestras señorías resultando de el que vuestra señoría tendría acuerdo de mi y aora e tenido noticia que en poder de Coloma, para un bancal de mi suegro Antonio Pastor el que se halla sin comissar y la a posehido todo este tiempo que será más de veinte año; y por hallarme cargadísimo de hijos y unas obligaciones además de ser el más fino criado y vassalo vuestra señoría passo por este a acupartme baxo el patrocinio

30025990 (257)
de vuestra señoría que a no ser dicho bancal de la porción de la dote que le tocava a mi esposa; vuestra señoría no permitirá que nadie poseha lo que no es suyo si que el gran celo de vuestra señoría jira y jirará como a cathólico que cada uno poseha lo ques suyo quien se lo aumentará de gracia y aumento a essa cassa tan sublimada como es la de vuestra señoría. Yo estoy prompto a guardar así órdenes como prezeptos de vuestra señoría para servirle como si ay cabimiento de alguna conduta de los lugares de vuestra señoría para passar lo que me queda devida en servizio de vuestra señoría y quando más no pueda servir a sus vassallos.
Dios nuestro señor le guarde muchos años en su gracia para consuelo de los pobres sus vasallos que lo esperamos del gran zelo de vuestra señoría. Novelda y marzo a 22 de 1716.
Beso la mano de vuestra señoría
Su más fino vasallo

Doctor Diego Sepulcre (rubrica)

Excelentisimo señor duque de Arcos


30025991 (258)
Axpe
Relazión jurada del prezio que tienen los granos en Axpe por abril de 1716
En 25 de abril 1716
Se dio orden al bayle y colector de Axpe para que al respeto de 78 reales (que es el que tiene segun la relazión) venda el trigo del patrimonio al referido prezio


30025992 (259)
(Cruz)
En la villa de Aspe a los quinze días del mes de abril de mil setecientos y diez y seis años. Ante mí Joseph Mazón, escrivano de rentas de dicha villa compareció Antonio Puerto vezino de ella a cuyo cargo está el abasto del pan en dicha villa y dixo y declaró con juramento que prestó a Dios y a una cruz que el precio corriente del trigo oy en dicha villa es a razón de setenta y ocho reales el cays y para que de ello conste lo firmo.
Joseph Mazón (rubrica)


30025993 (260)
Crevillente, 15 de abril 1716

La villa
Respondida en 16 de los dichos conzediéndole el préstamo de las 100 libras.
Y en el mismo día se dio orden al coletor de dicha villa las entregué con la condizión de recobrarlas por todo el mes de junio próximo que vendrá.


30025994 (261)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos, en medio de los órdenes generales expedidos por el señor don Lucas Espínola persuadiendo a todos los lugares de su jurisdicción paguen solos dos messes de los vencidos por el equivalente de alcabalas; aquí llegó libranza de 750 pesos que es el importe de tres messes, con el apremio de una compañía de soldados de la guarnición de Alicante y para librarnos de ella, nos fue precisso ofrece el capitán que la manda 100 ducados hasta el doming venidero y por todo el mes de mayo lo restante.
Pero hallándose estos vezinos en la mayor estrechez, no será possible dar cumplimiento al primer pago, aunque les sacrifiquemos, por que suplicamos rendidamente a vuestras mercedes que si faltassen cien pesos, se sirvan mandar al colector les preste asegurados que no dejando la cobranza de la mano con toda vigilancia les restitu-

30025995 (262)
iremos con la más possible brevedad que es quanto tenemos que dezir a vuestras mercedes a cuya obediencia quedamos con el rendimiento que devemos y rogamos a Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseamos y hemos menester. Crevillente y abril a 15 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más rendidos servidores

Pablo Perez, alcalde
Joseph Quesada, alcalde
Joseph Soriano, regidor
Andrés Navarro, regidor
Miguel Ontheniente, regidor
Juan Bautista Mas, regidor
Francisco Ontheniente, procurador general (rubrica)


30025996 (263)
(Cruz)

Muy señores míos: recibo su carta de vuestras mercedes de 12 del corriente con el devido aprezio y viendo haver buelto el correo que se despachó a Madrid, sin positiva resoluzión sobre mi dependencia, siento infinito que haya sido la causa, la enfermedad y azelerada muerte de mi señora la duquesa (que esté en gloria) bien que aviéndose interesado el duque mi señor (que Dios guarde) con los señores presidentes y ministros del Real Consejo para la justa satisfazión que se solizita no dificulto que se logre: y supniendo que la providenzia que se tomare, se remitará a esta Chanzillería avisaré de qualquier novedad a vuestras mercedes quienes certificados de mi obligazión puede man-

30025997 (264)
dar quanto fuere de su agrado, que les obedezera con la puntualidad y fineza que devo.
Dios guarde a vuestras mercedes los muchos años que deseo. Valenzia, la ciudadela y abril 16 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más obligado servidor


El doctor Joseph Salvador Hereu (rubrica)

Señores de la Junta patrimonial


30025998 (265)
Axpe y junio 3 de 1716

La villa


30025999 (266)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. El bayle para librar a este común de la execución militar que estava padeciendo por el resago del donativo antecedente nos hizo el favor de prestarnos ochod caices de trigo y devido corresponder a esta fianza, es preciso el darle satisfación, lo que no podemos cumplir tan aprisa como se necesita, que nos lo embarasa el tener días haze una partida de soldados apremiándonos por la resta de una letra de 503 pesos que se libró contra la villa al Regimiento de fusileros de Flandes a quenta de la nueva contribución y rezelamos no levantará hasta el cumplimiento (de otra de 600 pesos que tiene el coronel en Alicante) por lo que rendidamente suplicamos a vuestras mercedes supuesto que quando se saque el aguardiente de esta villa, se ha de pagar al tretero de derecho de saca, se sirvan vuestras mercedes mandar se nos libren 50 pesos para pagarle al bayle, o que les recompense este en la cantidad que le devemos entregar, por ser regalía de la villa, quien deve percibir su arrendamiento en lo que se le hará un gran beneficio al arrendador, y nosotros le recibiremos mayor, por el aogo en que

30025000 (267)
nos allamos: esperamos de vuestras mercedes nos harán este favor, que quedareoms con el sumo agradecimiento con repetidos preceptos del mayor servicio de vuestras mercedes que obedeceremos con rendida volunta la divina gracia de vuestras mercedes muchos años como puede. Aspe y junio 3 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más afectos servidores

Thomás Cerdán, alcalde
Juan Planelles, regidor
Joseph Dons, regidor


30025001 (268)
(Cruz)

Muy señores míos, el año 1707 compré en Petrel de don Joseph Vert, vezino de la ciudad de Alicante |un par de madas| a fin de dárselas a Antón Miralles de Francisco a cuenta de la dota que ofrecí a mi sobrina Madalena Cortés, que casaron dicho año y no pareciéndole ser de su conveniensia, resolvió remitirmelas a Petrel; y como Joan Sanches no pudo recobrar las que los migaletes le quitaron en los Ondones de esta villa, se las llevó a su casa durante mi voluntad, y aunque en dos ocasiones dispuso venderlos, por digustos ocasionados de Joan Sanches huve de sujetarme a las lágrimas de mi sobrina Teresa Cortés, viendo era la total ruina de sus hijos. Esta verdad en esta villa la saben todos; y si alguna ves an salido por vagajes, a sido por averlo yo mandado, para alivio de algunos pobres, que faltarme.

30025002 (269)
oy miércoles a las ocho de la noche, me disen que en la execussión echa contra Joan Sanches como fiador de Joan Beltrán, entre otros muebles, an escrito el par de las mulas mías. Por lo que suplico a vuestras mercedes sean servidos excluirlos de los bienes de Joan Sanches, para que yo puede aser de ellas lo que quiera como a dueño. Lo que espero del discreto sentir de vuestras mercees a quienes, seo guarde nuestro señor muchos años en su gracia. Aspe y henero 15 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su más afecto servidor

Lizenciado Bartolomé Rico (rubrica)

Señores de sitiada y Junta patrimonial de la villa y marquesado de Elche


30025003 (270)
Rezivo tu carta de 29 del pasado y ya te avisé en mi antezedente quedar aquí todos los papeles remitidos tocantes a la liquidazión de efectos y débitos hasta 5 de abril y está bien remitas la memoria sucinta de lo cobrado y partidas que no lo están en el tiempo expresado y siendo preciso se compreenda en esta lo tocante a Patrax, remitirá el contador un formulario a mosén Juan Colomer, para que execute la liquidazión por lo que así toca.
Veo mantenerse Marcelo Pastor en su casa de orden del marqués de Baldecañas y que estarás a la vista de sus operaziones

30025004 (271)
para quede no vibir con la quietud que debe se le escarmiente con el castigo; y el asesor me da quenta se hallaba de partida para esa villa, y que el marqués de Baldecañas le mando detener hasta ver las cartas del correo, donde esperaba unas órdenes, y le daría el despacho correspondiente a todo lo succedido en este negocio; y por sí no huviere salido de Valencia, le escriviré para que azelere su biaje sin detenerse más, para que puedan finalizarse los negocios de justicia pendientes.
Por lo tocante a Jaime Gallego y sacristán de Crevillente ya tienes mi orden de lo que has de executar y por lo que mira

30025005 (272)
a este último, si fuere conveniente quitarle no tengo por preciso hablar al obispo, para ello, pues siendo reboltoso y justificándole perturba la quietud pública, hallándose casado y que por esta razón no goza inmunidad eclesiástica formándole causa le corresponde sentencia de destierro de aquel pueblo como saves; esto no obstante veremos la resoluzión que toma el señor obispo en la dependencia del rector; y según ella caminaremos, y discurrirlas el medio más conveniente para que los vezinos de aquel común vivan sin tantos desazones.
El alcalde del castillo de Santa Pola

30025006 (273)
me dize ser necesario aderezar las cureñas que vinieron de Alicante por estar maltratadas y no poder servir las dos y te informarás del gasto que puede tener esto dando orden para que si fuere preciso, se compongan luego, con la menos costas que pueda. Dios te guarde. Madrid, 11 de jullio de 1716.
Verás el memorial adjunto de Joseph Ripoll y me informarás sobre su contenido.
Duque (rubrica)

Sitiada y Junta patrimonial


30025007 (274)
Madrid, agosto 22 de 1716

El duque mi señor, Dios le guarde

Sitiada y Junta patrimonial


30025008 (275)
Rezivo tu carta de 10 del corriente con el informe hecho a la carta de fray Joseph Valero, de que quedo entendido.
Por lo tocante al débito del Convento de San Juan de la Rivera, siendo porción que se debe pagar de efectos de testamentaría de mi madre (que haia gloria) |darás forma| para que de esas rentas se vaya satisfaziendo pues sabes que corren de cargo de mosén Juan Colomer, no alcanzan, para los acreedores zensualistas, que hai que satisfazer en Valencia, y no descuides esta diligencia.
Sobre la ausencia del asesor te

30025009 (276)
exprese en mi antezedente mi resoluzión y me darás quenta si esta de asiento en esa villa o buelve a Monovar.
Queda aquí la quenta de la fábrica de aguas ardientes executada este año en Axpe que manifiesta hallarse envasijada 6.196 cántaros a prueba de Olanda, y 170 de flojos, y haver tenido de costa toda la fábrica 55.649 reales y bajas de estos los 11.246 del valor de las pipas ocupadas y vacías, quedan 44.402 reales en caudal de aguas ardientes, que procurarás su más breve y buen despacho, así por la merma que recive en las pipa, como

30025010 (277)
por lo preciso que es este caudal, para otras cosas, y desempeño del patrimonio.
Acompaña a esta la carta de pago del apoderado de las monjas de Chinchón, y libranza a favor de ese colector general de los doblones cien doblones de a dos escudos de oro cada uno y dos por la conduzión que se han entregado por quenta de los réditos del zenso que se les paga.
Margarita Sempere viuda de André Sansano ofizial que fue de esa contaduría me representa su necesidad y harás se le den cien reales por una vez, por no estar el patrimonio, para hazer limosnas diarias, como

30025011 (278)
conozes y de haverlo executado me darás quenta. Dios te guarde. Madrid, 22 de agosto de 1716.
Duque (rubrica)


30025012 (279)
Axpe, septiembre primero de 1716

El governador


30025013 (280)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos. En cumplimiento de lo que vuestras mercedes me mandan hize llamar a los fiadores que ofreze Juan Cerdán de Molina, los que de ninguna forma se quieren constituir postores de la dita que Juan Cerdán ofresió y a más de esto he hecho la averiguación de los bienes que dichos fiadores Francisco Pastor de Mira, los 290 son de los hijos por la dote y herenzias de la madre y al otro fiador solo lo qedan 100 pesos de hazienda difalcando lo que le perteneze a su muger la que de ninguna forma quiere salir fianza y si Francisco Pastor y Thomás Visiedo le ofresieron el salir firadores ha sido por haverles dicho les daría 100 reales a cada uno, como ellos lo confiesan, de lo que se infiere que el ánimo del arrendador es el juntar 400 o 500 pesos del producto del vino y dejar a todos burlados pues de sus buenas costumbres no

30025014 (281)
se espera nada menos y lo dicho lo acredita el haverle yo prevenido no pusiera villete alguno sino tenía bien asegurados los fiadores a satisfación del patrimonio.
Gaspar Moxica ha puesto nueva dita en el dicho arrendamiento de 860 libras 2 sueldos 3 dineros con 95 libras de prometido que excede a la primera que puso en 15 libras 2 sueldos 3 dineros vuestras mercedes vean si combiene el admitir esta dita y de lo que deliberaren se servirán vuestras mercedes mandarme avisar con el expreso y pondré en execución las órdenes de vuestras mercedes.
La casa y 16 tahullas de viña de Jayme Espinosa que constan de la trava de execución están justipreciadas las viñas en 128 libras y al tiempo del quarto pregón y remate hizo postura Francisco Coloma en 85 libras 6 sueldos 8 dineros que es bajado el tercio en cuya cantidad se le transaron y cedió los derechos adquiridos en virtud de la postura y remate a favor del patrimonio que viene a salir la postura en cada una taulla a 53 reales 8 dineros y la casa se justipreció en 320 pesos y puede valer de arrendamiento 110 reales tiene 16 dineros de pecho y la viña 4 reales la deuda al patrimonio oy es de 280 libras 12 sueldos 1 dinero y los gastos quedarán por satisfacer hasta 200 reales de los dos procesos que se han seguido previniendo a vuestras mercedes que en los referidos aprecios están considerados

30025015 (282)
los censos que ambos propios corresponden al patrimonio del duque mi señora.
La relación jurada del maestro Gabriel Mira del importe de enlosar el orno nuevo imbió a vuestras mercedes adjunta: y quedo al servicio de vuestras mercedes con la firmeza que sienpre dezeo les guarde Dios muchos años. Aspe, setiembre 1 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más afectos servidores

Doctor Francisco Valero (rubrica)


30025016 (283)
Axpe y septiembre 19 de 1716

El rector


30025017 (284)
(Cruz)

Muy señores míos tengo satisfecho el orden de vuestras mercedes segun dise el memorial adjunto la necessidad mía es tanta que el ferirla fuera causar a vuestras mercedes refierome al informe del doctor Francisco Valero; por lo que suplico e inplor el favor de vuestras mercedes se me alarguen del pósito quatro caízes de trigo, pues no he cobrado porque este se reintegrará y a Dios que guarde a vuestras mercedes con el mayor consuelo muchos años a cuya observancia quedo. Aspe y setiembre 19 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Su más siguro servidor

Lizenciado Bartolomé Ruis

Señores de la Junta patrimonial de la villa y marquesado de Elche


30025018 (285)
Planes, octubre 2 de 1716

El governador


30025019 (286)
(Cruz)
Muy ilustres señores

Señiores.
Resibio la de vuestras señorías de 22 de setiembre y juntamente en ella las quatro libranças las que he entregado a los acreadores para que acudan al arendador y lo que venía para el clero de Santa María de essa la he entregado al arendador para que acuda a dar satisfación quanto antes y le he advertido que se lo deve pagar las cantidades que van señaladas al doros de las libranças y io quedo para servir a vuestras señorías rogando a nuestro señora les guarde los muchos años que le suplico, deseo y he menester. Planes y octubre a 2 de 1716.
Beso la mano de vuestras señorías
Su más apreciado seguro servidor

Juan Roque Andrés (rubrica)

Muy ilustres señores de la sitiada y Junta patrimonial del marquesado de Elche


30025020 (287)
Axpe, septiembre 27 de 1716
El governador
Respondida en 28: dándole orden para admitir la dita de 1.500 reales en el casso de no poderla conseguir mayor después de corridas todas las diligencias conduzentes a ello


30025021 (288)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimonial

Muy señores míos, Francisco Herraes, aragónes, a puesto ditta en el erbaxe de este término en 1.500 reales lo mismo que dieron en el año 1714 y 100 reales menos que el año 1715 y suponiendo el arrendador que los aragoneses están arrendando en la Andalusía. Vuestras mercedes vean si conviene el admitir esta dita, que con el avio de vuestras mercedes se admitirá y se hará el remate el día acostumbrado quedo para servir a vuestras mercedes y rogado a Dios nuestro señor guarde a vuestras mercedes muchos años. Aspe y septiembre 27 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más affecto servidor

Doctor Francisco Valero (rubrica)


30025022 (289)
45

    95_21 1179_6
1472_14              55_21
1623_11  983_15

1179_6 regas 1275_3
 695_21
1173_6

  731_11 zensos redimibles
  792_     zenso de Sax
1523_11
    35_21 pagado
1427_14

30_21 58_15 46_13 32_2
35 75 70 25
33 57 50 25
29 53 48 15
  3 15 17 1
1 1

138006_13
  14752_2
113758_15


30025023 (290)
Madrid, 3 de octubre 1716

El duque mi señor

Sitiada y Junta patrimonial


30025024 (291)
Rezivo tu cata de 21 del antezedente y noticia de lo que expresas en el particular de libranzas despachadas para la satisfación de los réditos del zenso corridos hasta 9 de febrero de 1715 que haviéndose entregado a los interesados con la nota de que se hiciesen los pagos a cinco por ciento está bien y embiarás la razón individual de lo pagado de cada acreedor y aunque tienes informado faltan solo tres acreedores que pagar, pareze te has olvidados del zenso de las monjas de Chinchón que no es el de menos cantidad, pues no hazes mención de él, y su apoderado acude a saver el estado de su cobranza y también has de procurar informarte del estado en que se hallan los débitos de Valencia, que de aquí se le ha prevenido a mosén Juan Colomer, te embíe razón de ello, con noticia de las cantidades

30025025 (292)
que necesita para dejar al cubierto aquellos acreedores.
Las escrivanías de compras y subrrogazión de zensos redimidos en ese marquesado es preciso que esa contaduría de quenta de su paradero, aunque como dizes interviene don Marcos de Alcaraz y escrivirás a mosén Juan Colomer, que será posible tenga alguna noticia, y sea de una u otra forma, es indispensable las remitas todas como he mandado.
Dizes trabaja esa contaduría en el examen de débitos de testamentaría para embiar aquí la razón de lo cobrado y se evidencia lo contrario por la dilazión y flema con que camina, siendo ya insufrible, ver que pasan meses enteros y siempre avisas que se está a los principios, sin hazerte carga de las repetidas órdenes que te he dado sobre esto, y que va para

30025026 (293)
seis meses que lo mande y de diferirlo más tomaré la resoluzión conveniente.
Harás que el colector de Crevillente formé las relaziones mesales que le faltan, sin admitirle la disculpa de su enfermedad, pues es de su cargo dar quenta y razón de los efectos de aquella colecta, y le apremiarás a ello con todo rigor, hasta que lo cumpla, dándome quenta quedar executado.
Veo haverse conciliado el rector de Crevillente y aquellos capitulares a su satisfazión y tuia, que me será gustoso sea permanente, y que haia quedado corriente asista el alcalde, jurado y síndico a las quentas del agua consignada a la fábrica de la yglesia, y moderarás los derechos y gajes que altero al rectory has de cuidar se guarde y observe esto inviolablemente previniéndote que el

30025027 (294)
baile se ha dejado llevar de las cosas del cura y así lo he reparado. Dios te guarde. Madrid, 3 de octubre de 1716.
Duque (rubrica)


30025028 (295)
(Cruz)
Crevillente y octubre 23 de 1716

El governador


30025029 (296)
(Cruz)
Señores de la sitiada y Junta patrimoinal de la villa y marquesado de Elche

Muy señores míos la de vuestras mercedes que rezibí anoche con el propio me deja advertido de continuar la diligencias para el cobro de lo que se deviesse de resultas, de pechos y regalías, en la conformida que se expressa en la ynstrucción que mandaron dar vuestras mercedes en el testimonio de estos débitos a que me aplicaré con el cuidado correspondiente a la urgençia y al estrecho orden de vuestras mercedes.
Y porque el esquilmo de barrilla es el único que existe para hazer sus pagos estos vezinos; si huviesse mercader a 500 quintales fuera gran medio para aprontar buena porçión de dinero.

30025030 (297)
Las memorias mensuales debuelvo a vuestras mercedes firmadas y repitiéndome a la disposición de vuestras mercedes con el rendimiento que devo. Ruego a Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseo. Crevillente y octubre 23 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más rendido servidor

Pablo Sánchez y Fuentes


30025031 (298)
Crevillente, noviembre 5 de 1716

Los ministros


30025032 (299)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial del marquesado de Elche

Muy señores míos; aviendo hecho examen de los reparos conservativos de que necessitan estas cassas de las regalías del patrimonio de su excelencia se reconocen ser precissos los que manifiesta la adjunta relación hecha por Juan Bautista Soriano, maestro albañil en que deliberarán vuestras mercedes lo que les pareciesse más conveniente.
El año passado se reparó el trespol de la almazara nueva, a expensas de Gabriel Mira, de forma que pareció quedar con alguna permanencia; pero aviendo movido por otras partes con las eladas del año passado, oy se reconoce el grave daño, que manifiesta la relación el que necessita de prompto remedio y para darle esperamos el orden de vuestras mercedes obediencia nso repeti-

30025033 (300)
mos con el rendimiento que devemos y rogamos a Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseamos y hemos menester. Crevillente y noviembre 5 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más rendidos servidores

Pablo Sánchez (rubrica)
Julián Saxardo (rubrica)
Vizente Bernabeu (rubrica)


30025034 (301)
(Cruz)
Declarazión de Juan Bautista Soriano, maestro de albañilería de esta villa de Crevillente de los reparos conservativos de que necessitan las cassas que en ella tiene para las regalías el duque mi señor que Dios guarde las que reconoció acompañado de los ministros de hazienda de esta dicha villa.
Primeramente declaró que la almazara nueva necesita de 20 caíses de cal para el trespol y la de el diesmo de 3 caises; y para jornales de una y otra 105 reales.
Mas: por reconocerse en la nueva almazara algún carrizo podrecido será menester una porción de él, y también de yesso para las lechadas, en que no se puede dar punto fixo hasta que se reconozca el daño, poniendo dicho trespol.
El messon necessita de tres bigas a 18 pesos de 18 caises de yesso, de cal y un día de obra.
El molino nuevo necessita de descubrirle la parte superior de la boveda por estar despegada, algo hundida, y con rieso de caerse; de cuyo reparo no se puede tantear el coste hasta que se descubra el daño.
En el horno del arraval son menester tres caises de cal para poner trespol en las partes que se compussieron por la quma.
En el castilo en la última cubierta del quarto de la alcoba, se han de hazer cinco moldadas

30025035 (302)
que se están cayendo; cuyas bigas parecen estar buenas; son menester 16 caizes de yesso, y un día de obra.
Ay en esta villa diez caizes de cal amassada del duque mi señor.
Todo lo qual afirmó con juramento necessita de prompto remedio y no firmó porque dixo no saber. Crevillente y noviembre a 5 de 1716.

Vizente Bernabeu (rubrica)


30025036 (303)
Madrid, nobiembre 1 de 1716

El duque mi señor, Dios le guarde


30025037 (304)
Rezivo tu carta de 9 del corriente y noticia de quedar satisfecho el dévito de 17.680 reales a la persona a quien les libró mi hermano Gabriel, y quedo entendido lo que expresas sobre las tres partidas que se hallaban al descubierto en la quenta de aguas ardiente del año de 1712 y haver dado satisfacción de la una Juan Francisco del Pilar, y por lo tocante a las que están a cargo de Antonio Marqués, veré su carta y te mandaré lo que se ha de exexutar sobre su contenido.
La contaduría ha estado siempre en la parte que ahora sin haverse ofrecido el reparo de poca seguridad y las demás circunstancias que dices y no siendo tiempo ahora de mover obra, lo acordará en occassión más oportuna.
No haviendo sido de beneficio al patrimonio ajustar tratado de las aguas ardientes con los capitanes que las buscaban está bien no se execute y continuará las dilixencias de buscar despacho a este licor, dándome quenta

30025038 (305)
de lo que resultare, y demás digno de mi noticia. Dios te guarde. Madrid, 21 de noviembre 1716.
Por ocupazión del duque mi señor y de orden de su excelencia.

Pedro Gómez Manzanilla (rubrica)

Sitiada y Junta patrimonial


30025039 (306)
(Cruz)
Señores de sitiada y Junta patrimonial del marquesado de Elche

Muy señores míos. Al duque mi señor (que Dios guarde, participamos) este core la summa mi seria, con que se hallan estos vezinos con una partida de soldados al apremio de la paga de 500 libras por los dos messes de setiembre y octubre en tiempo que no tienen de donde sacar un dinero (como no lo ignoran vuestras mercedes) y que se les executa por las resultas de pechos hasta el año 1714; y siendo impossible a nuestra cortedad el descubrir medio para dar el cumplimiento a dicha cantidad (pues con la falta de las cortas rentas de este año, que nos embargó el bayle, y con no avernos este dexado cobrar dinero alguno de la barrilla estamos atrasados en la cobranza) y aliviar a este público, recurrimos a la prosección de vuestras mercedes, suplicando rendida-

30025040 (307)
mente se sirvan mandar suspender dichas execuçiones y avissarnos lo que podremos practicar para componer no tan solo las dichas 500 libras sino también las otras 500 que cumplirán en fin de este año; porque aunque estos vezinos, según los repartimientos deven para satisfacerlas, están tan desdichados, que si proseguimos en apremiarles con soldados, tenemos por cierta la huida de muchas familias como ya la han hecho 28 y muchoas más las que temiendo tanta carga passan desdichadamente en las cortas caserías de esta huerta.
Que es quanto tenemos de dezir a vuestras mercedes a cuya obediencia quedamos con el devido rendimiento y rogamos a Dios guarde a vuestras mercedes muchos años como desseamos. Crevillente y noviembre 25 de 1716.
Beso la mano de vuestras mercedes
Sus más rendidos servidores

Joseph Quesada, alcalde
Joseph Soriano, regidor
Andrés Navarro, regidor
Miguel Ontheniente, rexidor


30025041 (308)
Madrid, diziembre 5 de 1716

El duque mi señor, Dios le guarde


30025042 (309)
Rezivo tu carta de 23 del passado con la memoria del rexistro de escrituras de redempciones de zensos y aguardo que lleguen los papeles que enuncias para que sirvan al efecto que se han de destinar.
Quedo entendido de lo que expresas en el particular de doña María Ferrer y el correo siguiente te daré la orden de lo que has de executar.
También lo estoi de las continuadas llubias en essos parajes y me será gustosso no se hayan descompuesto las paletas del pantano como el año antecedente de que se podía seguir mucho pero a essos vezinos y me dará notizia de lo que huviere resultado en Alicante sobre desocupar la cassa palacio del patrimonio.
Quedan aquí las relaziones mesales de octubre en que viene puesta la expressión que dices que los granos y efectos existentes que mandaré ver y avisaré lo que motivaren.
Vengan con primera occasión de galera dos valones de papel procurando sea de mejor calidad y

30025043 (310)
los dos remitidos antecedentemten pues además de eser moreno tiene muchas quiebras por lo mal trabaxado. Dios te guarde. Madrid y diziembre 5 de 1716.
El papel el governador de hazerle comprar bueno y escojido.
Duque (rubrica)

Sitiada y Junta patrimonial


30025044 (311)
(Cruz)
Decreto. Madrid, a diez de marso de mill setezientos y veinte

Constándome que la fábric de la parroquia de Santa María de la villa de Elche se halla en la estrechez de no poder satisfazer al presente, las cargas y obligaziones a que deve atender por falta de medios y deseando ayudarle en lo posible y deseando ayudarle en lo posible, he tenido por bien asignarle de lo que redituar las rentas de la obra de la misma yglesia, ciento veinte y sinco libras en cada un añ, las quales únicamente, an de serbir para satisfaser sus gajes a los músicos que asisten a las festividades asignadas en dicha yglesia anualmente segun las porsiones que a cada uno corresponde, cuia consignasión se entiende que ha de correr desde oy presente día

30025045 (312)
por el tiempo de mi voluntad y mando a los electos y demás personas a quienes toca la distribuzión de las expresadas rentas de la obra de Santa María lo tengan así entendido para su observanzia y entero cumplimiento.
Duque (rubrica)


30025046 (313)
Copia de decreto para gastos a músicos de Santa María de las rentas de la obra.