ES.28079.AHN/5.1.23.1.1.14.3.4//DIVERSOS-COLECCIONES,174,N.2
30029148 (1)
(Cruz)
Muy señores míos y
a Dios gracias toda esta gente de la Marina sublevada se les ha
domado quitándoles los puestos donde les havían hecho fuertes y
consediéndoles las vidas de misericordia que pidieron llorando y de
rodillas, diziendo havían sido engañados agora se pondrán sobre
Denia y fío en Dios tendremos buen suceso, yo me alegro que vuestras
mercedes se hallen con la quietud que me dizen aunque malivio(?) como
conozco el ganado que no habrá faltado alguno a quien le aya hecho
cosquillas est de la franqueza.
El señor obispo me ha
escrito una carta muy piadosa y de gran celo la qual embiaré el
correo que viene al duque mi señor y sobre el punto de los diezmos
confiesa tocar su administración a su excelencia y sus ministros que
solo respeto de los embargos, como estavan pacstos por dos partes
solo se pretendió el hazer
30029149 (2)
lo notorio por el
vicario franco a Pedro Furió y a los que havían embargado para que
entendiesen que justificando el embargo y la persona a quien devía
entregarse estava pronto el dinero, con que la sitiada deverá hazer
dicha justificación por el mesmo tribunal de la governación y esta
manifestarse al vicario foranio para que libre el dinero porque de
otra forma sin que preceda la justificación se exponen a pagar dos
vezes los mayordomos y sobre esto si se ofreciere alguna duda no
dexan vuestras mercedes de escribir al señor obispo, que así se lo
participo yo.
Sobre el segundo
punto de los descomulgados he visto el resumen del proceso
ecclesiástico y es lo mesmo que yo me havía presumido naciendo todo
de que no quiso dar licencia para trabajar día de la Virgen los
tablados, que en desprecio de la yglesia trabajaron, que fue
personalmente a prohibirlo el vicario que se escondieron y bolvieron
a trabajar que ablaron muchos disbarates contra la potestad de la
yglesia y sin censurar, que se les hizo causa y se es citó paa que
compareciesen para ver y ohirse declarar por públicos descomulga-
30029150 (3)
d
Dízeme el señor obispo
que contra el sacristán por cosas tocantes a la yglesia ha hecho
don Salvador Perpiñán un mandamiento y como no sé nada no le he
podido responder
os, que solo a dos se les pudo entimar que respondieron no
conocían por juez del señor obispo con lo qual todo se reduze así
el obispo puede o no puede descomulgar a los que no guardan las
fiestas y si puede o no puede citar a que acudan a ver si puede o no
puede descomulgarles, esto señores míos, entre católicos no se
duda. Yo no veo que aya penas corporales, ni pecuniarias en los autos
y aunque las hubiera les aseguro que es tan torpe el cuente(?) que
havía de trabajar para precindir y poder entrar en la materia y así
vuestras mercedes les digan a los contraientes que por si o por
interpuesta persona valiéndose del mismo vicario den satisfación a
la yglesia y pidan perdón al señor obispo que yo esto mismo se lo
escrivo al duque mi señor y creo que hago el negocio de todos porque
en las cosas de Dios no ay materia pareca faltando a su respeto:
quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos
años como desea. Valencia y setiembre a 10 de 1705.
Beso las manos de ustedes
su mayor servidor
Don Marco Antonio Alcaraz
y Pardo (rubrica)
Señores de sitiada y
Junta patrimonial
30029151 (4)
(Cruz)
Valencia, 10 de septiembre
1705
El procurador general
30029152 (5)
(Cruz)
Quedo entendido he recivio
el decreto para que Miralles ni los de Antón no sean admitidos jamás
al abasto de las carnes, y esto se entenderá no solo para este año,
pero para siempre.
He estrañado que haviendo
yo mandado se llevase con blandura a dependencia de María López, se
la haya sacado un cobertor y una saya para pagar los ministros,
bolbersela sin dilación estos bienes, y asegurándose la deuda se le
dará la espera que pareciere combeniente y se remitirá testimonio
de la entrega dello, y otra vez observás mejor mis decretos.
A lo demás de tu cata
quedo entendido. Dios te guarde. Madrid y septiembre 12 de 1705.
Duque (rubrica)
A la sitiada de Elche
30029153 (6)
(Cruz)
Madrid, setiembre 12 de
1705
El duque mi señor, que
Dios guarde
30029154 (7)
(Cruz)
Muy señores míos las
noticias de Barcelona están ygnoradas porque no pasan los correos,
en las de Denia tenemos la novedad de haver mandado su magestad (que
Dios guarde) pasen las tropas a Cataluña sobre que se ha hecho
representación de los daños que con su ausencia lo siguieran en el
interin se ha resuelto se detengan 300 cavallos y los demás que
pasen a donde su magestad manda.
Sobre el punto de los
embargo y de los que inobservantes de las fiestas tienen sbre si as
censuras que ya vuestras mercedes están en todo no se me ofrece que
añadir.
Me alegro de haver visto
lo que vuestras mercedes me dizen sobre el cuento de don Salvador
Perpiñán con el sacristán y pues obra sobre resolución de la
parrochia los parrochianos se darán ayre sobre la materia.
Lo que importa es que la
villa siga su contra-
30029155 (8)
firma de drecho
evocándola a esta real autoridad porque en mi vida he oido igual
desverguença de pretender vender a los seculares la carne que les
sobra que puesta aquí ya se les dará ayre los testigos notoriamente
son falsos y así por vuestras mercedes y la villa se les mortifique
qquanto se pueda, y que la villa de contado haga un pregón con penar
de que ningun secular compre carne de la carnicería de los clérigos,
revalidando los que sobre esto pienso que ay de antes y al que coxan
castigarlo bien y estraño que juez ha tenido valor para admitir tal
firma de drecho. Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida
guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y setiembre a 13 de
1705.
Beso las manos de ustedes
su mayor servidor
Don Marcos Antonio Alcaraz
y Pardo (rubrica)
Señores sitiada y Junta
patrimonial
30029156 (9)
(Cruz)
Valencia y setiembre 13 de 1705
Valencia y setiembre 13 de 1705
El procurador general
30029157 (10)
(Cruz)
Quedo entendido de haver remitido el asesor la consulta que ejecutó sobre a causa de Francisco Antón al procurador general y el contador me remitirá consulta sobre las quentas de la yglesia en haviéndolas enteramente concluido.
Quedo entendido de haver remitido el asesor la consulta que ejecutó sobre a causa de Francisco Antón al procurador general y el contador me remitirá consulta sobre las quentas de la yglesia en haviéndolas enteramente concluido.
El gobernador podía haver
entendido que haverle yo manddado assistir al repartimiento de la
sosa, no era para que se fuere a divertir esse día, sí para que
este fruto se diese solo a los pobres; pero el todo lo entiende al
rebés.
Sobre las relaciones
mesales que embías responderé el correo immediato, y me parece que
el contador no difiera el pasar a Crevillente para entrar en las
quentas de Fuentes, pues para esto no necesita de que Pedro Corbí
esté en la posessión de aquella bailía y collecturía, y es
menester que dicho Fuentes pague lo que deve a mi madre pues la
necesidad del dinero urje.
Téngote mandado varias
veçes embie cada correo noticia de lo que se adelanta el
descubrimiento de las tierras de realengo, y aunque algunos de los
que han usurpado dichas tierras sean terratenientes, y que no esté
en sus heredades, no obsta esto para continuar las diligencias, pues
quando no estén en sus heredades
30029158 (11)
no faltará en ellas algún
criado suyo a quien intimar la orden y en caso que no obedezcan se
les puede castigar por justicia.
Sobre el memorial de María
López mandé el correo pasado se restituyese a esta muger la
basquina y manta que se le quitó y además de esto se observará lo
que mando a Juan del Pilar.
Quedo entendido has
soltado, según mi orden al ministro desterrandolo de ese marquesado
como también que Salbador Espí y Jaime Navarro salieron ya de la
prisión, respecto de no saber nada de la fuga de los otros.
Haviéndoe el correo
passado supplicado la villa les concediese mi madre decreto para
buscar dos mil libras a censo o a cambios, la he mandado me diga como
es el censo, y como es el cambio, y en teniendo su respuesta le
concederá su excelencia, solo para las mill por ahora, como te
parece. Dios te guarde. Madrid y septiembre 19 de 1705.
Duque (rubrica)
Ynforma la sitiada sobre
lo que contiene el adjunto memorial de Francisco Reynau y consortes.
A la sitiada del marqués
de Elche
30029159 (12)
(Cruz)
Madrid, setiembre 19 de
1705
El duque mi señor, Dios
le guarde
30029160 (13)
(Cruz)
Señores míos: siendo el
intento de la yglesia en sus piadossos amagos, con tener a los fiees
atentos, con el conoscimiento que tiene su jursidicón poderosas
armas para castigo de ols que fueren a sus preceptos inobedientes, no
pude executar la demostración que exequto mi tribunal contra los que
trabaxaron el día de Nuestra Señora en essa villa, sin atención a
los preceptos pero haviéndoles vuestras mercedes persuadido de su
obligación mandándoles obediencia, antes de publicarles por
incursos en las censuras, se a usado con ellos de toda benignidad,
auqnue no se les a podido excusar de los gastos occasionados asta
agora: a cuya satisfazión confío que animarán vuestras mercede
dispensándome muchos emplos de su maior agrado
30029161 (14)
y servicio y que
contribuiré con muy verdadera voluntad. Dios guarde a vuestras
mercedes muchos años como desseo. Orihuea y septiembre a 23 de 1705.
Ha ordenador mi provisor
que essos hombres trabaxen algunos días de fiesta en alguna de essas
yglesias, dexando a la disposición de vuestras mercedes el número
de los días.
Beso la mano de vuestras
mercedes su mayor servidor
Joseph, obispo de Orihuela
Señores eletos de sitiada
y Junta patrimonial de la villa de Elche
30029162 (15)
(Cruz)
Orihuea, 23 septiembre de
1705
El señor obispo
30029163 (16)
(Cruz)
Muy señores míos. Si las
noticias de la muerte de Armestad con las demás circunstancias se
confirman hemos salido del susto de Barcelona y de las demás coss
que nos tienen sobresaltados, Dios lo quiera como lo espero sobre los
embargo escrivan vuestras mercedes al señor obispo como caminan en
la justificaçión de ellos y |sin| que esta preceda no celebrarán
las cantidades para que se justifique el verdadero acrehedor que las
ha de percibir y para salir de todo solo espero la ida de los que
trabajaron en el día de fiesta a la obediencia de la yglesia para
obtener su reconciliación.
El señor obispo me
escribe sobre las firmas tocantes a la carnicería de los clérigos y
le respondo el motivo principal de la contrafirma dexando a su gran
censura la proposición de poder vender la carne que sobra a los
seculares pues aunque me cita una doctrina de Cortiada le respondo no
ser practicable
30029164 (17)
en este reyno, ni en el de
Castilla sease lo que fuere en Cataluña donde también donde aya tal
costumbre, pero le concluio diziendo que lo más sano es bolver esta
dependencia al principio del compromiso que se hizo en persona de
doctor Sapier que yo escriviría a vuestras mercedes que nunca se
aprto de esto y que su ilustrísima escriva al clero que es quien ha
innovado para que así se conserve la paz entre ambas comunidades
porque de lo contrario no seguirán sino discordias.
La carta del
assessor de Origuela no ha venido inclusa porque sin duda se olvidó
al cerrar el pliego y por eso no respodno a ella quedo al serviio de
vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos años como deseo.
Valencia y setiembre a 24 de 1705.
Beso las manos de ustedes
su mayor servidor
Don Marcos Antonio Alcaraz
y Pardo (rubrica)
Señores sitiada y Junta
patrimonial
30029165 (18)
(Cruz)
Valencia, setiembre 24 de
1705
El procurador general
30029166 (19)
(Cruz)
En la villa de Crevillente a los veinte y quatro
días del mes de septiembre de mil setesientos y cinco años ante
mí el notario y escrivano baxo escrito parecido presente Juan
Bautista Soriano maestro alvañil en dicha villa y haviendo jurado
a Dios y a una crus dixo que ha reconosido las casas de graneros,
de posadas, ornos y demás que el patrimonio de la excelentísima
señora duque de Avero y Maquda mi señora tiene en dicha villa y
par su conservasión nesesitan repararles en la forma siguiente.
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38
|
Primeramente en la casa de pasadas se a derruido
el trespol de un terrado o cubierta que está en el andador del
patio que pressisamente se deve renovar porque de no haserlo se
perderá la madera y será mayor el gasto y por consegiuiente se
an de remediar unas crietas que se an echo en los terrados de
dicha casa y en la del granero; que todo el gasto será de treinta
y ocho reales.
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30
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Otrossí que en las almasaras se ha undido quatro
moldadas y crivado los trespoles que uno y otro es necesario
reparar su gasto será de treinta reales.
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309
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Otrossí que en el horno de la villa se deve
renovar la cubierta que esta sobre el alcavor y parte de la de la
tochera por estar tan derruida que se mantiene con dos puntales
una xasena sobre la qual cargan todas las bigas por estar aquella
quebrada por medio a que sino se pone promto remedio amenasa mucha
ruina cuio gasto importara tresientos y nuebe reales
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30
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Otrossí que en los demás ornos, castilo y
molinos se deven reparar algunas poteras y pies de paredes y que
su gasto será de treinta reales con poca diferencia.
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407
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30029167 (20)
Y todo junto traerá de
gasto quatrosientos reales poco más o menos lo que assí declara y
haze relación por lo que toca a su officio y el juramento que tiene
prestado de lo que doy fee. Yo Bautista Mas, notario y escrivano de
rentas y su excelencia en dicha vila en los mismos día, mes y año
arriba dichos.
Passo ante mí
Baptista Mas, notario
escrivano (rubrica)
30029168 (21)
(Cruz)
Señores de sitiada y
Junta patrimonial
Mui señores míos
havienod reconosido las casas del granero, ornos y almasaras, se a
encontrado ser presiso repararles para su conservación como más
largamente se declara en la relación del maestro alvañil que
remitimos a vuestras mercedes adjunta y en especial el horno de la
villa pues no solo está perdida la cubierta de la atochera sino
también a del alcabón por haverse quebrado una gasena en donde
descansan las demás bigas, la qual está de promto afiansada con dos
bigas que haverse caydo ubiera undido la olla y costaría dobado
vuestras mercedes se servirán darnos orden para que se ponga mano
desde luego antes que se entre el tiempo y nos coxan llas aguas que
el otoño ofrese quedamos al servicio de vuestras mercedes que Dios
guarde muchos años. Crevillente, setiembre 25 de 1705.
Beso la mano de vuestras
mercedes
Sus mayores servidores
Pabol Pérez
Marcos Antonio Ramón
(rubrica)
Julián Saxardo (rubrica)
30029169 (22)
Crevilente a 25 de
septiembre de 1705
El baylee contralibro y
escrivano
Respondida que prevengan
los materiaes y que en estar prevenidos lo hicisen y hira maestro y
se dará el orden combeniente en 1 octubre de 1705.
30029170 (23)
(Cruz)
Muy señores míos.
Recibo la de vuestras mercedes con la noticia de colin(?) que havía
terminado el negocio de los que havían trabajado en la fiesta que es
conforme al duque mi señor le ha parecido y será razón atenta su
pobreza levante el señor obispo la mano de los gastos que les pide.
Sobre las firmas y
contrafirmas de la villa y clero escriví el correo pasado al señor
obispo y ha sido lance que se podía pagar el sucedido con el hermano
del doctor Martínez pues en él aunque sool se prevea el defraudar
de los ecclesiásticos y por el verá su ilustrísima si las sobra de
la carne se les podrá dexar a su conciencia ni aun la carnicería
por el abuso de lo que me alegro también es del modo con que la
villa se ha portado remitiendo la pena y levantando la mano de la
causa pero supuesto que el cortante no quiera aprobarlo bien y que lo
pague por entero adelantando la causa en provar si se parece que en
virtud de una mesma cédula
30029171 (24)
havía despachado muchas
libras de carne y acusarlo el fisco por otras tantas penas con
pagamento de daños y costas agora espero lo que el señor obispo
responde sobre la trasación de ambas comunidades que puede ser con
lo sucedido lo de más calor que asta aquí se ha dado, lo que
importa es que la vila no dexe pasar ningún fraude. He visto la
carta del asesor de Origuela y si vuestra merced tienen orden de el
duque mi señor sobre los testigos o si han dado cuenta a Madrid
deven vuestras mercedes sobreseher y responder tienen dado cuenta y
que esperan la resolución, sino ay nada y a su excelencia está
noticios de ello escrivan y remitir la carta consultando al duque mi
señor les ordenes lo que deven hazer por ser esta la primer cosa que
pide este ministro con quien vuestras mercedes podrán cumplir
diziendo lo tienen consultado a su excelencia y que luego que vengan
le participarán la resolución que no lleva mal chasco en el interin
con la fuga.
Ha sido dichosa
acción la del nuestro governador y la teniente en la prisión de
Juan Garica matador del desgraciado Andrés Mestre de Elda y han
hecho vuestras mercedes muy bien en dar quenta al du-
30029172 (25)
que mi señor cuia
resolución será induditablemente de que se haga a justicia porque
no hallo camino para la misericordia según lo inorme del delito que
es el que le trae el suplicio.
E
Estuvieron los amotinados
en Tortosa
spero respuesta del cenbador y al asessor dirán vuestras
mercedes escriví a su excelencia en la conformidad que le avise.
Quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios muchos
años como deseo. Valencia y octubre a 1 de 1705.
Beso las manos de ustedes
su mayor servidor
Don Marcos Antonio Alcaraz
y Pardo (rubrica)
Señores sitiada y Junta
patrimonial
30029173 (26)
(Cruz)
Valencia, octubre 1 de
1705
El procurador general
30029174 (27)
(Cruz)
M
Remitan ustedes esse
pliego por ir inclusa una letra y pide brebedad
uy señores míos escríveme el secretario del señor obispo
esperan con ansia la justificación de los embargos en cuia
conformidad procurarán vuestras mercedes se adelante para salir de
esta dependencia con el señor obispo procurarán vuestras mercedes
correr y también la villa con toda conformidad pero sin perder nada
de la propia jurisdicción pidió que la villa soltase al cortante y
para esto adolorido de no haverlo de no haverlo podido lograr y sería
bueno escriviese la villa que desde luego lo dieron por libre de
aquella dependencia pero que se detieen porque sin embargo de estar
requerido no vuestras mercedes carne a los seculares ha contravenido
varias veces pero que sin embargo serán anuentes a lo que su
ilustrísima gustará aunque la villa pierda los drechos y penas que
deve recuperar y en el interin que corre esto se le tiene mortificado
en la carcel y no llevará mal chasco.
Nda de firmar tiene
escrito la vila a su avogado y en este correo le pide el papel sobre
que le he dado calor para que lo embíe porque es razón salir del
pleyto con la concordia.
Ha respondido muy bien el
doctor Domingo
30029175 (28)
Ruiz y no menos el
assessor de no poder impedir el recurso al tribunal si la parte lo
interpone y aquí es punto negado protender se logró por el señor
virrey porquees de fuero a que no se admitirá dispensación, ni
menos se concederá y así es preciso caminar por las reglas
ordinarias.
Podrase dar quenta
al señor virrey de lo sucedido en el gasto litaço que disparó
Perpiñán para tener orden de su excelencia de lo que se ha de obrar
en saliendo de la yglesia su puesto que es cavalleo y ya que las
gitanas partieron nos quita el cuidado de la resulta que no es poca
dicha quedo al servicio de vuestras mercedes cuia vida guarde Dios
muchos años como deseo. Valencia y octubre a 8 de 1705.
Beso las manos de ustedes
su mayor servidor
Don Marcos Antonio Alcaraz
y Pardo (rubrica)
Señores sitiada y Junta
patrimonial
30029176 (29)
(Cruz)
Muy señores míos.
Remito a vuestras mercedes el parecer del assessor a la margen de la
consulta y el mismo caso está sucediendo en esta Audiencia donde por
vía de yaldo(?) se ha recurrido por execución hecha del tribunal de
varón a vasalo de villa real y así no tenemos que discurrir sobre
el punto.
La justificación de
los embargos continuarán vuestras mercedes para cobrança de quien
aya de percibir lo embargado en los porcionistas del diesmo y si
Furió fuera buen pagador no de estas contensiones hubiera sucedido
pues don Diego Ruiz es el que pretende queda engñado a quien le hizo
cesión sobre haverlo prostado su dinero, pues si lo debe por razón
del jabón es pleyto que deve seguir aparte no se ofrece cosa
particular quedando siempre al servicio de vuestras mercedes cuia
vida guarde Dios muchos años como deseo. Valencia y octubre a 15 de
1705.
Beso las manos de ustedes
su mayor servidor
Don Marcos Antonio Alcaraz
y Pardo (rubrica)
Señores sitiada y Junta
patrimonial
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